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Documento BOE-A-2008-16483

Resolución de 19 de septiembre de 2008, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se designa a SGS Española de Control, SA, como organismo autorizado de verificación metrológica, de sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 13 de octubre de 2008, páginas 41158 a 41159 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-16483

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad SGS Española de Control, SA, domiciliada en c/ Trespaderne, n.º 29, de Madrid, de 8 de agosto de 2008, para la designación por parte de la Administración competente como Organismo autorizado de Verificación Metrológica, de sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (≤ 20 mPa.s). Visto el artículo 19 del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio (BOE 183, de 02/08/2006), por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida. Visto el artículo 4 de la resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica (BOE 301, de 17/12/2007). Visto lo que establece la disposición transitoria única de la resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria. Vista la documentación presentada por la entidad SGS Española de Control, SA, que incluye una acreditación de ENAC, n.º 14/LE 694, en relación con la verificación de contadores y sistemas de medida de volumen de hidrocarburos líquidos. Esta Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985 de 18 de marzo; el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida, Orden ITC/3750/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (≤ 20 mPa.s) y el Decreto 199/1991 de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico y el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, ha resuelto:

Primero.-Designar a la entidad SGS Española de Control, SA, como Organismo autorizado de Verificación Metrológica, de sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (≤ 20 mPa.s), con caudal máximo no superior a 1000 l/min.

Segundo.-La entidad SGS Española de Control, SA estará sometida en todo momento a lo que dispone el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida, y la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, así como también a las disposiciones que establezca la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña en materia de control metrológico. Tercero.-La presente designación de la entidad SGS Española de Control, SA como Organismo autorizado de Verificación Metrológica, de sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (≤ 20 mPa.s) será válida hasta el 31 de diciembre de 2008. Cuarto.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad SGS Española de Control, SA, si lo desea, solicitará a la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña la oportuna renovación de la presente designación, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. Quinto.-Cualquier modificación o cambio en las circunstancias acreditadas en los documentos presentados, sobrevenida con posterioridad a esta resolución, ha de ser notificada inmediatamente a la Secretaria de Industria y Empresa que ratificará la designación o podrá cancelarla. Sexto-Igualmente se podrá proceder a la cancelación de esta designación cuando en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio, se compruebe que se ha producido falseamiento, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base para la designación, sin perjuicio de la sanción que proceda, según lo que dispone el capítulo V de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, por el procedimiento previsto en el Real Decreto 1398/1993 (BOE de 9 de agosto de 1993), y por el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalidad de Cataluña (DOGC 1827 de 29 de noviembre de 1993).

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 19 de septiembre de 2008.-El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe de Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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