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Documento BOE-A-2008-16656

Resolución de 25 de septiembre de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización de un encuentro.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2008, páginas 41482 a 41483 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-16656

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 23 de junio de 2008, Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización de un encuentro, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 25 de septiembre de 2008.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la organización de un encuentro

En Madrid, a 23 de junio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por R. D. 436/2008 de 12 de abril, BOE de 14 de abril de 2008, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, el Excmo. Sr. don Luis María Truan Silva, Consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, nombrado por Decreto 10/2007 de 10 de julio, BOC extraordinario de 12 de julio de 2007, facultado expresamente para la firma del presente convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2008. De otra, el Excmo. Sr. don Salvador Ordóñez, Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, nombrado por Real Decreto 1342/2006, de 21 de noviembre (BOE de 22 de noviembre), en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 12.4 de los Estatutos de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobados por R. D. 331/2002, de 05 de abril, BOE de 12 de abril.

Las partes, se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación bastante en derecho para otorgar y firmar el presente Convenio de colaboración.

EXPONEN

Que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de acuerdo con lo que establecen sus estatutos, es un Centro Universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras Universidades o Instituciones españolas o extranjeras.

Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas así como la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria tienen interés en colaborar con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en la organización de un Encuentro sobre Evaluación de Políticas sobre Drogas que se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica; y en consecuencia las partes

ACUERDAN

Primero: La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, la Consejería de Sanidad y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo organizarán conjuntamente un encuentro sobre «Evaluación de Políticas sobre Drogas» que se celebrará el 7 y 8 de Julio de 2008 en Santander, dentro del marco general de los cursos de verano de la UIMP.

Segundo: La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, la Consejería de Sanidad y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo cooperarán en el diseño del encuentro, a través de sus equipos y personal técnico especializado, siendo esta última quien se hará cargo de la dirección académica y del desarrollo del programa, proponiendo los temas de las conferencias y mesas redondas y las personas que se encargarán de impartirlas. Tercero: La Universidad Internacional Menéndez Pelayo haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como de su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, se compromete a celebrar el encuentro citado de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de toda la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto prestará los siguientes servicios:

En relación con el Director, el Secretario, los Conferenciantes y los Participantes en mesas redondas: pago de honorarios, viaje, alojamiento y manutención en sus propias instalaciones.

Servicio de traducción simultánea. Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Diseño, impresión y distribución del programa de mano y del resto del material promocional (programas generales, carteles.). Servicio de secretaría de alumnos:

Información, selección y matriculación de alumnos.

Convocatoria, selección y concesión de becas completas y medias becas conforme a las normas vigentes en la UIMP. Control de asistencia. Expedición de diplomas y certificaciones.

Servicio del Gabinete de Prensa.

Organización, en su caso, de actos de inauguración y clausura. Recopilación y reproducción de la documentación del encuentro y grabación en audio de las sesiones. Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal, servicios complementarios de cafetería, restaurante, instalaciones deportivas, actividades culturales, etc.). Cuantas otras actividades o servicios sean necesarios o convenientes para el buen desarrollo del encuentro, siempre dentro de las normas establecidas al efecto por el Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y lo acordado con la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Cuarto: La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas dispondrá de 9 plazas exentas del pago de matrícula y la Consejería de Sanidad de otras 5 para asistir al encuentro objeto de este convenio.

La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Sanidad deberán comunicar por escrito a la UIMP los nombres completos y DNI de las personas que ocupen estas plazas, con una antelación de al menos 14 días al inicio del encuentro. La gratuidad de las plazas se refiere únicamente a la exención del pago de la matrícula. La UIMP no se hará cargo del viaje, del alojamiento, ni de cualquier otro gasto de las personas que ocupen estas plazas. El resto de las plazas serán cubiertas por los procedimientos habituales de la UIMP. Quinto: De acuerdo con lo establecido en el punto primero, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria participarán en la financiación del Encuentro aportando la cantidad global de veintisiete mil quinientos cinco euros con sesenta y cuatro centimos (27.505,64 €). De esta cantidad global, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, se compromete a financiar el 60 por 100, aportando para ello la cantidad de dieciseis mil quinientos tres euros con treinta y ocho centimos (16.503,38 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 26.14.231A.227.11. de los presupuestos de esta Delegación del Gobierno para el año 2008 y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria se compromete a financiar el restante 40 por 100, aportando para ello la cantidad de once mil dos euros con veintiseis centimos (11.002,26 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 10.03.313A.640.09, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2008. El pago se realizará de una sola vez previa presentación por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de factura y previa la correspondiente revisión técnica y conformidad por parte de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Sexto: La Universidad Internacional Menéndez Pelayo se compromete a destacar la colaboración prestada por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro (programa de mano, carteles, publicidad en prensa, notas de prensa, etc.), respetando en todo caso las directrices de imagen externa que le sean facilitadas con este fin. Séptimo: En el caso de que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas o la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria tuviesen interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberán, previamente, comunicarlo por escrito a la UIMP, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc). En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del encuentro y fecha y lugar en la que se impartió, así como mención a la organización conjunta por parte de las tres entidades que suscriben el presente convenio, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas la utilización de su imagen. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la UIMP, a quien se enviarán un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos. Octavo: El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y tendrá vigencia hasta la finalización del encuentro y, en todo caso, hasta el 15 de diciembre de 2008. No obstante, será causa de extinción el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes de sus obligaciones, a petición de otro de los firmantes. Noveno: Con objeto de realizar el seguimiento de este Convenio, se formará una comisión integrada por un miembro de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, un miembro designado por la Consejería de Sanidad y otro de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para velar por el buen cumplimiento de las estipulaciones contenidas en este Convenio. Décimo: El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.1.c., aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Dada la naturaleza administrativa de este Convenio, las controversias que pudieran surgir que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión a que se refiere el apartado noveno del mismo, serán conocidas por la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente documento, por cuadruplicado, en el lugar y fecha al inicio indicados.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.-El Consejero de Sanidad del Gobierno de Cantabria, Luis María Truan Silva.-El Rector de la Universidad Menéndez Pelayo, Salvador Ordóñez Delgado.

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