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Documento BOE-A-2008-16516

Resolución de 22 de septiembre de 2008, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo sujeto a Convenio, con las categorías de Técnico de Mantenimiento General y Técnico de Mantenimiento General Observatorio.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2008, páginas 41229 a 41234 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-16516

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008 y, con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, se procede a convocar el presente proceso selectivo. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado. Esta Dirección General, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleo Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 22 de noviembre 2001, y el resto de la normativa vigente en la materia, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en el Instituto de Astrofísica de Canarias, con las categorías profesionales de Técnico de Mantenimiento General y Técnico de Mantenimiento General Observatorio, sujeto al Convenio colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias, con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Normas generales

1. Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 2 plazas de personal laboral fijo sujeto a Convenio por el sistema general de acceso libre, con el número de orden, grupo y categoría profesional, especialización y funciones que se especifican en el anexo II.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición. Constará de dos fases: una primera fase eliminatoria de concurso de méritos, y una segunda de oposición. A la fase de oposición sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de concurso. La descripción de ambas fases, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. 1.3 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos dos meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria. La duración máxima de celebración de la fase de oposición será de dos meses, a contar desde la fecha de celebración del primer ejercicio. 1.4 La adjudicación de la plaza al aspirante aprobado se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación total obtenida por éstos en las distintas fases de que consta el proceso selectivo. No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Nacionalidad: a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.1 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el último día del plazo de presentación de instancias, el título de Bachillerato o formación profesional de Grado superior o equivalente relacionada con las funciones propias a desempeñar, que se señala en el anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 2.1.3 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.1.4 Estar en posesión del permiso de conducir, clase B. 2.1.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes.

3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas:http://www.map.es/servicios/procesos_selectivos/convocatorias/formulario_de_solicitud_790.html

3.2 Presentación de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (Avda. Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, S/C Tenerife) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Director del Instituto de Astrofísica de Canarias. Se presentará una solicitud por cada plaza a la que el candidato desee optar. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de proceder a su envío certificado. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el ingreso de los derechos de examen, a que se refiere la base 3.3. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante con independencia de que se hayan abonado los derechos de examen dentro de plazo. 3.3 Abono de los derechos de examen. Conforme a la actualización prevista en el artículo 74 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, las tasas por derechos de examen para 2008 es de trece euros con ochenta y un céntimos (13,81 €), correspondiente al grupo profesional de laborales de convenio. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, presentando la solicitud a efectos de abono de derechos de examen, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. La constancia del abono se efectuará mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado en la base anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, las cuales las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. En ningún caso, la presentación y el pago de los derechos de examen en las entidades de depósito supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano recogido en la base 3.2. La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. 3.4 Junto a las solicitudes, dirigidas al Sr. Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, se deberán acompañar la siguiente documentación:

3.4.1 Nacionalidad.-Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1.a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.4.2 Documentación general:

a) Fotocopia de la titulación académica a que se refiere la base 2.1.3 en relación con el Anexo II, de esta convocatoria o certificación académica que acredite su posesión. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se adjuntará fotocopia de la credencial de homologación o reconocimiento.

b) Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se le valoren en el concurso, atendiendo a los méritos que pueden ser alegados y que se recogen en el Anexo I. c) Currículum vitae. Es recomendable el uso del modelo europeo de currículo vitae (http://europass.cedefop.eu.int). d) Fotocopia de permiso de conducir B.

3.4.3 Aspirantes con discapacidad. Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de minusvalía. 3.5 La no presentación de la citada documentación supondrá la exclusión del candidato.

3.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos a que se refiere la Ley 30/92, que pudieran advertirse en el desarrollo del procedimiento podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Subsecretaria del Ministerio de Ciencia e Innovación, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con relación nominal de estos últimos y de las respectivas causas de exclusión, e indicando los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y excluidos. En esta lista deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Además, se determinará la fecha de publicación de la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, conforme a lo previsto en la base 6.1, así como el lugar y fecha de comienzo de la fase de oposición.

En todo caso, la lista de admitidos deberá ser expuesta en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias y en su página web ((http://www.iac.es/info.php?op1=26), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas. 4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. 4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se lleve a efecto el proceso selectivo por causas imputables a la administración, no siendo procedente devolución de los derechos de examen cuando el interesado sea excluido del proceso por causa que le sea imputable.

5. Tribunal.

5.1 El desarrollo de este concurso-oposición y la calificación de los aspirantes en el mismo corresponderá al Tribunal.

5.2 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará constituido en la forma que se determina en el Anexo III de la presente convocatoria. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la Autoridad convocante, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.4 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante hará público el nombramiento de los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.3. 5.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal. Para la válida constitución y actuaciones del Tribunal deberán estar presentes al menos la mitad de sus miembros, incluyendo en todo caso a quienes desempeñen las funciones de presidente y secretario. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.6 Durante el proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos en las mismas. Asimismo corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de las condiciones adecuadas para la realización de los ejercicios. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 5.8 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrán la «Categoría Segunda» de las recogidas en el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. 5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Avda. Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna (Tenerife); Teléfono 922.605.200; fax 922. 605.210; dirección de correo electrónico cgs@iac.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo.

6.1 El Tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y sus diferentes apartados y la total.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes contra posibles errores en la baremación, sin que en ningún caso pueda utilizarse dicho trámite para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial. Transcurrido dicho plazo el Tribunal elevará a definitiva la relación que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso. En el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, y publicará en el lugar o lugares en donde se expusieron las listas de admitidos y en la sede del Tribunal, la relación de los candidatos, indicando lugar, día y hora en la que tendrá lugar el primer y segundo ejercicio de la fase de oposición. 6.2 Los aspirantes que hubieren superado la fase del concurso serán convocados a los ejercicios de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan. 6.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X según lo establecido en la Resolución de 21 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero). 6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, poniendo en su conocimiento las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. 6.5 Concluidos los dos ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), las plantillas correctoras de los ejercicios con indicación de la puntuación obtenida, disponiendo los aspirantes de un plazo de cinco días desde la publicación para presentar reclamaciones dirigidas al presidente del Tribunal. Finalizado el plazo de reclamaciones tras la publicación de la relación de aspirantes, el Tribunal publicará la relación definitiva de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superar la fase de oposición.

7. Superación del proceso selectivo.

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Instituto de Astrofísica de Canarias, en la sede del Tribunal y en su página web (http://www.iac.es/info.php?op1=26), y en aquellos otros que estime oportuno, la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de número de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. En todo caso, no podrán superar el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

7.2 El Presidente del Tribunal elevará una copia certificada de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo al Director del IAC. Dicha lista se publicará en el Boletín Oficial del Estado, así como en cuantos lugares se considere oportuno.

8. Presentación de documentos.

8.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a aquel en que se publicaron las listas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en el Boletín Oficial del Estado, el aspirante seleccionado deberá presentar en el registro General del Instituto de Astrofísica de Canarias (calle Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, S/C de Tenerife) (ver anexo VI) o en la forma establecida en el artículo 8.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo común la documentación de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación. 8.3 El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de un mes durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

9. Norma final.

9.1 Al proceso selectivo regulado en esta convocatoria le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, los preceptos subsistentes y de aplicación contenidos en la ley 30/1984, de 2 de agosto y demás normativa de selección de personal aplicable.

9.2 Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La Laguna, 22 de septiembre de 2008.-El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Francisco Sánchez Martínez.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una primera fase de concurso y una segunda de oposición. A la fase de oposición sólo podrán presentarse los aspirantes que hayan superado la fase de concurso. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. Primero. Fase de concurso.-Se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: 30 puntos. 1.1 Experiencia profesional en puestos de trabajo, con carácter fijo, interino o temporal con funciones y tareas análogas a las asignadas a la plaza a la que se opta.

Puntuación máxima: 25 puntos. Forma de puntuación:

- 0,42 puntos por mes trabajado en el Instituto de Astrofísica de Canarias.

- 0,37 puntos por mes trabajado en el resto de la Administración Pública. - 0,34 puntos por mes trabajado en otros ámbitos distintos de los anteriores.

Los períodos de trabajo deberán estar comprendidos dentro de los últimos 10 años. Forma de acreditación:

Experiencia adquirida en la Administración: Certificado expedido por la correspondiente unidad de personal.

Experiencia adquirida en los demás casos: fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Experiencia adquirida por trabajo por cuenta propia: Copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada. En todos los supuestos: Memoria descriptiva de la experiencia profesional, acompañando la documentación complementaria que acredite lo manifestado en la misma.

1.2 Capacitación profesional adquirida mediante periodos formativos en centros de trabajo, ya sean en el ámbito Público o privado, mediante becas o prácticas de carácter formativo, no laboral, con desarrollo de actividades que tengan alguna relación a las asignadas a la plaza a la que se opta.

Puntuación máxima: 5 puntos. Forma de puntuación:

- 0,1 puntos por mes de capacitación profesional.

Los períodos de capacitación profesional deberán estar comprendidos dentro de los últimos 10 años. Forma de acreditación:

Certificado expedido por la entidad en donde se ha desarrollado la actividad, acreditativo del periodo y actividad desarrollada, especificando si se trata de beca o convenio con los centros educativos.

Memoria descriptiva de la actividad desarrollada, acompañando la documentación complementaria que acredite lo manifestado en la misma. Se valorará la aportación de las valoraciones efectuadas por los centros o tutores de la actividad desarrollada.

2. Méritos formativos: 10 puntos.

2.1 Poseer algún tipo de titulación o, en su caso, especialidad académica, distinta a la exigida para participar en proceso selectivo, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar.

Puntuación máxima: 4 puntos. Forma de puntuación: 1 punto por cada título acreditativo distinto a la exigida para participar en proceso selectivo, relacionada con las funciones propias del puesto a ocupar. Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención. 2.2 Cursos, seminarios o congresos cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta, siempre que su duración mínima sea de 15 horas. Puntuación máxima: 6 puntos. Forma de puntuación: 0,5 puntos por cada crédito (un crédito equivale a 10 horas lectivas). Forma de acreditación: fotocopia de los títulos o certificados. Para ser valorados los títulos o certificados deberá constar el número de horas lectivas de cada acción formativa. Para superar la fase de concurso, será necesario obtener 25 puntos. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen u nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para poder realizar las pruebas de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma Básico del español como lengua extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. Segundo. Fase de oposición.-Se valorarán, hasta un máximo de 60 puntos. Constará de dos ejercicios. No obstante, los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo Internacional correspondiente.

Primer ejercicio (puntuación máxima 20 puntos). La realización de un cuestionario de 20 preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre un programa común que figura en el Anexo V.a de esta convocatoria, relativo a «Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado». Estas preguntas serán iguales para todos los aspirantes. Cada respuesta correcta vale 1 punto y no penalizarán las respuestas erróneas.

Los aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta minutos y el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 20 puntos. Segundo ejercicio (puntuación máxima 40 puntos). La realización de un cuestionario de 30 preguntas, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, sobre un programa común que figura en el Anexo V.b de esta convocatoria. Estas preguntas serán iguales para todos los aspirantes. Cada respuesta correcta vale 1,33 puntos y no penalizarán las respuestas erróneas. Los aspirantes dispondrán de un tiempo de cincuenta minutos y el Tribunal otorgará una calificación de 0 a 40 puntos. Calificación final fase oposición. La calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Para superar la fase de oposición será necesario alcanzar los 35 puntos. El ejercicio de oposición se celebrará en el Instituto de Astrofísica de Canarias, Avda Vía Láctea, s/n. La Laguna.

Tercero. Superación del proceso selectivo.-La calificación final del concurso oposición, vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Conforme a lo previsto en la base 1.5, no se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, por ello para superar el proceso global será necesario obtener la puntuación mínima que determine el Tribunal. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de empate en esta fase, puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

2. Puntuación obtenida en la fase de concurso. 3. Puntuación obtenida en los méritos profesionales. 4. Puntuación obtenida en los méritos formativos. En caso de empate en estos méritos, puntuación obtenida en el apartado de Cursos, seminarios o congresos.

ANEXO II Relación de plazas convocadas

N.º Orden 1. Número de plazas: 1. Categoría Profesional: Técnico de Mantenimiento general. Grupo 3 Convenio Colectivo del IAC. Titulación: Bachillerato o formación profesional de Grado superior o equivalente relacionada con las funciones propias a desempeñar. Destino: Administración del Observatorio del Roque de los Muchachos y Centro de Astrofísica de La Palma. Especialidad o actividad principal: Ejecución del mantenimiento general de los edificios, instalaciones e infraestructuras del Centro de Astrofísica de La Palma y con carácter no permanente en el Observatorio del Roque de los Muchachos. Funciones y tareas principales:

Revisiones de mantenimiento preventivo de edificios, instalaciones, equipos y mobiliario del centro de Astrofísica de La palma.

Control rutinario de instalaciones y equipos Realización del mantenimiento correctivo y de las reparaciones que fueran necesarias de fontanería, albañilería y carpintería en el momento que se produzcan averías y roturas. Transporte de mercancías y suministros varios. Cumplimiento y ejecución de las normas de seguridad y salud. De forma no permanente podrá realizar estas funciones y tareas en el observatorio del Roque de los Muchachos. Cuidar del buen uso y orden en el taller.

N.º Orden 2.

Número de plazas: 1. Categoría Profesional: Técnico de Mantenimiento general Observatorio. Grupo 3 Convenio Colectivo del IAC. Titulación: Bachillerato o formación profesional de Grado superior o equivalente relacionada con las funciones propias a desempeñar. Destino: Administración del Observatorio del Teide. Especialidad o actividad principal: Mantenimiento general y reparación general de los edificios e instalaciones del Observatorio del Teide. Funciones y tareas principales:

Revisiones de mantenimiento preventivo según la ruta de revisiones periódicas de todas las instalaciones del Observatorio del Teide.

Control rutinario de instalaciones telescópicas. Tareas de mantenimiento correctivo (mecánicas y eléctricas) en las instalaciones del Observatorio del Teide. Mantener las instalaciones eléctricas, de agua y los grupos electrógenos del observatorio en perfecto estado de uso. Realizar las reparaciones necesarias de fontanería, albañilería y carpintería, en el momento en que se producen los fallos. Mantener el stock mínimo de material que le permita solucionar las averías en un corto plazo. Transportar el gas, el propano y el nitrógeno. Vigilar las instalaciones del observatorio. Limpiar el observatorio. Cumplimiento y ejecución de las normas de seguridad y salud Disponibilidad para pernoctar en el Observatorio del Teide.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios. El Tribunal respeta el principio de paridad de mujeres y hombres. N.º Orden: 1. Técnico de Mantenimiento General.

Presidente: Juan Carlos Pérez Arencibia. Categoría Profesional: Administrador Observatorio. Suplente: Casiana Muñoz Tuñón. Categoría Profesional: Director Grupo Investigación. Secretario: Antonia M.ª Varela Pérez. Categoría Profesional: Ingeniero. Suplente: Germán Pescador Rodríguez. Categoría Profesional: Gerente Operacional. Vocal: Ramón Hernández Mendoza. Categoría Profesional: Técnico Mantenimiento General. Suplente: Isabel Plasencia García. Categoría Profesional: Técnico de Sistemas Júnior.

N.º Orden: 2. Técnico de Mantenimiento general Observatorio. Observatorio del Teide.

Presidente: Miquel Serra Ricart. Categoría Profesional: Administrador Observatorio. Suplente: Luisa Margarita Ávila Miranda. Categoría Profesional: Gerente Administrativo. Secretario: Antonia Delia García Méndez. Categoría Profesional: Administrativo. Suplente: Ignacio del Rosario Pérez. Categoría Profesional: Encargado. Vocal: Higino Gabino Pérez. Categoría Profesional: Encargado de Taller. Suplente: Isabel Plasencia García. Categoría Profesional: Técnico de Sistemas Júnior.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ciencia e Innovación». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Instituto de Astrofísica de Canarias». En el recuadro número 15 se señalará el grupo profesional al que se opta (Anexo II), consignándose en Código el número de orden correspondiente a la especialidad en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado. Se presentará una solicitud por cada plaza. En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se consignará «L» (acceso libre). En el recuadro número 19 se especificará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que se haya publicado la presente convocatoria. En el recuadro 24 se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria y Anexo II. En el recuadro 25 A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la Convocatoria», del modelo de solicitud, se hará constar expresamente el área funcional y especialización a la que concurre (anexo II). En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. El importe de la tasa por derechos de examen será de trece euros con ochenta y un céntimos (13,81 €) correspondiente al grupo profesional 3, respectivamente, de laborales del convenio colectivo del IAC. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 código IBAN: ESO6, código BIC: BBVA ESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Ciencia e Innovación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco BBVA o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V.a

Programa del primer ejercicio de oposición

a.-Primer ejercicio.-«Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado»

Tema 1. La Constitución Española.-Derechos fundamentales y libertades públicas. Principios rectores de la política social y económica. Suspensión de derechos y libertades. Los Poderes Constitucionales: La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. Organización Territorial del Estado.

Tema 2. La Administración General del Estado.-Órganos Centrales. Órganos territoriales. Los Organismos Públicos. Organismos Autónomos. Entidades Públicas Empresariales. Los Organismos Públicos de Investigación.-(Ley 13/1986, de 14 de abril).-Su regulación, funciones y órganos de gobierno. Tema 3. El Instituto de Astrofísica de Canarias.-Normativa aplicable, personalidad jurídica y fines. Estructura Orgánica. El Consejo Rector. El Director. Otros órganos de dirección y gestión. Funcionamiento del Instituto.-Las Áreas y su ordenación. Tema 4. El Procedimiento Administrativo. Concepto y clases. Los Sujetos del Procedimiento. Legitimación activa y pasiva. La representación. Fases del Procedimiento Administrativo. Iniciación, instrucción y terminación del procedimiento. El Registro General y los Registros Auxiliares. Los Registros Internos. Tema 5. Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007). Tipología del personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta. La condición de empleado público. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Tema 6. Régimen disciplinario. Título VII de la Ley 7/2007, Estatuto Básico del Empleado Público. Convenio Colectivo del IAC: Faltas, sanciones. Procedimiento disciplinario. Tema 7. El Convenio Colectivo del IAC (B.O.P. S/C Tenerife de 21/05/2004 http://www.bopsantacruzdetenerife.org/2004/05/066/index.html y BOP de S/C Tenerife de 27/12/2007. http://www.bopsantacruzdetenerife.org/2007/12/229/index.html). Objeto y ámbito. Organización del Trabajo. Criterios generales. Jornada y horarios. Tipología. Vacaciones, permisos y licencias. Vacaciones anuales. Licencias con y sin sueldo. Suspensión del contrato. Causas. Excedencia. Clases. Tema 8. Igualdad de género Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

ANEXO V.b

Programa del segundo ejercicio de oposición. Gestión del mantenimiento

Tema 1. Conceptos.-Historia y evolución del mantenimiento. Gestión del mantenimiento. Mantenimiento y entrenamiento. Situaciones y funciones del departamento de mantenimiento. La coordinación del mantenimiento. Mantenimiento preventivo, características. Mantenimiento correctivo, características. Mantenimiento corrector, características. Mantenimiento condicional, características. Mantenimiento predictivo, características. Mantenimiento productivo total (TPM). Mantenimiento basado en la fiabilidad (RCM).Selección del tipo de mantenimiento. Fallos y averías, fiabilidad. Tema 2. Gestión de stocks y almacenes de repuestos. Conceptos. Criterios para la gestión de stocks y aprovisionamiento. Modelos de gestión. Estandarización. Inventarios. Codificación. Tema 3. Control rutinario de instalaciones y equipos. Conceptos de control. Requisitos del control. Importancia del control. Áreas de control. Tolerancia del control. Tipos de control según su periodicidad. Técnicas para el control. Fallas en el proceso de control. Tema 4. Mantenimiento de instalaciones eléctricas. Conceptos de corriente continua; tensión, corriente, resistencia, potencia, ley de ohm. Circuitos de corriente continua, circuito serie, paralelo y mixto. Conceptos de corriente alterna; frecuencia, reactancia, impedancia, potencias, factor de potencia. Circuitos de corriente alterna; circuitos serie y paralelo. Conductores y aislantes. Sección de los conductores en función de la corriente y de la caída de tensión. Aparatos de protección de las instalaciones eléctricas y de las personas. Instalaciones de alumbrado, tipos de luminarias y características de las mismas. Conocimientos básicos del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Tema 5. Mantenimiento de instalaciones de fluidos. Instalaciones de conducción de aguas. Instalaciones de agua fría; materiales, sistemas de instalación etc. Instalaciones de agua caliente; materiales, sistemas de instalación. Instalaciones contra incendios, Hidrantes, columnas secas, bocas de incendio equipadas (BIE), extintores. Instalaciones de saneamiento y de evacuación de residuos. Energía solar térmica. Instalaciones básicas de gas; materiales, sistemas de instalación, medidas de seguridad. Tema 6. Mantenimiento de mobiliario y carpintería. Conocimientos básicos de los distintos tipos de maderas; maderas blandas y maderas duras. Tratamientos de la madera. Distintas presentaciones comerciales de las maderas, contrachapado, aglomerado, etc. Herramientas manuales para trabajar la madera. Pintado y barnizado de las maderas. Elementos de unión y auxiliares; clavos, tornillos, bisagras etc. Medidas de seguridad en el trabajo de la madera; protección frente al polvo y frente al riesgo químico de barnices y pinturas. Tema 7. Mantenimiento de edificios. Conocimientos básicos de albañilería. Tipos de hormigones. Distintos tipos de acabados en las edificaciones. Localización de fallos en los edificios. Mantenimiento preventivo el las edificaciones. Sistemas de reparación de humedades en cubiertas y en paredes. Reparación de grietas en los edificios. Mantenimiento y reparación de suelos y alicatados. Operaciones de pintado de edificaciones; técnicas básicas y materiales. Seguridad en los trabajos de mantenimiento en altura; andamios, escaleras, elementos de elevación etc. Tema 8. Mantenimiento de equipos electrotécnicos. Motores eléctricos, distintos tipos. Transformador eléctrico y auto-transformador. Automatismo eléctrico mediante relés y contactores. Automatismo electrónico, puertas lógicas. Componentes electrónicos. Circuitos electrónicos elementales. Energías renovables. Equipos de energía solar fotovoltaica. Equipos de energía eólica. Tema 9 Operaciones de mantenimiento mecánico. Operaciones y herramientas de corte. Operaciones y herramientas de unión de piezas; remachado. Operaciones de unión mediante roscado. Distintos tipos de soldadura; soldadura blanda, soldadura fuerte, soldadura por gas. Soldadura eléctrica por arco, distintos tipos: TIG, MIG, MAG. Sistemas de protección de piezas metálicas. Pintura de piezas; sistemas de pintado. Tema 10. Mantenimiento de instalaciones de aire acondicionado, frío y calor. Sistemas de producción de frío; sistema de absorción y sistema de compresión. Fluidos refrigerantes. Elementos de un sistema frigorífico de compresión. Tipos de compresores. Sistemas de calefacción y agua caliente. Componentes de un sistema de aire acondicionado; ventiladores, conductos refrigeradores, calefactores. Bomba de calor. Tema 11. Conceptos básico de seguridad y salud aplicadas a las operaciones de mantenimiento. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Conocimientos a nivel elemental. Prevención y protección frente a posibles riesgos químicos (humos, gases y vapores). Prevención y protección frente a posibles riesgos físicos, (ruido, polvo, vibraciones etc). Trabajos en altura, riesgos de caídas. Trabajos en espacios confinados, riesgo de asfixia. Prevención y protección contra el fuego. Prevención y protección frente al riesgo eléctrico. Seguridad en las máquinas. Marcado CE. Tema 12. Gestión de los residuos en las operaciones de mantenimiento. Gestión de envases y residuos de envases. Gestión de posibles residuos peligrosos para el medio ambiente, tóxicos, corrosivos, nocivos o peligrosos.

ANEXO VI

Direcciones y teléfonos

Instituto de Astrofísica de Canarias

Avenida Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna, Tenerife [S/C de Tenerife (España)].

Teléfono: 22 605 200 (Centralita). Fax: 922 605 210. Correo electrónico: cgs@iac.es Horario del Registro General: Ver http://www.iac.es/info.php?op1=20

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