Visto el expediente de indulto de doña Trinidad Navarro Navarro, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cartagena, en sentencia de 4 de mayo de 1999, como autora de un delito de hurto, a la pena de seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de agosto de 2008,
Vengo en indultar a doña Trinidad Navarro Navarro la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Palma de Mallorca, el 1 de agosto de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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