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Documento BOE-A-2008-16957

Orden ESD/3010/2008, de 3 de octubre, complementaria a la Orden ESD/2532/2008, de 29 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria, durante el curso 2008-2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2008, páginas 42110 a 42110 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-16957

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/819/2008, de 11 de marzo (BOE de 27), se convocaron subvenciones dirigidas a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria, durante el curso 2008-2009. A la mencionada convocatoria concurrió, entre otros, el representante de la empresa «Circo Coliseo, S. L.», que no pudo acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo que se le denegó la subvención, tal como figura en la Orden ESD/2532/2008, de 29 de agosto (BOE de 5 de septiembre), por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria, durante el curso 2008-2009. Dado que la ausencia de acreditación fue motivada por un error, que el interesado ha justificado hallarse al corriente de dichas obligaciones y contando con el informe de la comisión de valoración, he resuelto:

Primero.-Conceder, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322G.480.02, una subvención de 11.000 euros y un aula a la empresa circense «Circo Coliseo, S.L.» de Mislata (Valencia).

Segundo.-Para la justificación de la correcta inversión de la subvención recibida, la empresa circense deberá atenerse a lo dispuesto en los apartados décimo, undécimo, duodécimo y decimotercero de la Orden ECI/819/2008, de 11 de marzo, de convocatoria de tales subvenciones. Tercero.-El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte podrá establecer cuantas acciones de inspección y control considere oportunas para asegurar el correcto cumplimiento, durante el curso escolar 2008/2009, de todas las obligaciones asumidas por la empresa circense subvencionada, respecto a las condiciones de seguridad, dotación, limpieza y conservación de las instalaciones de las caravanas dedicadas a aula itinerante y a vivienda para el maestro, así como para verificar el proceso de escolarización.

Cuarto.-Contra la presente Orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a lo que establecen los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 3 de octubre de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Director General de Evaluación y Ordenación del Sistema Educativo, Javier Vidal García.

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