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Documento BOE-A-2008-16641

Orden EHA/2931/2008, de 10 de septiembre, de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión total de la cartera del ramo de decesos en que opera Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima a favor de la entidad Eterna Aseguradora, S. A. Compañía de Seguros y Reaseguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2008, páginas 41472 a 41472 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-16641

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima y Eterna Aseguradora, S. A. Compañía de Seguros y Reaseguros, han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión total de la cartera del ramo de decesos en que opera Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima a favor de la entidad Eterna Aseguradora, S. A. Compañía de Seguros y Reaseguros. De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante dicho Centro, se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos necesarios, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.2 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Primero: Autorizar la cesión total de la cartera del ramo de decesos de Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima a la entidad Eterna Aseguradora, S. A. Compañía de Seguros y Reaseguros, que queda totalmente subrogada en todos los derechos y obligaciones contraídos respecto a las pólizas objeto de cesión.

Segundo: Revocar a la entidad Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de decesos, n. º 19 de la clasificación de los riesgos por ramos, establecida en el artículo 6.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 10 de septiembre de 2008.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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