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Visto el expediente de indulto de don Jorge Dorca Soler, condenado por la Audiencia Nacional, Sección Tercera, Sala de lo Penal (Madrid), en sentencia de fecha 8 de febrero de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de ocho años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y multa de 2.896.818,24 euros, por hechos cometidos en el año 1993, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de septiembre de 2008,
Vengo en conmutar a don Jorge Dorca Soler la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de septiembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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