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Documento BOE-A-2008-16920

Orden JUS/2996/2008, de 15 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/2151/2008, de 10 de julio, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral convocado por Orden JUS/3187/2007, de 22 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2008, páginas 42067 a 42068 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-16920

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/2151/2008, de 10 de julio (BOE del 22), se resolvió el concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral convocado por Orden JUS/3187/2007, de 22 de octubre (BOE del 2 de noviembre), modificada por Orden JUS/3428/2007, de 14 de noviembre (BOE del 28). De los puestos adjudicados en el anexo I a la Orden JUS/2151/2008, de 10 de julio, y como consecuencia de lo previsto en el punto cuarto de ésta, algunos de ellos no pueden ser ocupados por las personas adjudicatarias, al haber obtenido otro destino en convocatoria pública antes de la finalización del plazo de toma de posesión. Por ello, este Ministerio, de acuerdo con las bases de la convocatoria y demás normas reglamentarias, ha resuelto:

Primero.-Modificar el Anexo I de la Orden JUS/2151/2008, de 10 de julio, adjudicando los puestos con el número de orden 167, 169, 170, 172, 173, 174, 175, 178 y 179, según se indica en Anexo a la presente Orden.

Esta nueva relación de adjudicatarios se publicará en la página web de este Departamento www.mjusticia.es y en la del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es. Segundo.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. En tal caso, habrán de optar por uno de estos destinos, debiendo comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento. Tercero.-La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles si no existe cambio de residencia del trabajador o en el de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cambio de residencia habrá de ser documentalmente acreditado. El cómputo de los plazos de cese e incorporación se realizará de conformidad con lo contenido en la base séptima de la Orden JUS/3187/2007, de 22 de octubre.

Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante el Ministro de Justicia, en el plazo de veinte días desde su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo previsto en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de octubre de 2008.-El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/345/2005 de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ángel Arozamena Laso.

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