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Documento BOE-A-2008-15536

Resolución de 5 de junio de 2008 de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo de colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III, el Instituto de Salud Publica de Navarra y la Fundación Miguel Servet, en relación con el proyecto de investigación «Validación del Modelo de Gail para predecir el riesgo de cáncer de mama en España».

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 2008, páginas 38997 a 38998 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-15536

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 12 de mayo de 2008, Acuerdo de colaboración entre la Fundación Miguel Servet, el Instituto de Salud Publica de Navarra y el Instituto de Salud Carlos III, en relación con el proyecto de investigación «Validación del Modelo de Gail para predecir el riesgo de cáncer de mama en España», en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del ar-tículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de junio de 2008.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO

Acuerdo de colaboración entre la Fundación Miguel Servet, el Instituto de Salud Publica de Navarra y el Instituto de Salud Carlos III, en relación con el proyecto de investigación «Validación del Modelo de Gail para predecir el riesgo de cáncer de mama en España»

En Pamplona y Madrid, a 12 de mayo de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña Encarnación Pérez Equiza, Directora de la Fundación Miguel Servet, habilitado para este acto mediante Orden foral 52/PR/2008, de 9 de mayo, de la Presidenta del Patronato de la Fundación Miguel Servet.

De otra parte, doña M.ª Soledad Aranguren Directora del Instituto de Salud Pública (en adelante ISP) del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, habilitada para este acto mediante Orden foral 52/PR/2008, de 9 de mayo, de la Presidenta del Consejo de Gobierno del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Y de otra, doña Flora de Pablo Dávila, Directora del Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII), según nombramiento efectuado por Real Decreto 1187/2007, de 10 de septiembre de 2007 (BOE de 11 de septiembre de 2007), en nombre y representación de este organismo, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, 6, de Madrid, y número de identificación fiscal Q2827015E.

EXPONEN

I. Lilly Corporate Center tiene interés en la validación del modelo de Gail en distintos países europeos, debido al uso generalizado de dicho modelo para predecir el riesgo individual de cáncer de mama en diferentes ámbitos. Este interés fue puesto en conocimiento de las investigadoras principales del proyecto en una reunión mantenida con representantes de Lilly en España. Los investigadores del Área de Epidemiología Ambiental y Cáncer del Instituto de Salud Carlos III y los investigadores del Instituto de Salud Pública de Navarra se comprometieron a diseñar y presentar a Lilly el proyecto objeto del Convenio que lleva por título «Validation of the Gail Model for predicting individual breast cancer risk in Spain» («Validación del Modelo de Gail para predecir el riesgo de cáncer de mama en España»). El proyecto pretende validar dicho modelo en población española y aportar mayor conocimiento sobre la epidemiología del cáncer de mama, en particular, sobre el riesgo de las mujeres españolas de desarrollar este tipo de tumor.

II. Lilly ha revisado y valorado favorablemente la propuesta presentada por el Área de Epidemiología Ambiental y Cáncer del Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III y por el programa de Cribado de Cáncer de Mama de Navarra del Instituto de Salud Pública de Navarra para alcanzar los objetivos del proyecto mediante la colaboración de ambos grupos. III. Lilly se ha comprometido a financiar la realización del mencionado proyecto respetando los objetivos fijados en la memoria del mismo. Para ello ha designado como institución gestora de dichos fondos a la Fundación Miguel Servet, mediante acuerdo de colaboración firmado con fecha 28 de enero de 2008 entre la empresa Lilly, como entidad financiadora del proyecto y la Fundación Miguel Servet, como entidad responsable de su gestión económica (anexo1). Dicho acuerdo estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2010. El acuerdo contempla la posibilidad de que, excepcionalmente, Lilly decida finalizar dicho acuerdo avisando con una antelación de 30 días por escrito. También recoge la posibilidad de que la Fundación Miguel Servet decida finalizar el acuerdo en el caso de que se incumplan las condiciones de financiación del mismo, debiendo comunicar dicha decisión a Lilly con una antelación de al menos 90 días. IV. La Ley Foral 10/1990 de Salud dispone en su artículo 91 que la Fundación Miguel Servet servirá como organismo de apoyo científico y técnico de la Administración Sanitaria de la Comunidad Foral para las actividades docentes y de fomento de la investigación sanitaria. Por otra parte esta Fundación de derecho privado, interés social y sin fin lucrativo alguno, deberá servir de nexo de unión entre las iniciativas privadas y públicas en Investigación y Desarrollo Tecnológico en el campo de la Salud. Así, parece oportuno que esta Fundación, dentro del contexto mencionado, colabore en la gestión y apoyo técnico de este Proyecto de Investigación. V. El Instituto de Salud Pública del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, tiene entre otros, como uno de sus objetivos la investigación en el ámbito de las Ciencias de la Salud y por tanto tiene interés en participar en el proyecto antes mencionado actuando como uno de los centros de Investigación donde se realizará el citado proyecto. VI. El ISCIII es un organismo público de investigación con carácter de autónomo, adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo. Entre sus funciones, tiene como misión desarrollar y ofrecer servicios científico-técnicos de la más alta calidad dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad. Dentro del ISCIII, el Centro Nacional de Epidemiología es el Centro de referencia y asesoría en metodología epidemiológica y estadística, representando por tanto una garantía para que este tipo de actividades se realicen en condiciones adecuadas, aprovechando razonablemente las innovaciones metodológicas para dar respuesta a las exigencias sociales. Específicamente, el área de Epidemiología Ambiental y del Cáncer del CNE la que cuenta con experiencia acreditada en la realización de estudios descriptivos y analíticos de epidemiología del cáncer. VII. Entre los grupos de investigación con prestigio reconocido en la epidemiología del cáncer en España, el programa de Cribado de Cáncer de Mama de Navarra del ISP y el Área de Epidemiología Ambiental y Cáncer del Centro Nacional de Epidemiología del ISCIII cumplen los máximos estándares de calidad en este campo, dada su trayectoria de trabajo e investigación en este ámbito, avalada por su participación en proyectos y publicaciones nacionales e internacionales

Por todo ello, las partes signatarias de este documento, consideran la necesidad de realizar un acuerdo que acredite el soporte institucional de ésta acción y favorezca la administración y gestión económica y contable de estos fondos, de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

1. La Fundación Miguel Servet prestará el soporte institucional y administrativo básico al grupo de trabajo para el desarrollo del proyecto de investigación «Validación del modelo de Gail para predecir el riesgo de cáncer de mama en España» dentro del marco de relación delimitado por el conjunto de estipulaciones y antecedentes expositivos de este acuerdo.

2. El grupo de trabajo del proyecto de investigación está constituido por:

Nombre y apellidos

DNI.

Por parte del ISP:

Nieves Ascunce Elizaga (IP)

15829658T

Ana Barcos Urtiaga

15833456N

María Ederra Sanz

18189468X

Alberto Murillo Espinal

15777102E

Por parte del ISCIII:

Marina Pollan Santamaría (IP)

10185393G

Roberto Pastor Barriuso

16288594V

Actuando como Investigadoras principales y responsables del proyecto:

Nieves Ascunce Elizaga por parte del Instituto de Salud Pública de Navarra.

Marina Pollán Santamaría por el Instituto de Salud Carlos III-Centro Nacional de Epidemiología.

Y contando con la asesoría científica y técnica de don José Enrique Alés, tal como figura estipulado en la memoria científica del proyecto. 3. Las tres Instituciones acuerdan que la Fundación Miguel Servet realice la gestión económica de los fondos que sean ingresados desde Lilly, en la cuenta de la Fundación destinados a la financiación del proyecto de investigación mencionado, domiciliando el importe de la Ayuda destinada a este fin en la mencionada cuenta (CAN. 2054.0000.41.300010323.7).

4. La Fundación Miguel Servet cubrirá, desde los fondos habilitados a este fin, todos los gastos que se generen en virtud del desarrollo del citado proyecto de investigación y realizará un seguimiento contable de ellos. Cuatrimestralmente la Fundación Miguel Servet enviará, a doña Nieves Ascunce Elizaga y doña Marina Pollán Santamaría indicación del saldo existente y un extracto de las operaciones contables realizadas durante el último cuatrimestre con cargo al fondo habilitado dentro de la Fundación para el proyecto de investigación. El informe económico del último cuatrimestre reflejará la totalidad de las operaciones realizadas durante el ejercicio económico anual. 5. Todos los pagos a realizar por el equipo investigador, deberán ser previamente autorizados mediante documento expedido por doña Nieves Ascunce Elizaga o doña Marina Pollán Santamaría, en el que deberá mencionarse explícitamente la entidad o persona beneficiaria, la cuantía del gasto, la vinculación del gasto con las actividades del Proyecto de Investigación y la orden de pago contra los fondos recaudados a tal fin. Este documento se acompañará de las facturas originales, en las que se identificará el proyecto de investigación abreviado como «FMS-P.I.GAIL». (anexo 2) 6. En el caso del pago a investigadores u otros profesionales, se realizará por parte de la Fundación Miguel Servet la retención que legalmente corresponda de acuerdo con el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, procediendo a su ingreso en la Hacienda Pública. Los libramientos de pago se realizarán mediante transferencia bancaria. 7. Para suplir los gastos del apoyo administrativo y contable imputables a la labor gestora de la Fundación, ésta dispondrá de una cuantía equivalente al 4% del total de los fondos destinados para el proyecto de investigación, que será satisfecha al ingreso de las diferentes cantidades que se habiliten para su desarrollo. 8. Si los ingresos recaudados para la realización del proyecto de investigación no llegaran a cubrir los gastos realizados por ésta, la Fundación se inhibirá de realizar pagos una vez que la financiación efectiva para esta investigación se encuentre en saldo cero. En ningún caso ni por ningún motivo la Fundación deberá hacer frente a las deudas generadas desde el proyecto de investigación, si los fondos habilitados son insuficientes para el desarrollo de éste, circunscribiéndose su responsabilidad únicamente a la gestión contable de los fondos efectivamente recaudados para su progreso. 9. Respecto al desarrollo de las diferentes actividades promovidas para llevar a cabo el citado proyecto. La Fundación únicamente se entenderá vinculada con las funciones de gestión administrativa y contable de los fondos habilitados en ésta para su realización, sin ningún tipo de compromiso o responsabilidad subsidiaria en la aprobación, realización, contratación de recursos humanos, metodología utilizada, exigencias legales para su desarrollo o en cualquier otra responsabilidad derivada de la realización de la investigación a las que pudiera haber lugar. 10. Se crea una comisión Mixta de Seguimiento, paritaria, para verificar el cumplimiento del clausulado de este Convenio y resolver amigablemente las posibles controversias en cuanto a su interpretación y aplicación. Dicha Comisión estará constituida por:

Por parte de la Fundación Miguel Servet: Doña Encarnación Pérez Equiza, Directora de la Fundación Miguel Servet.

Don Fernando Balduz Ugarriza, Administrador de la Fundación Miguel Servet.

Por parte del Instituto de Salud Pública:

M.ª Soledad Aranguren Balerdi, Directora del Instituto de Salud Pública.

Nieves Ascunce Elizaga, Investigadora principal.

Por parte del Instituto de Salud Carlos III:

Odorina Tello Anchuela, Directora del Centro Nacional de Epidemiología.

Marina Pollán Santamaría, Investigadora principal. 11. Este Convenio es de naturaleza administrativa. Las posibles cuestiones litigiosas serán resultas por la jurisdicción contencioso-administrativa.

El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su firma para todos aquellos aspectos de gestión administrativa y contable vinculados a la realización del mencionado proyecto de investigación. En prueba de su conformidad, firman el presente acuerdo por triplicado en Pamplona y Madrid, el 12 de mayo de 2008.-Doña Flora de Pablo Dávila, Directora, Instituto de Salud Carlos III.-Doña M.ª Soledad Aranguren Balerdi, Directora, Instituto de Salud Pública.-Doña Encarnación Pérez Equiza, Directora. Fundación Miguel Servet.

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