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Documento BOE-A-2008-1674

Resolución de 27 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica la Adenda 2007 al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la mejora de las bibliotecas escolares.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2008, páginas 5838 a 5838 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-1674

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración para la mejora de las bibliotecas escolares, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda.

Madrid, 27 de diciembre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DE CANARIAS PARA LA MEJORA DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES. AÑO 2007

En Madrid, a 13 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña Milagros Luis Brito, como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, nombrada por Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente del Gobierno de Canarias (BOC n.º 141, de 14 de julio de 2007), actuando en nombre y representación del mismo de acuerdo con la capacidad y competencia que para la suscripción del presente convenio le confieren los artículos 16 y 29.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC n.º 96, de 1 de agosto de1990).

EXPONEN

Que con fecha 15 de diciembre de 2006, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Canarias suscribieron un convenio para la mejora de las bibliotecas escolares, en cuya cláusula octava se determinaba que la disposición de nuevos créditos en ejercicios presupuestarios posteriores, podía dar lugar a la suscripción de Adendas que recogieran las nuevas aportaciones económicas junto con las modificaciones que se requieran.

El 30 de marzo de 2007, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 9.000.000 de euros, destinado a la mejora de las bibliotecas escolares de los centros de Educación Primaria.

De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir una Adenda en el año 2007, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-La presente Adenda tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de Canarias, de acuerdo con las especificaciones contenidas en la misma, para seguir apoyando las actuaciones de la Comunidad Autónoma en relación con la mejora de las bibliotecas escolares con nuevas aportaciones económicas.

Segunda. Nuevas aportaciones económicas.

a) El Ministerio de Educación y Ciencia aportará en el año 2007 la cantidad total de 571.497 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.453, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

b) La Comunidad Autónoma de Canarias aportará la cantidad total de 571.497 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.422B.640.21, Proyecto de Inversión 08618303 «Mejora Bibliotecas Escolares Infantil y Primaria» que se contempla en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 2008, aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de Canarias de fecha 22 de octubre de 2007.

Tercera. Distribución de los fondos económicos.-La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias distribuirá los fondos económicos aplicándolos a la ejecución de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda del Convenio, de modo que al menos, a los centros públicos de Educación primaria dependientes de Canarias que no recibieron la cantidad mínima de entre 500 y 1.500 euros, dependiendo de su tamaño y establecida en la cláusula cuarta del Convenio, se les ofrezca dicha cantidad destinada a dotaciones de sus bibliotecas. Esta cantidad podrá ser incrementada de acuerdo con los criterios que establezca la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de Canarias.

Para la ejecución de las actuaciones derivadas de esta Adenda se estará a lo estipulado en el Convenio. Cuarta. Instrumentación del pago.-El Ministerio de Educación y Ciencia procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Canarias la aportación económica prevista en la cláusula segunda a la firma de la presente Adenda. A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de Canarias acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Esta documentación será aportada a la Comisión mixta de Seguimiento constituida según se señala en la cláusula séptima del Convenio. Quinta. Vigencia y resolución.-La presente Adenda tendrá vigencia desde el día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2008. Además de la expiración del plazo de vigencia, serán causas de extinción las siguientes:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia por cualquiera de las partes como consecuencia tanto del incumplimiento de sus cláusulas como de la inexistencia de crédito para financiar las obligaciones económicas derivadas de la misma por la otra parte.

Y en prueba y conformidad, firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, la Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, Milagros Luis Brito.

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