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Documento BOE-A-2008-17344

Orden JUS/3067/2008, de 16 de octubre, por la que se procede al cumplimiento de la sentencia recaída en el recurso de casación n.º 6774/2005, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 2008, páginas 43033 a 43034 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-17344

TEXTO ORIGINAL

La sentencia de 23 de junio de 2008, de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, estima el recurso de casación n.º 6774/2005, interpuesto por don Jorge Leopoldo Alonso Alija, doña Mercedes Florencia Prieto Nistal, don Jesús María Juárez Pérez y doña M.ª Teresa Pérez Benavides, contra Sentencia n.º 891 dictada el 21 de septiembre de 2005 por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso especial de Protección de Derechos Fundamentales n.º 323/05, sobre denegación de la inclusión de los recurrentes en la relación definitiva de aspirantes que superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre), En el Fallo de la sentencia se declara el derecho de los recurrentes a formar parte de la relación de aprobados en el proceso selectivo convocado por Orden del Ministerio de Justicia de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre), para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, hecha pública por Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril), con la puntuación y el número correspondientes a los dos primeros ejercicios, tal como constan en la demanda y resultan de la prueba pericial practicada en el recurso 2297/1997, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, debiendo ser escalafonados con números bis detrás de los aspirantes que corresponda por puntuación, con reconocimiento y efectividad de sus derechos administrativos desde la fecha en que quedo resuelto definitivamente el proceso selectivo y de sus derechos económicos desde el día en que solicitaron la revisión. Don Jorge Leopoldo Alonso Alija, DNI 10189540, y doña M.ª Teresa Pérez Benavides, DNI 9739109, fueron nombrados funcionarios del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa por Órdenes de 16 de julio y de 18 de febrero de 2008, en cumplimiento de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaídas en los recursos contencioso-administrativos números 2976 y 2975/2003. La Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril), de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, que hizo pública la relación de aspirante que superaron las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, y que este recurso modifica, relaciona a los 954 aspirantes que superaron las referidas pruebas, debiendo integrar en dicha resolución a los recurrentes, por así determinarlo la sentencia ut supra referenciada. En cumplimiento en los justos términos de lo dispuesto en la sentencia, Este Ministerio acuerda:

Primero.-Incrementar en 2 plazas la Orden de 30 de agosto de 1991, que hizo publica la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo, Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril).

Segundo.-Modificar la Resolución de 24 de marzo de 1993, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el sentido de incluir a doña Mercedes Florencia Prieto Nistal y a don Jesús María Juárez Pérez con las puntuaciones y números bis que a continuación se relacionan:

N.º orden

DNI

Apellidos y nombre

1.er ejer.

2.º ejer.

Total

937 bis

9763673

Juárez Pérez, Jesús María

8,50

5,89

14,39

615 bis

10180001

Prieto Nistal, Mercedes Florencia

11,00

6,50

17,50

Tercero.-En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que les capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título. A este respecto, y de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria sexta, párrafo tercero, de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los aspirantes deberán remitir el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, caso de estar en posesión del mismo, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a que se refiere el artículo 475 de la Ley Orgánica 19/2003. Si no están en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, y aporta el título exigido en la base 3.1.c) de la Orden de convocatoria, será nombrado funcionario de la Escala de Gestión Procesal y Administrativa. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación. C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia), expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a los interesados y, en caso de que no estén acogidos a ningún Régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas. Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio Educación, Política Social y Deporte o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempañar las tareas propias que corresponden del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia). D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado, según modelo publicado en el anexo de la presente Orden.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Los recurrentes junto a la documentación, deberán remitir su solicitud de destino, que incluirá los puestos de trabajo por orden de preferencia, hasta un máximo de 50, adjudicándoles los que estén actualmente desiertos. Igualmente deberán especificar las provincias por orden de preferencia, para que en caso de no haber ninguna plaza desierta en los puestos solicitados, adjudicarles destino dentro de las provincias de preferencia, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre).

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos, el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de octubre de 2008.-El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ángel Arozamena Laso.

ANEXO

Don/Doña ..........................................................................., con domicilio en ........................................................................., de ......... años de edad, con DNI número ......................................,declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En .........................., a ....... de ........................ de 2008. El declarante,

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