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Documento BOE-A-2008-17592

Resolución de 8 de octubre 2008, de la Autoridad Portuaria de Sevilla, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes a 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 3 de noviembre de 2008, páginas 43635 a 43651 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2008-17592

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Sevilla correspondiente al ejercicio 2006, que figura como anexo a esta Resolución.

Sevilla, 8 de octubre de 2008.-El Presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla, Manuel Ángel Fernández González.

ANEXO

Autoridad Portuaria de Sevilla

Memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2007 1. Naturaleza y actividad de la entidad

Autoridad Portuaria de Sevilla (en adelante, la Autoridad Portuaria o la Entidad) es una Entidad de Derecho Público, creada al amparo de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, con personalidad jurídica y patrimonio propios independientes de los del Estado, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Los objetivos generales de la Autoridad Portuaria son los siguientes:

a) La realización, autorización y control, en su caso, de las operaciones marítimas y terrestres relacionadas con el tráfico portuario, y de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

b) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. c) La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, de acuerdo con la planificación general, especificaciones y coordinación que establezca Puertos del Estado. d) La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que le sea adscrito. e) La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tenga asignados. f) El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario. g) La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

Su actividad se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente, por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, actuando con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en sus adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el Ordenamiento le atribuye, desarrollando las funciones asignadas bajo el principio general de autonomía de gestión, todo ello sin perjuicio de las facultades atribuidas al Ente Público Puertos del Estado y las de tutela y fiscalización que sobre ella ostente el Ministerio de Fomento. La citada Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante fue parcialmente modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre.

La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general ha introducido modificaciones sustanciales tanto en el régimen económico del sistema portuario estatal, como en la prestación y regulación de los servicios portuarios y el dominio público portuario. Dicha Ley entró en vigor con fecha 27 de febrero de 2004 y, en lo que respecta al régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal el 1 de enero de 2004. El ejercicio económico de la Autoridad Portuaria es coincidente con el año natural, constituyendo los recursos de la Entidad (hasta el 1 de enero de 2004, fecha de entrada en vigor de la Ley 48/2003), los siguientes:

Los productos y rentas de su patrimonio, así como los procedentes de la enajenación de sus activos y los remanentes resultantes del ejercicio económico anterior.

Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el ejercicio de sus actividades, que tendrán el carácter de recursos de Derecho Privado. Los cánones procedentes de la utilización de bienes de dominio público portuario, de la prestación de servicios al público o del ejercicio de actividades industriales y comerciales en el ámbito portuario. Las aportaciones recibidas de Puertos del Estado. Los que pudieran asignarse en los Presupuestos Generales del Estado o en los de otras Administraciones Públicas, así como las subvenciones y auxilios, cualquiera que sea su procedencia. Los procedentes de créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar. El producto de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Puertos del Estado mencionada. Cualquier otro que les sea atribuido.

La Ley 48/2003 enumera y regula los recursos económicos del sistema portuario estatal a partir del 1 de enero de 2004, debiendo resaltarse como principales cambios con respecto al ejercicio 2004:

Los ingresos derivados del nuevo Fondo de Compensación Interportuario, que constituye un elemento básico de solidaridad interportuaria y de garantía de financiación de las infraestructuras.

La elevación a la categoría de tasa de aquellos importes exigidos por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y por la prestación de servicios no comerciales por las Autoridades Portuarias. Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2004, han tenido la consideración de tasa los importes exigidos en concepto de:

Ocupación privativa del dominio público portuario, en virtud de una concesión o autorización (ocupación de terrenos, de las aguas del puerto y de obras e instalaciones).

Utilización especial de las instalaciones portuarias por los buques, el pasaje y las mercancías. Aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios, de acuerdo con la correspondiente autorización o licencia. Prestación de servicios generales, entendiéndose por tales aquellos servicios comunes de titularidad de la Autoridad Portuaria de los que se benefician los usuarios del puerto sin necesidad de solicitud. Utilización del servicio de señalización marítima.

Adicionalmente, la Autoridad Portuaria exigirá por los servicios comerciales que preste en régimen de concurrencia el pago de las correspondientes tarifas, que tendrán el carácter de precios privados.

Hasta el 1 de enero de 1993, fecha de la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el Puerto era un Organismo Autónomo de la Administración del Estado, por lo que las normas de contabilidad estaban sometidas a lo establecido por la Administración del Estado. A este respecto, la principal legislación aplicable era:

Plan General de Contabilidad Pública de 14 de octubre de 1981, modificado por la Resolución de 27 de diciembre de 1989 de la Intervención General de la Administración del Estado.

Orden Ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda de 31 de marzo de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de los Organismos Autónomos del Estado. Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a los Puertos Españoles, realizada por la Intervención General de la Administración del Estado.

A partir del 1 de enero de 1993, de acuerdo con lo dispuesto en la mencionada Ley 27/1992, la Entidad ajustó su contabilidad a las disposiciones del Código de Comercio, a las del Plan General de Contabilidad y a las demás que le son de aplicación.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales

a) Imagen fiel.-Las cuentas anuales del ejercicio 2007 que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, han sido formuladas por el Presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla, se han obtenido de los registros contables de la Entidad y se presentan de acuerdo con el Plan General de Contabilidad, de forma que muestran la imagen fiel de su patrimonio, de su situación financiera y de sus resultados. Dichas cuentas anuales se someterán a la aprobación del Consejo de Administración, estimándose que serán aprobadas sin ninguna modificación. Por su parte, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2006 fueron aprobadas en la reunión del Consejo de Administración del 26 de junio de 2007.

b) Principios contables.-Los principios y criterios contables aplicados en la elaboración de las cuentas anuales del ejercicio 2007 son con carácter general los recogidos en el Plan General de Contabilidad que se describen en la Nota 4 de esta memoria. Para determinadas operaciones del inmovilizado material que atienden al concepto de infraestructuras entregadas al uso general se han aplicado específicamente los principios y criterios de contabilidad pública recogidos para esta clase de operaciones en el Plan General de Contabilidad Pública (véase Nota 4.b). No existe ningún principio contable de aplicación obligatoria que, teniendo un efecto significativo sobre las cuentas anuales adjuntas, se haya dejado de aplicar. c) Comparación de la información.-La Autoridad Portuaria presenta a efectos comparativos, con cada una de las partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias y del cuadro de financiación, además de las cifras del ejercicio 2007, las correspondientes al ejercicio 2006.

3. Distribución de resultados

La cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 refleja un beneficio después del fondo de compensación interportuario de 4.338.599,81 euros. La propuesta de distribución de beneficios, que presentará el Presidente de la Autoridad Portuaria al Consejo de Administración contempla destinar dicho beneficio al epígrafe «Reservas por resultados acumulados» del balance de situación al 31 de diciembre de 2007 adjunto.

4. Normas de valoración

Los principios contables y normas de valoración más significativos utilizados por la Autoridad Portuaria en la elaboración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2007, han sido los siguientes:

a) Inmovilizado inmaterial.-Las aplicaciones informáticas se registran por su precio de adquisición y se amortizan linealmente en cinco años, a partir de su entrada en funcionamiento.

El cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 por la amortización de este inmovilizado ascendió, a 127.300,18 euros. b) Inmovilizado material.

b.1 Valoración.-El 1 de enero de 1993, fecha de su constitución (véase Nota 1), la Autoridad Portuaria de Sevilla registró el inmovilizado material adscrito de la preexistente Junta del Puerto de Sevilla al valor por el que figuraba en los libros de ésta, con abono a la cuenta de «Patrimonio inicial». Asimismo, el Ente Público Puertos del Estado realizó un estudio técnico a nivel nacional, concluyendo que era necesaria la modificación de las vidas útiles del inmovilizado material que se venían considerando por todas las Autoridades Portuarias. La Autoridad Portuaria de Sevilla registró, con cargo al epígrafe «Patrimonio inicial», el defecto de amortización acumulada de los bienes que, de acuerdo con las vidas útiles determinadas en el mencionado estudio, debían estar amortizados al 31 de diciembre de 1992 y ajustó, adicionalmente, las dotaciones anuales de amortización que debían practicarse a partir del 31 de diciembre de 1992 para aquellos bienes con vida útil pendiente a dicha fecha.

La Intervención General de la Administración del Estado (I.G.A.E.), en sus informes sobre los estados financieros de las Autoridades Portuarias de los ejercicios 1993 y 1994, incluye una excepción por no estar de acuerdo con el criterio utilizado por las Autoridades Portuarias en la contabilización del efecto producido por la aplicación de las nuevas vidas útiles en aquellos bienes con vida útil pendiente al 31 de diciembre de 1992. En este caso, las Autoridades Portuarias aplicaron el criterio de amortizar el valor neto contable en los años restantes de vida útil según las nuevas tablas, mientras que la I.G.A.E. entendía que la amortización debe recalcularse de acuerdo con las nuevas vidas útiles y recoger el correspondiente ajuste con cargo al «Patrimonio Inicial». El Ente Público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias presentaron alegaciones a la interpretación de la I.G.A.E., manifestando que la modificación de las tablas de vidas útiles no supone que las del año 1965 (vigentes hasta 31/12/92) fueran incorrectas, sino que en sus treinta años de vigencia se han producido modificaciones sustanciales. Por lo tanto, no deberían corregirse las amortizaciones que históricamente fueron registradas por las Juntas de Puertos, sino que el valor neto contable de los bienes debería amortizarse en los años de vida útil restante. Teniendo en cuenta las diferencias de criterio entre la I.G.A.E. y el Ente Público Puertos del Estado, ambos se sometieron al arbitraje de la Subsecretaria del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la cual, a su vez, sometió a la consideración del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (I.C.A.C.) el examen y dictamen sobre la cuestión discrepante antes mencionada. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas puso de manifiesto en su dictamen que teniendo en cuenta que las Autoridades Portuarias suceden en la titularidad del patrimonio de las Juntas de Puertos y Puertos Autónomos, hay que señalar que los Organismos que se extinguen estaban sometidos a un régimen contable distinto al que corresponde a los nuevos, por lo que parece que debe ajustarse la valoración del citado patrimonio a los principios y normas contenidos en la legislación mercantil, en la medida que aquella no se ajuste a estos. Esta última circunstancia, podría hacer que el tratamiento de los posibles ajustes que pudieran ponerse de manifiesto, se trataran de forma similar a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, que contemplaba la posibilidad de que si se modifican las valoraciones anteriores al citado Plan, los ajustes que resultaran debían realizarse con contrapartida de «Patrimonio inicial». En base a estas consideraciones, la adscripción de los bienes de las extintas Juntas del Puerto a las Autoridades Portuarias es asimilable a una aportación no dineraria, por lo que a efectos de la determinación del patrimonio inicial la valoración de los mismos debería efectuarse por su valor venal de acuerdo con principios y criterios de contabilidad generalmente aceptados. En base a estos antecedentes, el Ente Público Puertos del Estado decidió contratar a un experto independiente para calcular el valor venal de una parte de los bienes del inmovilizado de las Autoridades Portuarias, referido dicho valor al 1 de enero de 1993, así como la vida útil de los mismos. En 1995 y en base al informe del experto, las Autoridades Portuarias dieron de baja el valor contable del inmovilizado tasado y su correspondiente amortización acumulada y de alta los bienes a su valor venal, habiéndose contabilizado estas bajas y altas con cargo y abono, respectivamente, al epígrafe «Patrimonio Inicial». Por lo que se refiere a la Autoridad Portuaria de Sevilla, el efecto de la citada regularización supuso un incremento del «Patrimonio inicial» por importe de 197.493.704,16 euros, que fue registrado contablemente en el ejercicio 1995. Asimismo, durante el ejercicio 1995 la Autoridad Portuaria procedió al recálculo de las dotaciones de amortización de los elementos sometidos a esta regularización, registrando el defecto de dotación de los ejercicios 1993 y 1994, que ascendía a 737.991,44 euros, con cargo al epígrafe «Resultados extraordinarios» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 1995. De acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, a la que se remitió el I.C.A.C. en su dictamen, las valoraciones de los elementos del inmovilizado material a la fecha de entrada en vigor de la Ley 27/1992, se consideran equivalentes al precio de adquisición. Por todo lo indicado anteriormente, el inmovilizado material al 31 de diciembre de 2007 se encuentra valorado de acuerdo con los tres criterios de valoración que se describen a continuación:

1. El inmovilizado adscrito el 1 de enero de 1993, que contablemente figura en los epígrafes «Terrenos y bienes naturales» (en la totalidad de su saldo) y parcialmente en el de «Construcciones» se encuentra valorado a su valor venal a la citada fecha. Asimismo, los activos procedentes de la reversión de concesiones administrativas producidas con posterioridad al día 1 de enero de 1993 se encuentran valorados igualmente a su valor venal, obtenido mediante tasación realizada por un perito tasador independiente.

2. Algunos elementos del inmovilizado material adscrito el 1 de enero de 1993, clasificado dentro de los epígrafes «Maquinaria y equipamiento técnico», «Otro inmovilizado» y parcialmente en el de «Construcciones», se encuentran valorados conforme a las reglas de valoración aplicables a la extinta Junta del Puerto de Sevilla hasta el 31 de diciembre de 1992. Esta norma de valoración contemplaba la valoración de los elementos del inmovilizado material a su coste de adquisición revalorizado de acuerdo con los coeficientes establecidos anualmente por la extinta Dirección General de Puertos. El efecto neto de cada revalorización se abonó al epígrafe «Patrimonio inicial» del balance de situación de cada uno de los ejercicios (anteriores al 1 de enero de 1993). A partir de la fecha de contabilización de las revalorizaciones, las amortizaciones se calculan sobre los nuevos valores del inmovilizado material. 3. Algunos elementos del inmovilizado material adscrito el 1 de enero de 1993 así como la totalidad de los bienes adquiridos con posterioridad al 1 de enero de 1993 se hallan valorados a su precio de adquisición. El detalle por cuentas del inmovilizado material neto al 31 de diciembre de 2007, clasificado en función del criterio de valoración empleado es el siguiente:

Euros

Valor Venal

Coste de adquisición revalorizado hasta el (01-01-93)

Coste de adquisición (bienes adquiridos con anterioridad al (01-01-93)

Coste de adquisición (bienes adquiridos con posterioridad al (01-01-93)

Total Saldo Neto Contable

Terrenos

192.871.392,59

-

-

5.237.299,38

198.108.691,97

Construcciones

21.426.818,11

660.961,04

2.508.327,69

38.803.798,81

63.399.905,65

Maquinaria

-

83.825,86

764,68

7.504,59

92.095,13

Otro inmovilizado

-

-

-

443.673,97

443.673,97

Inmovilizado en curso

-

-

-

75.830.148,91

75.830.148,91

Provisiones

(587.788,95)

-

-

-

(587.788,95)

Total

213.710.421,75

744.786,90

2.509.092,37

120.322.425,66

337.286.726,68

De acuerdo con lo reflejado en el cuadro anterior, el valor neto contable al 31 de diciembre de 2007 de aquellos elementos del inmovilizado material que figuran registrados a coste de adquisición revalorizado hasta el 1 de enero de 1993 asciende a 744.786,90 euros. En relación con los citados elementos la Autoridad Portuaria no dispone de una tasación efectuada por un experto independiente que permita conocer si el valor anteriormente indicado supera o no al valor venal de dichos bienes. En el supuesto de haberse efectuado la citada tasación, las posibles diferencias entre el valor venal y el valor neto contable de dichos elementos deberían registrarse, dependiendo del signo, con cargo o abono a la cuenta «Patrimonio inicial» de acuerdo con el dictamen emitido por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. En opinión de los Administradores de la Autoridad Portuaria las posibles diferencias que, en su caso, pudieran derivarse de dicha tasación no tendrían patrimonialmente un efecto significativo.

Durante el ejercicio 1999 la Autoridad Portuaria procedió a la adaptación de los criterios contables históricamente aplicados en el inmovilizado material a los criterios recogidos en el Manual de Tratamiento de los Activos Materiales Portuarios, elaborado por Puertos del Estado, en el cual se especifican los criterios a seguir en la valoración de los distintos elementos del inmovilizado material.

b.2 Valoración de inversiones destinadas al uso general.-La Autoridad Portuaria, en aplicación del Manual de Tratamiento de los Activos Materiales Portuarios, ha considerado que ciertos elementos de su inmovilizado material responden al concepto de «Inversiones destinadas al uso general». De acuerdo con los criterios del citado Manual, estas inversiones se mantienen en el inmovilizado de la Autoridad Portuaria hasta que se transfiere su uso a la totalidad de los ciudadanos, dándose en ese momento de baja contra la cuenta «Patrimonio cedido al uso general», del pasivo del balance de situación que minora los fondos propios de la Autoridad Portuaria. Durante el ejercicio 2007, no se han realizado entregas de activos al uso general por parte de la Autoridad Portuaria (véase Nota 6).

b.3 Valoración de adscripciones de terrenos.-Con fecha 13 de diciembre de 2005, la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con los artículos 73-76 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y el artículo 47 de la Ley 48/2003, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó la adscripción a la Autoridad Portuaria de Sevilla de un terreno propiedad de la Administración General del Estado situado en el sitio denominado «El Copero», en el término municipal de Dos Hermanas. En consecuencia, la Autoridad Portuaria registró en el epígrafe «Terrenos y bienes naturales» del activo del balance de situación el importe de 147.681,75 euros asignado al mismo por la Delegación Especial de Economía y Hacienda de Sevilla (inferior al valor de tasación fijado por un experto independiente), con abono a la cuenta «Patrimonio recibido en adscripción» del pasivo del balance de situación. En relación con el párrafo anterior, con fecha 13 de febrero de 2007 la Subdirección General de Patrimonio del Estado, cumpliendo con lo dispuesto en la Orden Ministerial de 1 de enero de 2007, ha resuelto la adscripción a la Autoridad Portuaria de Sevilla de seis parcelas en el término municipal de Dos Hermanas, en el sitio denominado «El Copero». Posteriormente con fecha 23 de agosto de 2007 la Subdirección General de Patrimonio del Estado, dando curso a la Orden Ministerial del 13 de abril de 2007, acuerda la adscripción de una séptima parcela situada en el mismo lugar que las anteriores. La Autoridad Portuaria de Sevilla ha valorado las siete parcelas adscritas en la cantidad de 396.133,59 euros, registrándose las mismas en el epígrafe «Terrenos y bienes naturales» del activo del balance de situación con abono a la cuenta «Patrimonio recibido en adscripción» del pasivo del balance de situación que aumenta los fondos propios de la Autoridad Portuaria, por lo que la cuenta presenta al 31 de diciembre de 2007 un saldo de 543.185,34 euros (Nota 10). b.4 Capitalización de gastos financieros.-Cumpliendo con lo estipulado en la Resolución del ICAC de fecha 30 de julio de 1991, la Autoridad Portuaria de Sevilla ha capitalizado la cantidad de 826.525,14 euros que se corresponden con los gastos financieros devengados en el ejercicio 2007, por la contratación con el Banco Europeo de Inversiones de un préstamo, cuya finalidad es financiar la construcción de la nueva esclusa en el puerto. Sobre la base de la citada Resolución, es posible capitalizar «los intereses y comisiones devengados como consecuencia de la utilización de fuentes ajenas de financiación destinadas a la adquisición o construcción del inmovilizado material» (véase Nota 13). b.5 Otros criterios contables aplicados al inmovilizado material.-Los costes de ampliación, modernización o mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes se capitalizan como mayor coste de los correspondientes bienes. Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren. b.6 Criterios de amortización del inmovilizado material.-La Autoridad Portuaria amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos, deducido su valor residual, entre los años de vida útil estimada, que para los elementos que se encuentran valorados por su coste de adquisición o por su coste de adquisición revalorizado hasta el 1 de enero de 1993, son los que se muestran a continuación:

Años de vida útil aplicados

Construcciones:

Accesos marítimos

35-50

Obras de abrigo y dársenas

40-50

Obras de atraque

5-40

Instalaciones para reparación de Barcos

25-40

Edificaciones

17-35

Instalaciones generales

17

Instalaciones de ayuda a la navegación

5-10

Pavimentos, calzadas y vías de circulación

5-45

Maquinaria:

Equipos de manipulación de mercancías

10-20

Material flotante

10-25

Material ferroviario

15

Equipos de taller

14

Otro inmovilizado:

Mobiliario y enseres

10

Equipos informáticos

5

Elementos de transporte

6

Material diverso

5

A efectos informativos se adjunta la tabla de coeficientes de amortización de elementos patrimoniales aplicable a entidades que prestan servicios portuarios (modificación R.D. 537/1997 por el que se aprueba el reglamento de impuesto sobre sociedades):

Coeficiente lineal - Máximo porcentaje

Periodo máximo - Años

1.

Dragados de primer establecimiento. Diques y obra de abrigo

2

100

2.

Esclusas. Obras permanentes de encauzamiento y defensa de márgenes. Escollera de protección de recintos. Muelles. Diques secos. Varaderos. Túneles y puentes. Elementos fijos de soporte de ayuda a la navegación

3

68

3.

Diques flotantes. Vías férreas y estaciones de clasificación. Cabrias y grúas flotantes. Dragas. Remolcadores. Gánguiles, gabarras y barcazas

4

50

4.

Cargaderos a instalaciones especiales. Grúas de pórtico y portacontenedores

5

40

5.

Instalaciones. Conducciones. Alumbrado exterior y cerramientos

6

34

6.

Obras complementarias para atraque. Boyas de amarre. Embarcaciones de servicio. Elementos soporte flotante ayuda a la navegación. Pavimentos en muelles, zonas de manipulación y depósito. Caminos, zonas de circulación, aparcamiento y depósitos. Equipo taller

7

30

7.

Grúas automóviles. Carretillas, tractores, remolques y tolvas, cintas y equipo ligero de manipulación de mercancías. Equipo auxiliar y equipo de buzos. Instalaciones de ayudas visuales. Pantalanes flotantes .

10

20

8.

Instalaciones de ayudas radioeléctricas, de gestión y explotación. Defensas y elementos de amarre. Material diverso

20

10

Para los elementos del inmovilizado material que se encuentran valorados a su valor venal, los años de vida útil aplicados son los estimados en la tasación independiente mencionada anteriormente, que corresponden a su vida útil remanente al 1 de enero de 1993. El cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 por el concepto de amortización de la totalidad del inmovilizado material ha ascendido a 4.589.605,56 euros. En aquellos casos que la depreciación fuese irreversible y distinta de la amortización sistemática, se procede a contabilizar la pérdida y la disminución de valor del bien. El valor neto de los activos no amortizados en su totalidad que se den de baja en el inmovilizado material, se considera como una pérdida extraordinaria atribuible al ejercicio en que se produce, aún cuando su valor proceda de revalorizaciones efectuadas al amparo de las disposiciones emanadas de la antigua Dirección General de Puertos.

c) Valores negociables e inmovilizado financiero.-Las participaciones en el capital de sociedades del grupo y asociadas se valoran al coste de adquisición, corregido en su caso, por las minusvalías que se pongan de manifiesto en el valor teórico-contable de dichas sociedades, incluyendo en éste el importe de las plusvalías tácitas existentes en el momento de la adquisición y que subsistan en el de la valoración posterior.

La Autoridad Portuaria participa en el 13% del capital social de Serviport Andalucía, S.A., valorándose esta participación de acuerdo con el criterio antes indicado. Asimismo, la Autoridad Portuaria participa, en el 50,91% del capital social de la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Sevilla, S.A. (SESTISE). La participación en esta Sociedad se valora al valor nominal, debido a que según sus Estatutos, tanto las pérdidas como beneficios deben repercutirse entre el resto de los socios mediante el ajuste de sus tarifas. Dado que su efecto no sería significativo, estas cuentas anuales no reflejan los aumentos o disminuciones del valor de la participación de la Autoridad Portuaria en dicha Sociedad que resultarían de aplicar criterios de consolidación para esta participación mayoritaria. Adicionalmente, con fecha 20 de junio de 2003, la Autoridad Portuaria recibió la cesión a título gratuito de 1.000 acciones de Sevisur Logística, S.A., equivalentes a una participación del 10% del capital, de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Bases del concurso convocado para el otorgamiento de 3 concesiones administrativas en el ámbito de la ZAL del Puerto de Sevilla y resuelto a favor de la oferta presentada por Acesa Promotora Logística, S.A.U., accionista mayoritario de Sevisur Logística, S.A. (sociedad constituida el 13 de marzo de 2003). Esta participación fue valorada por su valor nominal, que ascendió a un importe total de 300.000 euros, tomando como contrapartida el epígrafe «Ingresos a distribuir en varios ejercicios» del balance de situación al 31 de diciembre de 2007 adjunto. Dicho importe, de acuerdo con la naturaleza de activo no depreciable de las acciones recibidas, será imputado a resultados del ejercicio en el que se produzca la enajenación o baja en inventario del mismo. En el ejercicio 2004 la sociedad Sevisur Logística, S.A. llevó a cabo una ampliación de capital por un importe total de 2.010.000 euros con una prima de emisión adicional de 1.005.000 euros, a la cual la Autoridad Portuaria de Sevilla acudió suscribiendo un número de acciones equivalente al 10% de dicha ampliación. Posteriormente, con fecha 12 de septiembre de 2005 la citada sociedad realizó una nueva ampliación de capital, por importe de 2.988.000 euros mediante la emisión, suscripción y desembolso íntegro de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión adicional de 60 euros por acción, en la que la Autoridad Portuaria participa con la suscripción de 830 acciones. Del mismo modo, con fecha 13 de febrero de 2006, la citada sociedad realizó una nueva ampliación de capital, por importe de 2.988.000 euros que consistió en la emisión, suscripción y desembolso íntegro de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión adicional de 60 euros por acción, en la que la Autoridad Portuaria participó con la suscripción de 830 acciones. En el ejercicio 2007 y con fecha 24 de abril de 2007 el Consejo de Administración de Sevisur Logística, S.A. ha acordado una nueva ampliación de capital por un importe de 2.988.000 euros, consistente en la emisión, suscripción y desembolso de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión de 60 euros por acción, a la cual la Autoridad Portuaria de Sevilla ha acudido con la suscripción de 830 acciones, es decir, una inversión de 298.800 euros. Con ello, la Autoridad Portuaria sigue manteniendo una participación del 10% en el capital social de Sevisur Logística, S.A., ascendiendo el valor de coste de la inversión realizada a un importe total de 1.497.900 euros. Las inversiones en depósitos constituidos se valoran inicialmente por el valor nominal entregado. Los intereses devengados se registran de acuerdo con un criterio financiero. d) Provisión para insolvencias.-La Autoridad Portuaria aplica un criterio de máxima prudencia en la valoración de sus cuentas a cobrar, atendiendo a casos específicos en los que existen evidencias racionales de impago o litigios en curso, efectuando las correspondientes dotaciones para cubrir los riesgos de insolvencias, con los siguientes criterios generales de dotación:

Clientes por tasas portuarias y otros ingresos de carácter público: Se dotan los porcentajes que se detallan a continuación, en función de la antigüedad de la deuda con respecto a la fecha de vencimiento de las correspondientes facturas:

Porcentaje

Entre 0 y 12 meses

0

Entre 12 y 24 meses

50

Más de 24 meses

100

Clientes por ingresos de carácter privado: Se dotan los porcentajes siguientes, en función de la antigüedad de la deuda con respecto a la finalización del plazo de ingreso en período voluntario:

Porcentaje

Entre 0 y 6 meses

0

Más de 6 meses

100

Para los casos en que la duda sobre la recuperabilidad sea superior a la que se produce en circunstancias habituales, la Autoridad Portuaria dota unos porcentajes de provisión superiores a los generales detallados anteriormente. e) Subvenciones de capital.-Las subvenciones de capital concedidas por el Estado, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo de Cohesión de la Unión Europea y la Fundación Portuaria destinadas a financiar inversiones se valoran por el importe concedido y se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el período por los activos financiados por dichas subvenciones, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputarán al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

El importe imputado a los resultados del ejercicio 2007 por este concepto ha ascendido a 129.308,74 euros. f) Ingresos a distribuir por reversión de concesiones.-La reversión a la Autoridad Portuaria, a título gratuito, de elementos del inmovilizado material procedentes de concesiones se contabilizan con abono a la cuenta «Ingresos a distribuir en varios ejercicios» y se valoran por el valor venal de los activos revertidos al vencimiento de la concesión, imputándose a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el ejercicio por dichos activos, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputarán al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos. La imputación a resultados se realiza con abono al epígrafe «Ingresos extraordinarios». En el caso de que el rescate anticipado de una concesión administrativa y consiguiente reversión anticipada de los bienes conllevara un precio conjunto de adquisición (coste de rescate) significativamente inferior al valor de mercado de los activos recibidos a cambio, dichos activos se valoran por su valor venal teniendo como contrapartida la cuenta «Ingresos a distribuir en varios ejercicios», imputándose a resultados siguiendo el método descrito en el párrafo anterior. En el supuesto de que el precio conjunto satisfecho superase el valor de mercado del activo, la pérdida derivada del exceso de precio satisfecho se imputaría a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. El importe imputado a los resultados del ejercicio 2007 por este concepto ha ascendido a 171.642,36 euros y se encuentran reflejados en la cuenta de pérdidas y ganancias en el epígrafe «Otros ingresos extraordinarios». g) Deudas.-De acuerdo con el Plan General de Contabilidad, las deudas se clasifican en función de sus vencimientos, considerando como deudas a corto plazo aquellas con vencimientos hasta 12 meses y deudas a largo plazo las que tengan un vencimiento superior a 12 meses. h) Provisión para riesgos y gastos.

h.1 Compromisos para pensiones.-En virtud de un acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de mayo de 1987 se integraron en el Régimen General de la Seguridad Social los colectivos del personal activo y pasivo que venían percibiendo, a través del Montepío de Previsión Social para Empleados y Obreros de Puertos, prestaciones en sustitución de las otorgadas por la Seguridad Social. A tal efecto se establecieron las aportaciones a efectuar por la entonces Junta del Puerto de Sevilla (en la actualidad la Autoridad Portuaria de Sevilla) a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Durante el ejercicio 2002 la Autoridad Portuaria de Sevilla procedió a la cancelación del total de la deuda pendiente correspondiente a la integración del personal activo del Montepío de Puertos en el Régimen General de la Seguridad Social, abonando por este concepto 969.819,50 euros. Adicionalmente, y dado que para el personal pasivo en el momento de la integración, la Seguridad Social no reconoció la totalidad de las cantidades que venían percibiendo en concepto de pensiones, la Autoridad Portuaria tiene asumido el compromiso de complementar las prestaciones de jubilación reconocidas por la Seguridad Social que correspondan al personal perteneciente a dicho Montepío, o a sus derecho-habientes en caso de viudedad u orfandad, si procede. La Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, obliga a los empresarios que mantengan compromisos por pensiones con sus trabajadores o empleados, a su externalización a través de la formalización de un plan de pensiones o contratos de seguro. Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la citada normativa, el 29 de enero de 1998 el Consejo de Administración autorizó al Presidente de la Autoridad Portuaria para suscribir una póliza de seguros en favor del colectivo de pensionistas. El 2 de febrero de 1998 la Autoridad Portuaria contrató con una entidad aseguradora un seguro colectivo de vida de las modalidades de rentas vitalicias inmediatas y rentas temporales inmediatas, mediante el pago de una prima única por importe de 6.159.666,09 euros, iniciándose en dicha fecha los efectos del seguro en relación con las prestaciones. La compañía aseguradora garantiza para el período comprendido entre el 2 de febrero de 1998 y el 1 de febrero del 2028, para los asegurados y prestaciones estipuladas, un interés técnico del 5,07% anual. A partir del 2 de febrero del 2028 se garantiza un interés técnico del 4%. Los tipos de rentas contempladas en este contrato son las rentas de pensiones de jubilación, viudedad, invalidez, orfandad, a favor de familiares y rentas de subsidios por hijos minusválidos, ascendiendo el colectivo total de beneficiarios a la fecha de la póliza a 234 personas. Las rentas pactadas en la póliza de seguros sólo podrán verse incrementadas o disminuidas a requerimiento de la Autoridad Portuaria de Sevilla, como consecuencia de las posibles variaciones que puedan producirse con respecto a las circunstancias personales de los asegurados o en las variaciones utilizadas en el cálculo de las rentas garantizadas. En este sentido cabe destacar que, de acuerdo con lo estipulado en el apartado 3 de la póliza, las rentas también se verán incrementadas en la cuantía que corresponda cuando el importe pagado de la pensión del Montepío sea inferior al importe reconocido de la misma, y se deje de percibir alguna de las pensiones públicas concurrentes con las del Montepío. Por otra parte, el I Convenio Colectivo de la Autoridad Portuaria de Sevilla recoge en su artículo 33 que deberá constituirse un plan de pensiones, debiendo definirse por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) la aportación de la Autoridad Portuaria de Sevilla. De igual forma en el artículo 52 del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, publicado en el BOE con fecha 11 de enero de 2006, se especifica la misma obligación así como que, en todo caso, los planes de pensiones de todos los Entes Públicos deberán estar constituidos el 30 de junio de 2005. Con fecha 12 de septiembre de 2002 se emitió informe favorable de la CECIR autorizando una dotación del 1% de la masa salarial de los ejercicios 2001 y 2002 para un fondo de reserva para la constitución de un futuro plan de pensiones. La Autoridad Portuaria de Sevilla constituyó dicho fondo en el ejercicio 2002 con las aportaciones correspondientes a los ejercicios 2001 y 2002, aumentándose con la aportación realizada en los ejercicios 2003 y 2004. En el II Convenio Colectivo de la Autoridad Portuaria de Sevilla se acuerda dar un carácter preferente a la dotación del Plan de Pensiones, procurándose durante la vigencia del mismo alcanzar una dotación presupuestaria equivalente al 2,5% de la masa salarial, lo que supuso en el ejercicio 2005 una dotación por este concepto por importe de 79.689,11 euros. Adicionalmente, durante el ejercicio 2003, se decidió incorporar al Plan de Pensiones citado, al personal Directivo y Técnico (fuera de convenio), lo que supuso una dotación adicional en los ejercicios 2003, 2004 y 2005 por importe de 12.975,38, 16.055,56 y 14.000,00 euros, respectivamente. Con fecha 13 de septiembre de 2005 la Comisión Promotora del Plan de Pensiones de la Autoridad Portuaria de Sevilla aprobó el Reglamento del Plan de Pensiones del Sistema de Empleo a favor de los Empleados de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en el que se establece que los efectos económicos del plan comenzarían a surtir efectos el 1 de enero de 2006. En consecuencia, tras la admisión, con fecha 26 de octubre de 2005, del Plan de Pensiones de la Autoridad Portuaria de Sevilla en el fondo de pensiones «Puertos Pensiones, Fondo de Pensiones», la Autoridad Portuaria procedió, en enero de 2006, a la realización de la primera aportación al mismo, por el importe de 394.607,44 euros correspondiente al pasivo constituido al 31 de diciembre de 2005 para estos conceptos, y que figuraba registrado en el epígrafe «Otras deudas no comerciales a corto plazo» del balance de situación al 31 de diciembre de 2005. Tras esa primera aportación, durante el ejercicio 2006 la Autoridad Portuaria realizó las aportaciones correspondientes a ese ejercicio tanto para el personal dentro como fuera de convenio, las cuales ascendieron a un importe total de 69.885,96 y 14.280,00 euros, respectivamente. Al 31 de diciembre de 2007 la aportación que la Autoridad Portuaria ha efectuado por las pensiones dentro de convenio ha ascendido a 68.271,72 euros, y la aportación por las pensiones fuera de convenio ha ascendido a 14.565,60 euros. Ambas cantidades se encuentra contabilizadas en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio dentro del epígrafe «Otros gastos de personal». Tras la realización de las aportaciones indicadas, la Autoridad Portuaria no tiene ninguna obligación adicional, por lo que no existen pasivos constituidos por este concepto en el balance de situación al 31 de diciembre de 2007 adjunto. h.2 Provisión para impuestos.-La Autoridad Portuaria de Sevilla mantiene un contencioso con el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla en relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La Autoridad Portuaria interpreta que determinadas parcelas de su propiedad se encuentran exentas del pago de dicho impuesto, apoyando su postura en resoluciones que han sido favorables a otras Autoridades Portuarias frente a las correspondientes Administraciones Locales, y resoluciones favorables declarando la exención de determinadas parcelas de la Autoridad Portuaria. No obstante, siguiendo un criterio de prudencia, la Autoridad Portuaria mantiene una provisión para hacer frente al pasivo que, en su caso, podría derivarse de una resolución desfavorable para la Autoridad Portuaria del recurso contencioso administrativo interpuesto contra la denegación de exención dictada por el Excmo. Ayuntamiento. El epígrafe «Tributos» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta, incluye un gasto por importe de 534.631,99 euros correspondiente a los recibos del ejercicio 2007. h.3 Provisión para responsabilidades.

h. 3.1 Provisión por litigios en curso relacionados con las tarifas T-3 y G-3.-La denominada tarifa T-3 se creó con el nombre de tarifa G-3 por la Ley 1/1966 de 28 de enero, de régimen financiero de los puertos españoles, por la prestación de los servicios de «embarque, desembarque y trasbordo», quedando posteriormente afectada por la modificación introducida por la Ley 18/1985 de 1 de julio, pasando a denominarse «mercancías y pasajeros». El hecho de que ninguna de estas Leyes fijara los tipos o importes de dichas tarifas, las cuales se establecían anualmente mediante Orden Ministerial, motivó numerosas reclamaciones y recursos al considerar los obligados al pago que se había vulnerado el principio de reserva de Ley para el establecimiento de prestaciones patrimoniales de carácter público, vulneración que ha confirmado el Tribunal Supremo en varias sentencias, también la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y otros Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, estableció el carácter de precios privados de las tarifas exigidas por los servicios portuarios que prestan las Autoridades Portuarias, carácter que se mantiene en la Ley 62/1997 de 26 de diciembre que modificó parcialmente la Ley 27/1992. La Audiencia Nacional mediante sentencia de fecha 26 de febrero de 1998 declaró la nulidad de las Órdenes Ministeriales de actualización de tarifas de 19 de abril de 1995 y 30 de enero de 1996, declarando la nulidad de las liquidaciones practicadas. Las Órdenes anuladas son anteriores a la modificación de la Ley de Puertos de 1997, que continúa otorgando el carácter de precios privados a las tarifas portuarias. La Abogacía del Estado ha presentado Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, por lo que no puede considerarse firme la Sentencia de la Audiencia Nacional. Asimismo debe señalarse que la nulidad de las facturaciones realizadas, en caso de prosperar, debería dar lugar a una nueva facturación por los servicios prestados en base a un marco tarifario a determinar, por lo que en este supuesto los posibles quebrantos resultarían de la diferencia de ambas facturaciones. La Disposición Adicional trigésimo cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social establece que en los supuestos en que, por sentencias judiciales firmes, se declare la nulidad de liquidaciones de tarifas por servicios portuarios efectivamente prestados a los usuarios serán nuevamente exigidas a los usuarios que hayan recibido los correspondientes servicios, sin perjuicio del cumplimiento y ejecución de las sentencias en sus propios términos. Asimismo, la Disposición Adicional séptima de la Ley 14/2000, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social establece que las Autoridades Portuarias podrán compensar el importe a pagar con los créditos que se ostenten contra el recurrente y, en particular, con los que deriven de la nueva liquidación. Con fecha 20 de abril y 10 de mayo de 2005, el Tribunal Constitucional emitió sendas sentencias por las que declara inconstitucionales los apartados 1 y 2 del artículo 70 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, tanto en su redacción original en la Ley 27/1992 como en la redacción dada por la Ley 62/1997, respectivamente. En consecuencia, el régimen tarifario que reguló las tarifas por servicios portuarios durante los ejercicios 1993 a 2000 resultó anulado al considerar el Tribunal que estas tarifas constituyen prestaciones patrimoniales de carácter público que, en aplicación del principio de reserva de Ley, habían de ser reguladas en sus elementos esenciales por leyes, y no por ordenes ministeriales como indicaban los apartados citados de la Ley 27/1992. Ante esta circunstancia, que afecta al conjunto de Autoridades Portuarias, Puertos del Estado instó la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Fomento, autorizada por acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2005, por importe de 29.284.895,87 euros, para el abono de intereses de demora derivados de sentencias anulatorias de tarifas en Autoridades Portuarias. De acuerdo con lo anterior, durante el ejercicio 2006, la Autoridad Portuaria abonó un importe total de 1.315.761,43 euros correspondiente a los intereses de demora devengados en relación con algunas de las liquidaciones reclamadas, y declaradas nulas en virtud de sentencia firme del Tribunal Supremo. Dicho importe fue hecho efectivo a los reclamantes con cargo a la provisión constituida al 31 de diciembre de 2005, reclamándose, la restitución íntegra de dicho importe al Ente Público de Puertos del Estado, del cual se restituyó en el ejercicio 2006 la cantidad de 1.130.458,67 euros. Por lo tanto, considerando el apoyo financiero manifestado por Puertos del Estado y las posibilidades legales existentes para la refacturación de las liquidaciones que pudieran ser anuladas, la Dirección de la Autoridad Portuaria estima que la provisión dotada para cubrir las reclamaciones existentes en relación con las tarifas T-3 y G-3 (véase Nota 12), por importe de 2.590.291,33 euros, resulta suficiente, sin que estime que se puedan derivar quebrantos adicionales significativos para la Autoridad Portuaria. De este importe, 285.398,63 euros han sido dotados en el ejercicio 2007 con cargo al epígrafe «Gastos extraordinarios». h.3.2 Provisión para grandes reparaciones.-La Autoridad Portuaria realiza dragados periódicos de la Ría del Guadalquivir distinguiéndose, en función de su periodicidad, tres tipos de dragado: el dragado de mantenimiento (periodicidad anual), el dragado de emergencia (en casos de fuerza mayor por acumulación de lodos que impiden el tránsito normal de buques por la Ría) y el dragado plurianual o de restitución (periodicidad de, aproximadamente, 4 ó 5 años). El dragado de mantenimiento y el dragado de emergencia se registran con cargo a la cuenta de resultados del ejercicio en que estos se llevan a cabo. En relación con el dragado plurianual la Autoridad Portuaria venía dotando en ejercicios anteriores una provisión para grandes reparaciones, imputando en cada ejercicio a resultados el coste estimado correspondiente a la erosión de calados sufrida desde el último dragado. En el ejercicio 1997 como consecuencia de los dragados extraordinarios realizados fueron aplicadas las provisiones dotadas en ejercicios anteriores, no quedando ningún saldo en la cuenta de provisión. Durante el ejercicio 2007 se ha continuado con el desarrollo de los dragados programados, que han supuesto para la Autoridad Portuaria un coste de 2.333.531,22 euros que figura registrado en el epígrafe «Reparaciones y conservación» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta, no existiendo ningún otro importe devengado por este concepto y pendiente de incurrir al 31 de diciembre de 2007. h.3.3 Provisión por otros litigios en curso de resolución incierta.-Durante el ejercicio 2006 han sido admitidas a trámite diversas reclamaciones interpuestas contra la Autoridad Portuaria de Sevilla, en relación con varios contenciosos derivados de desacuerdos en la aplicación de determinadas tasas por el ejercicio de actividades y servicios generales, así como de la reclamación de responsabilidades asociadas a la prestación del servicio de grúas móviles. Dada la incertidumbre existente en relación con la resolución de las mismas, la Autoridad Portuaria ha estimado oportuno dotar una provisión para cubrir el riesgo derivado de los posibles pasivos que pudieran materializarse como consecuencia de la resolución contraria a los intereses de la Autoridad Portuaria de los citados litigios. Durante el ejercicio 2007 se ha desestimado la reclamación efectuada en ejercicios anteriores por parte de UTE Marítima Sevilla. En relación con este litigio, la Autoridad Portuaria mantenía en su pasivo una provisión por responsabilidades en la cantidad de 519.746,36 euros, cantidad que, en consecuencia con la desestimación ha sido imputada a la cuenta de pérdidas y ganancias dentro del epígrafe «Exceso de provisiones de riesgos y gastos» (véase Nota 12). Al 31 de diciembre de 2007, la Autoridad Portuaria mantiene dotada una provisión por importe de 1.606.000 euros, incluida en el epígrafe «Provisión para responsabilidades» del pasivo del balance de situación al 31 de diciembre de 2007 adjunto.

i) Ingresos y gastos.-Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, siguiendo el principio de prudencia, la Autoridad Portuaria únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha del cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos previsibles y las pérdidas, aún las eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidas. j) Fondo de Compensación Interportuario.-De acuerdo con lo establecido en el Art. 13 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, se crea un Fondo de Compensación Interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal. Dicho Fondo, que es administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el Comité de Distribución del Fondo creado a tal efecto, se dota anualmente en el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público. Las aportaciones a dicho Fondo se determinan a través de la aplicación de índices o fórmulas que incorporan como variables, indicadores o conceptos económicos vinculados a la gestión de las Autoridades Portuarias, registrándose en la cuenta de pérdidas y ganancias de cada ejercicio como gasto (Fondo de compensación interportuario aportado) y/o ingreso (Fondo de compensación interportuario recibido). En el ejercicio 2007, las aportaciones realizadas por la Autoridad Portuaria al Fondo de Compensación Interportuario han superado en un importe de 305.000 euros a las aportaciones recibidas de dicho fondo. Este Fondo de Compensación Interportuario viene a sustituir, junto con la «Aportación a Puertos del Estado» descrita en la Nota 4.k) siguiente, al anterior «Fondo de contribución» vigente hasta el 31 de diciembre de 2003. k) Aportación a Puertos del Estado.-Según establece el art. 11 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, las Autoridades Portuarias aportarán a Puertos del Estado un importe equivalente al 4% de los ingresos devengados por cada Autoridad Portuaria en concepto de tasas. La aportación realizada por la Autoridad Portuaria de Sevilla en el ejercicio 2007 ha ascendido a un importe total de 674.533,56 euros, que figura registrado en el epígrafe «Aportación a Puertos del Estado» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta. l) Gastos e Inversiones medioambientales.-Tal como se indica en la Nota 1, las actividades de la Autoridad Portuaria se centrarían en la gestión, conservación y puesta a disposición de los distintos operadores portuarios de las instalaciones y servicios necesarios para el desarrollo de la actividad de los mismos, así como en la planificación y desarrollo de los proyectos de construcción de las nuevas instalaciones portuarias que se estimen necesarias de acuerdo con la actividad portuaria actual y prevista. De acuerdo con lo anterior, y en relación con las actividades de promoción y construcción de infraestructuras portuarias a las que se dedica la Autoridad Portuaria, la misma podría incurrir en responsabilidades, gastos y contingencias de naturaleza medioambiental que son objeto de análisis específico en el marco de cada proyecto de inversión o conservación a acometer, incorporando al coste de la actuación el coste de las medidas correctoras o, en su caso, compensatorias que se consideren necesarias en virtud de los estudios de impacto ambiental elaborados con dicho fin. En este sentido, según establece la resolución del 25 de marzo de 2002 del ICAC, por la que se aprueban las normas para el reconocimiento, valoración e información de los aspectos medioambientales en las cuentas anuales, la Autoridad Portuaria considera gastos medioambientales aquellos surgidos por actuaciones para prevenir, reducir o reparar el daño sobre el medio ambiente que la Autoridad Portuaria de Sevilla ha asumido voluntariamente. Dichos gastos son registrados en la cuenta de pérdidas y ganancias de cada ejercicio en el epígrafe de «Otros gastos de explotación», habiendo ascendido el cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 por estos conceptos a un importe total de 302.323,57 euros. Por otra parte, las inversiones en protección y mejora del medioambiente se registran en el inmovilizado en la medida en que contribuyan al mantenimiento o mejora de los niveles de actividad del puerto. En este sentido, la Autoridad Portuaria tiene registrados en su inmovilizado los siguientes importes correspondientes a inversiones relacionadas con el medioambiente:

Euros

Estudio de Análisis de Sostenimiento Técnico en el P.N. Doñana

18.030,36

Vertedero

36.281,11

Evaluación Dragado Profundización

8.864,93

Estudio de mejora del calado y planta de la canal navegable

105.519,08

Modelización numérica de la Ría del Guadalquivir

128.869,02

Efecto de Profundización en la Desembocadura de la Ría

71.370,19

Determinación Bajamares Escoradas Ría Guadalquivir

52.110,98

Efectos distribución salina

24.040,44

Toma de datos batimétricos de la ría navegable

61.000,00

Estudio de características de sedimentos y evaluación vertido biosfera

51.441,23

Análisis de vaciaderos terrestres

59.621,23

Proyecto actuaciones mejora accesos marítimos

19.600,00

Obras experimentales protección márgenes T.M. Puebla Río

2.821,55

Tramos ensayos protección márgenes

191.062,70

Instalación nuevo sistema condensación por aire

39.892,00

Asistencia Técnica Dirección Ambiental Mejoras Fase I Esclusa

917.361,55

Protección margen derecha Guadalquivir

209.176,76

Propuesta método diagnostico consecuencias de actuaciones humanas estuario

962.400,75

Total

2.959.463,88

Del importe total de las citadas inversiones medioambientales, un importe de 2.805.471,63 euros corresponde a inversiones registradas en el inmovilizado en curso al 31 de diciembre de 2007, ascendiendo la dotación a la amortización realizada durante el ejercicio 2007, correspondiente al resto de las inversiones correspondientes a actuaciones finalizadas, a un importe total de 7.070,52 euros, para un total acumulado de 19.128,66 euros.

Por otra parte, de las inversiones previstas a realizar por la Autoridad Portuaria en los próximos 4 años, por importe de 155 millones de euros, 43 millones de euros corresponden a inversiones en medidas correctoras del impacto medioambiental del puerto, consistentes básicamente en la protección de márgenes y en diversas medidas especiales correctoras y compensatorias de los posibles efectos del dragado de profundización. En opinión de la Dirección de la Autoridad Portuaria, no existen contingencias en materia de medioambiente que puedan suponer un impacto significativo sobre los resultados o sobre el patrimonio de la Autoridad Portuaria, por lo que no han constituido ninguna provisión por este concepto.

5. Inmovilizado inmaterial

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en las diferentes cuentas de inmovilizado inmaterial y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Euros

Saldo al 31/12/06

Adiciones o dotaciones

Traspasos

Saldo al 31/12/07

Aplicaciones informáticas.

1.048.946,75

94.075,01

1.143.021,76

Anticipos

19.240,04

74.834,97

(94.075,01)

-

1.068.186,79

74.834,97

-

1.143.021,76

Amortización acumulada.

(816.898,59)

(127.300,18)

-

(944.198,77)

Neto

251.288,20

(52.465,21)

-

198.822,99

Las principales adiciones del ejercicio se corresponden con los costes incurridos para el desarrollo de diversos programas informáticos.

Adicionalmente, al 31 de diciembre de 2007 se ha traspasado al epígrafe «Aplicaciones informáticas» del inmovilizado inmaterial un importe de 94.075,01 euros, que se corresponde principalmente a la implantación de la aplicación Navision y la implementación de la nueva versión Sigma. El importe total de las aplicaciones informáticas que se encuentran totalmente amortizadas y en uso a 31 de diciembre de 2007 asciende a 593.994,01 euros.

6. Inmovilizado material

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en las diferentes cuentas del inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Euros

Saldo al 31/12/06

Adiciones o dotaciones

Bajas o retiros

Traspasos

Saldo al 31/12/07

Terrenos y bienes naturales

196.118.558,38

-

-

1.990.133,59

198.108.691,97

Construcciones

142.334.163,06

-

-

11.729.801,30

154.063.964,36

Maquinaria y equipamiento

8.325.641,15

-

(1.544.854,01)

52.943,68

6.833.730,82

Anticipos e inmovilizaciones materiales en curso

55.045.817,05

34.599.491,59

-

(13.815.159,73)

75.830.148,91

Otro inmovilizado

3.126.121,98

-

-

42.281,16

3.168.403,14

404.950.301,62

34.599.491,59

(1.544.854,01)

-

438.004.939,20

Provisiones

(1.235.041,56)

-

647.252,61

-

(587.788,95)

Amortización acumulada

(96.405.671,37)

(4.589.605,56)

864.853,36

-

(100.130.423,57)

Neto

307.309.588,69

30.009.886,03

(32.748,04)

-

337.286.726,68

Entre las principales inversiones del ejercicio 2007, se destacan las siguientes:

Inversiones en infraestructuras

Importe

Actuaciones mejora accesos marítimos al puerto de Sevilla-Esclusa

24.344.374,25

Capitalización de intereses financiación Banco Europeo de Inversiones-Esclusa

826.525,14

Ordenación dársena cuarto y proyecto de urbanización acceso viario 1.ª fase

1.631.448,89

Propuesta método diagnostico Consecuencias actuaciones humanas en el estuario del Guadalquivir

962.400,75

Anillo de M.T. Torrecuellar y sectores 2-4 Zal. Acondicionamiento del alumbrado y canalización fibra óptica carretera esclusa

420.866,73

Reordenación muelle centenario

465.973,65

Ampliación rampa ro-ro muelle del centenario

599.587,22

Urbanización e infraestructura general Delicias

748.523,93

Otras inversiones

1.370.677,04

Inversiones /adscripciones / reversiones de terrenos:

Adquisición parcela en el oeste cortijo el Cuarto, convenio Promogedesa, S.A.

1.594.000,00

Reversión edificación Club Náutico de Sevilla

1.614.088,51

Adscripción de parcelas El Copero

396.133,59

Total inversiones 2007

34.974.599,70

Entre las inversiones en curso destaca el desarrollo del proyecto de actuaciones de mejoras en acceso marítimo en la nueva Esclusa con un importe de 25.170.899,39 euros, incluyendo la capitalización de los intereses devengados en el ejercicio 2007 correspondientes a la financiación contratada con el Banco Europeo de Inversiones (Nota 4b.4 y Nota 13). Por otra parte, en el ejercicio 2004, la Unión Europea concedió a la Autoridad Portuaria de Sevilla una ayuda con cargo a Fondos de Cohesión, en relación con el proyecto de construcción de la nueva esclusa en el Puerto de Sevilla. (Véase Nota 11) Adquisición parcela en el Oeste Cortijo el Cuarto, Convenio Promogedesa, S.A.-Con fecha 13 de marzo de 2004 fue suscrito un Convenio por la Autoridad Portuaria de Sevilla y Metrovasesa, S.A. (ahora Promogedesa, S.A. por enajenación de los terrenos en cuestión) que tiene como objeto sentar las bases que regulen la participación de la iniciativa privada en el desarrollo de las actividades urbanísticas, económicas y mercantiles en la Zona de Actuación Logística del Puerto de Sevilla en la margen izquierda de la Dársena de Alfonso XIII. En el mismo se establece la transmisión por Metrovacesa, S.A. (ahora Promogedesa, S.A. por enajenación de los terrenos en cuestión) de los suelos situados al Oeste de la línea de ferrocarril interior del Puerto, estableciéndose que las cantidades debidas por la Autoridad Portuaria de Sevilla por este concepto se compensarían, en la medida que corresponda, con las que deban abonarse por Metrovacesa, S.A. (ahora Promogedesa, S.A. por enajenación de los terrenos en cuestión) por los costes de urbanización de la Dársena del Cuarto, cuantificados en la cantidad de 2.287.488 euros. Con fecha 13 de noviembre de 2007 la Autoridad Portuaria de Sevilla ha adquirido a Promogedesa, S.A. una parcela situada en el Oeste del cortijo El Cuarto con una superficie de 14.863 m2 y valorada en 1.594.000 euros, mediante la compensación parcial del derecho de crédito, que por importe de 2.287.488 euros, ostenta la Autoridad Portuaria frente a la mencionada sociedad. Reversión edificación Club Náutico de Sevilla.-Con fecha 14 de septiembre de 2007 se ha suscrito un Convenio entre la Autoridad Portuaria y el Club Náutico de Sevilla para la regularización, reordenación y modernización de las instalaciones del Club Náutico de Sevilla ubicadas en la zona del servicio del Puerto de Sevilla. En el Convenio mencionado anteriormente, se acuerda realizar en un mismo acto, las acciones necesarias para efectuar una nueva concesión administrativa con el ámbito de 50.877 m2 y un período de 35 años, realizando simultáneamente la extinción de la concesión vigente y cuya titularidad ostenta el Club Náutico de Sevilla en el Puerto de Sevilla, efectuando la reversión, valorada de mutuo acuerdo, de los activos de que actualmente se compone. Con fecha 14 de diciembre de 2007 se firma el acuerdo de extinción de la concesión, que se fija en la fecha 1 de enero de 2008, y con la reversión valorada de mutuo acuerdo por las partes de los activos que la componen y que ha sido fijado en la cantidad 1.614.088,51 euros. La Autoridad Portuaria recibe los activos valorados, incorporándolos a su inmovilizado, y cancelando 1.424.384,59 euros de la deuda que, incluidos recargos e intereses, mantiene el Club Náutico de Sevilla a favor de la Autoridad Portuaria por impago de Cánones y Tasas relativas a las devengadas entre los ejercicios 2001 y 2007, desistiendo y renunciando el Club Náutico de Sevilla mediante la solicitud de archivo, de cuantas reclamaciones y recursos hubiese presentado contra las mencionadas liquidaciones, dándoles por tanto carácter de vencidas y exigibles. La diferencia entre la cantidad en que han quedado valorados los activos sujetos a reversión y el derecho de crédito a favor de la Autoridad Portuaria anteriormente descrito, asciende a 189.703,92 euros, que se compensarán con las cantidades que en concepto de tasas y tarifas portuarias se devenguen a favor de la Autoridad Portuaria entre los ejercicios 2008 y 2015 y cuyo sujeto pasivo sea el Club Náutico de Sevilla. Adscripción de parcelas El Copero.-En el ejercicio 2006 la Autoridad Portuaria de Sevilla solicitó la adscripción del sitio denominado «El Copero», en el término municipal de Dos Hermanas, con el objeto de ejecutar las obras de enlace del Puerto de Sevilla con la SE-40, viales de la nueva esclusa y ampliación de la Dársena del Cuarto. Según Orden Ministerial de fecha 31 de enero de 2007 y Acta del Ministerio de Economía de fecha 14 de marzo de 2007 se aprueba la adscripción al Puerto de Sevilla de las parcelas 1 a 6 (de 8) de El Copero con una superficie de 1.203.359 m2 y valoradas en 342.413 euros. Posteriormente, según Orden Ministerial de fecha 30 de abril de 2008 y Acta del Ministerio de Economía de fecha 23 de agosto de 2007 se aprueba la mutación demanial de la parcela 7 de El Copero (188.790 m2) valorada en 53.720 euros de la Confederación Hidrográfica de Guadalquivir a la Autoridad Portuaria de Sevilla (Véase Nota 4b.3). Bajas de inmovilizado.-Durante el ejercicio 2007 se han dado de baja activos materiales por un importe de 1.544.854,01 euros dentro del apartado equipos para la manipulación de mercancías correspondiente a dos lotes de venta realizadas en el ejercicio 2007. El primero de los lotes ha supuesto un beneficio de 6.931,03 euros, contabilizado en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio dentro del epígrafe «beneficios procedentes del inmovilizado y cartera de control». La venta del segundo lote ha supuesto la cancelación de la provisión por depreciación contabilizada en el activo de balance en la cantidad de 647.252,61 euros y registrando unos resultados extraordinarios negativos de 25.454,94 euros recogidos en la cuenta de pérdidas y ganancias dentro del epígrafe «pérdidas de inmovilizado y cartera de control». Provisiones al inmovilizado material Con motivo de las obras del nuevo cauce del Guadaira, la extinta Comisión Administrativa del Canal Sevilla-Bonanza expropió diversas parcelas de terreno, una parte de las cuales, con una superficie total de 2.569.248 m2, no fueron finalmente ocupadas, por lo que, tras declararse sobrantes, algunos de los expropiados ejercitaron su derecho a solicitar la reversión de estos terrenos cuya propiedad ostentaba la Autoridad Portuaria. Al 31 de diciembre de 2007, aún quedan pendientes de resolución judicial firme los expedientes de reversión de las restantes parcelas situadas en el cauce del Guadaira, que en su conjunto suponen una superficie de 1.383.111 m2, valorada contablemente en un importe total de 1.385.348 euros. En relación con este inmovilizado, al 31 de diciembre de 2007 la Autoridad Portuaria de Sevilla mantiene una provisión, por depreciación por importe de 587.788,95 euros, correspondiente a la estimación realizada del quebranto patrimonial máximo que se podría derivar de la reversión de las parcelas restantes a sus anteriores propietarios. El detalle de los elementos del inmovilizado material que se encuentran totalmente amortizados y en uso a 31 de diciembre de 2007 es el siguiente:

Euros

Construcciones

45.348.662,21

Maquinaria y equipamiento

6.701.021,87

Otro inmovilizado

1.837.634,43

Total

53.887.318,51

7. Inmovilizaciones financieras e inversiones financieras temporales

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en las diferentes cuentas del inmovilizado financiero ha sido el siguiente:

Euros

Saldo al 31/12/06

Adiciones

Retiros

Saldo al 31/12/07

Participaciones en sociedades:

Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Sevilla (Sestise)

60.101,21

-

-

60.101,21

Serviport Andalucía, S.A.

65.000,00

-

-

65.000,00

Sevisur Logística, S.A.

1.199.100,00

298.800,00

-

1.497.900,00

Depósitos a largo plazo

605,15

1.473,14

-

2.078,29

Provisiones

(49.500,00)

-

24.500

(25.000)

Total

1.275.306,36

300.273,14

24.500

1.600.079,50

Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Sevilla (Sestise).-La participación en SESTISE corresponde al 50,91% del capital de dicha Sociedad y se encuentra registrada a su valor nominal, que es coincidente con su valor teórico contable según libros al 31 de diciembre de 2007.

Al 31 de diciembre de 2007 el capital y las reservas de Sestise ascienden a 118.038,78 euros y 2,39 euros, respectivamente, los resultados del ejercicio 2007 ascienden a 0 Euros, estando las cuentas anuales en proceso de auditoria externa sin que se tenga constancia de hechos o quebrantos que pudieran ser tenidos en cuenta para una posible depreciación de la inversión en la sociedad (véase Nota 4c). Serviport Andalucia, S.A.-Durante el ejercicio 2000 las Autoridades Portuarias de Sevilla y Bahía de Cádiz constituyeron junto con otras empresas la sociedad Serviport Andalucía, S.A., dedicada a la prestación de servicios informáticos y de telecomunicaciones a Autoridades Portuarias y otras sociedades del ámbito portuario. La Autoridad Portuaria de Sevilla posee el 13% de las acciones representativas del capital social de Serviport Andalucía, S.A. (véase Nota 4c). Al 31 de diciembre de 2007 el capital y las reservas de Serviport ascienden a 500.004,18 euros y 213.196,53 euros, respectivamente, ascendiendo los resultados provisionales del ejercicio 2006 a 45.971,83 euros, estando las cuentas anuales en proceso de auditoria externa sin que se tenga constancia de hechos o quebrantos que pudieran ser tenidos en cuenta para una posible depreciación de la inversión en la sociedad. Durante el ejercicio 2007 Serviport Andalucía, S.A. ha prestado servicios a la Autoridad Portuaria por importe de 660.667,88 euros, Sevisur Logística, S.A.-Con fecha 20 de junio de 2003, la Autoridad Portuaria recibió la cesión a título gratuito de 1.000 acciones de 300 euros de valor nominal cada una de la sociedad Sevisur Logística, S.A. equivalente a un 10% del capital social de esta sociedad, que se constituyó el 13 de marzo de 2003 con un capital social de 3.000.000,00 euros compuesto por 10.000 acciones nominativas de 300 euros de valor nominal cada una. Esta participación fue valorada a su valor nominal, con abono al epígrafe «Ingresos a distribuir en varios ejercicios» del balance de situación. Con fecha 22 de noviembre de 2004, la citada Sociedad realizó una ampliación de capital por un importe total de 2.010.000,00 euros, mediante la emisión de 6.700 nuevas acciones nominativas de 300 euros de valor nominal cada una y con una prima de emisión de 150 euros por acción, lo que supone una prima de emisión total de 1.005.000,00 euros. Dichas acciones fueron suscritas y desembolsadas íntegramente, habiendo la Autoridad Portuaria de Sevilla suscrito y desembolsado la aportación equivalente a 670 acciones (301.500,00 euros). Posteriormente, con fecha 12 de septiembre de 2005, la citada sociedad realizó una nueva ampliación de capital, por importe de 2.988.000 euros mediante la emisión, suscripción y desembolso íntegro de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión adicional de 60 euros por acción, en la que la Autoridad Portuaria participa con la suscripción de 830 acciones (298.800,00 euros). Con fecha 13 de febrero de 2006 la citada sociedad realizó una nueva ampliación de capital, por importe de 2.988.000 euros, mediante la emisión, suscripción y desembolso íntegro de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión adicional de 60 euros por acción, en la que la Autoridad Portuaria participó con la suscripción de 830 acciones, por un importe total de 298.800 euros. Con ello, la Autoridad Portuaria sigue manteniendo una participación del 10% en el capital social de Sevisur Logística, S.A. Con fecha 24 de abril de 2007 el Consejo de Administración de Sevisur Logística, S.A. ha acordado una nueva ampliación de capital por un importe de 2.988.000 euros, consistente en la emisión, suscripción y desembolso de 8.300 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de 300 euros y una prima de emisión de 60 euros por acción, a la cual la Autoridad Portuaria de Sevilla ha acudido con la suscripción de 830 acciones, es decir, una inversión de 298.800 euros. Con ello, la Autoridad Portuaria sigue manteniendo una participación del 10% en el capital social de Sevisur Logística, S.A., ascendiendo el valor de coste de la inversión realizada a un importe total de 1.497.900 euros (véase Nota 4c). Esta sociedad, constituida al objeto de la urbanización, construcción y explotación de edificaciones destinadas a actividades logísticas y prestación de servicios comunes en el ámbito de la Zona de Actividades Logísticas del Puerto de Sevilla, se encuentra en fase de inicio de operaciones, habiendo mostrado durante el ejercicio 2007 un resultado positivo de, aproximadamente, 245.000 euros, por lo que la Autoridad Portuaria ha aplicado un importe de 24.500 euros de la provisión constituida al 31 de diciembre de 2006 en relación con la valoración de su participación en esta sociedad, con abono al epígrafe «Variación de las provisiones de inmovilizado financiero» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta. No obstante, considerando las pérdidas registradas por esta sociedad en los ejercicios 2003, 2004 y 2005, la misma acumula desde su constitución pérdidas por un importe total de 250.000 euros, por lo que la Autoridad Portuaria mantiene dotada al 31 de diciembre de 2007 una provisión por importe de 25.000 euros. Las cuentas anuales de Sevisur Logística, S.A. son auditadas por PriceWaterhoseCoopers quienes en su escrito de 8 de febrero de 2008 indican que a falta de realizar pruebas finales de auditoria, y siempre que estas se resuelvan adecuadamente, la opinión sobre si las cuentas anuales de Sevisur Logística, S.A. reflejan la imagen fiel de la Sociedad será emitida sin salvedades. Por otra parte, durante el ejercicio 2007, la Autoridad Portuaria ha facturado a Sevisur Logística, S.A. un importe total de 277.530,87 euros en concepto de cánones, tasas y tarifas. El epígrafe «Inversiones Financieras Temporales» recoge los intereses a cobrar devengados en el ejercicio por depósitos de tesorería que vencen en el ejercicio 2007.

8. Deudores por operaciones de tráfico a largo plazo

La Autoridad Portuaria mantiene clasificado a largo plazo los saldos a cobrar a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía por un importe total de 286.275,94 euros, al estimar que su cobro se demorará más allá de los próximos doce meses.

Del saldo anteriormente citado, la Autoridad Portuaria mantiene como provisión por insolvencia a largo plazo la cantidad de 224.688,01 euros correspondientes a saldos a cobrar con una antigüedad superior a 12 meses.

9. Provisión para insolvencias

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en los saldos de estas cuentas ha sido el siguiente:

Descripción

Euros

Corto plazo

Largo plazo

Total

Saldo al 31 de diciembre de 2006

1.152.154,29

-

1.152.154,29

Variación de la provisión

(230.445,71)

224.688,01

(5.757,70)

Saldo al 31 de diciembre de 2007

921.708,58

224.688,01

1.146.396,59

Los criterios para la constitución de la provisión para insolvencias se detallan en la Nota 4d de esta memoria.

Adicionalmente, la Autoridad Portuaria ha registrado durante el ejercicio 2007 pérdidas por créditos comerciales incobrables por un importe total de 47.149,35 euros.

10. Fondos propios

El movimiento habido en las cuentas de este capítulo del balance de situación durante el ejercicio 2007 ha sido el siguiente:

Euros

Patrimonio inicial

Inmovilizado entregado al uso general

Patrimonio recibido en adscripción

Resultados acumulados

Pérdidas y ganancias

Resultados acumulados

Fondo de compensación interportuario

Total

Resultado de las operaciones

Fondo de compensación interportuario

Resultados del ejercicio

Saldo al 31 de diciembre de 2006

295.947.573,51

(17.318.551,19)

147.681,75

9.875.671,29

(146.000,00)

9.729.671,29

5.188.723,02

-

5.188.723,02

Variaciones fondos propios

-

-

396.133,59

-

-

-

Distribución del resultado del ejercicio anterior

-

-

-

5.307.723,02

(119.000,00)

5.188.723,02

(5.188.723,02)

-

(5.188.723,02)

Resultados de las operaciones del ejercicio según cuenta de pérdidas y ganancias adjunta

-

-

-

-

-

-

4.643.599.81

(305.000,00)

4.338.599,81

Saldo al 31 de diciembre de 2007

295.947.573,51

(17.318.551,19)

543.815,34

15.183.394,31

(265.000,00)

14.918.394,31

4.643.599,81

(305.000,00)

4.338.599,81

Patrimonio inicial.-Según se indica en la Nota 1, con el inicio de las operaciones de la Autoridad Portuaria de Sevilla el 1 de enero de 1993, se produjo la sucesión en la titularidad del patrimonio del Organismo Autónomo «Junta del Puerto de Sevilla», quedando subrogada la Autoridad Portuaria en su misma posición en las relaciones jurídicas de las que aquel fuera parte. Este epígrafe del balance de situación adjunto, recoge el valor de los elementos adscritos a la Autoridad Portuaria de Sevilla a la fecha de su constitución, con las modificaciones posteriores que se mencionan en la Nota 4b.

Patrimonio recibido en adscripción.-Durante el ejercicio 2007 se han recibido siete parcelas en adscripción por parte de Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda, se encuentran situadas en término de Dos Hermanas en el sitio denominado «El Copero» y han sido valoradas por los servicios técnicos de la Autoridad Portuaria en la cantidad de 396.133,59 euros. (Véase Nota 4b.3 y Nota 6).

11. Ingresos a distribuir en varios ejercicios

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en los saldos de este epígrafe ha sido el siguiente:

Euros

Saldo al 31-12-06

Adición

Importe traspasado al resultado

Saldo al 31-12-07

Subvenciones de capital:

Fondos Feder 94-99

813.775,28

-

(123.209,12)

690.566,16

Fundación Portuaria

96.441,29

-

(4.101,64)

92.339,65

Fondos de Cohesión

14.492.832,35

7.364.619,70

-

21.857.452,05

Ministerio de Ciencia y Tecnología

1.997,98

-

(1.997,98)

-

Subvención Junta Andalucía

-

619.560,25

-

619.560,25

Fondos Feder 00-06

-

2.650.000,00

-

2.650.000,00

Subvención Promogedesa, S.A.

-

1.971.972,41

-

1.971.972,41

Total Subvenciones de Capital

15.405.046,90

12.606.152,36

(129.308,74)

27.881.890,52

Ingresos por reversión de concesiones (Nota 6 y 14)

2.569.229,48

55.872,51

(171.642,36)

2.453.469,63

Otros ingresos a distribuir (Notas 7 y 4c)

300.000,00

-

-

300.000,00

Ingresos a distribuir en varios ejercicios

18.274.276,38

30.635.350,15

Fondos Feder 94-99.-La Autoridad Portuaria de Sevilla forma parte de las entidades acogidas al Programa Operativo de Andalucía 94-99 (Código Feder: 94.11.09.001 Código Nacional: AN94PO101) en su acción 1.3.3. sobre Mejora de Infraestructuras Portuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En base a dicho programa, la Autoridad Portuaria recibiría una cofinanciación del 62,50% de las inversiones previstas que se acogieran a este programa.

Los proyectos de la Autoridad Portuaria acogidos a este programa, así como las inversiones realizadas y las subvenciones devengadas (todo ello en ejercicios anteriores) son los siguientes:

Descripción

Euros

Inversiones realizadas

Subvención devengada

Ampliación terminal de contenedores

1.265.379

790.862

Mejora del balizamiento de la ría y broa del Guadalquivir.

190.999

119.374

Segunda rampa Roo-Roo

634.879

396.800

Mejora del balizamiento 2.ª fase

601.344

375.840

Tratamiento de márgenes en la Dársena

589.539

368.462

Instalación de nuevos equipos Sistemas Balizamiento .

205.066

128.166

Nuevas vías grúas contenedores Muelle Centenario

175.276

109.548

Total

3.665.482

2.289.052

Fondos de Cohesión.-Por otra parte, con fecha el 6 de diciembre de 2004, la Unión Europea concedió a la Autoridad Portuaria de Sevilla una ayuda con cargo a Fondos de Cohesión, en relación con el proyecto de construcción de la nueva esclusa en el Puerto de Sevilla. El presupuesto de inversión aprobado asciende a un importe total de 142.755.396 euros, ascendiendo el importe máximo de la subvención concedida a 62.812.374 euros, lo que supone la subvención del 44% del presupuesto de inversiones aprobado.

Al 31 de diciembre de 2007 las inversiones realizadas y las subvenciones devengadas en relación con la citada subvención son las siguientes:

Descripción

Euros

Inversiones realizadas

Subvención devengada

Dirección de obra

2.007.843,75

883.451,25

Dirección medioambiental

2.020.371,25

888.963,35

Certificación de obra

45.647.812,39

20.085.037,45

Total

49.676.027,39

21.857.452,05

La diferencia entre los importes recogidos como subvención devengada y los anticipos que se han recibido por parte de los Fondos de Cohesión, ha arrojado un saldo acreedor a pagar por la Autoridad Portuaria por importe de 1.830.598,95 euros, importe que figura registrado en el epígrafe «Otras deudas» del pasivo del balance de situación al 31 de diciembre de 2007 adjunto.

Subvención Junta Andalucía.-Con fecha 27 de junio la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Innovación, Ciencia y empresa, emite su Orden por la que dando curso a su Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (Pima), acuerda conceder una subvención excepcional de 2.478.241 euros correspondiente al 100% de las inversiones previstas correspondientes a adquisición de equipos, instalación inicial, seguimiento anual del estudio y costes indirectos

Presupuesto subvención excepcional Autoridad Portuaria

Euros

Morfodinámica litoral y estuárica. Evolución paleoecológica y geomorfológico

158.925,00

Hidrología (seguimiento automatizado y en tiempo real)

534.636,00

Hidrodinámica (seguimiento automatizado y en tiempo real).

326.154,00

Módulo de referencia (seguimiento automatizado y en tiempo real)

195.804,00

Calidad del agua (muestreo trimestre cada dos años)

161.180,00

Biota (muestreo trimestral durante dos años)

219.300,00

Contaminación (muestreo trimestral durante dos años)

55.651,20

Fitoplancton tóxico (muestro trimestral durante dos años)

151.990,00

Análisis de escenarios de cambio local/global

215.850,00

Trabajo de asesoramiento

458.750,00

Total

2.478.240,20

La Orden que aprueba esta subvención, establece unas condiciones de pago sobre la base de la ejecución de las inversiones:

Euros

25% como anticipo

619.560,25

25% tras justificar el 25% de la inversión a 1-05-08

929.340,37

50% tras justificar el 50% siguiente de la inversión a 1-10-09

929.340,37

Total

2.478.240,99

La Autoridad Portuaria contabiliza al cierre del ejercicio 2007, la cantidad de 619.560,25 euros, correspondientes al anticipo del 25% anteriormente indicado, puesto que el articulado de la subvención concedida especifica que el cobro de la misma se efectuará con el avance y justificación de las inversiones y trabajos especificados.

Fondos Feder 00-06.-Con fecha 16 de abril de 2007 la Comisión Europea aprueba una modificación del Programa Operativo de Andalucía. Puertos del Estado con fecha 3 de mayo de 2007 comunica a la Autoridad Portuaria la Concesión de Fondos Feder correspondientes al Programa Operativo de Andalucía 2000-2006. Se concede una subvención de 2.325.000 euros que equivalen a una inversión de 4.650.000 euros, es decir, el 50% de la inversión prevista. Posteriormente, con fecha 11 de octubre de 2007, Puertos del Estado comunica a la Autoridad Portuaria la ampliación de los fondos otorgados a un máximo de inversión de 5.300.000 euros, lo que equivale a una subvención de 2.650.000 euros. Los proyectos de la Autoridad Portuaria acogidos a este programa, así como las inversiones realizadas y las subvenciones devengadas son los siguientes:

Descripción

Euros

Inversiones realizadas

Subvención devengada

Ampliación rampa ro-ro

687.557,28

343.778,64

Ordenación Dársena del Cuarto y proyecto de urbanización. Acceso general y viario. Primera fase obra

3.818.097,37

1.909.048,69

Acceso ferroviario a Dársena del Cuarto 1.ª fase

311.106,88

155.553,44

Adquisición de diez nuevos castilletes con su luminaria y trenes de fondeo para las boyas de la Broa del Guadalquivir y fondeo de las mismas

112.557,96

56.278,98

Anillos de M.T. en Torrecuéllar y sectores 2-4 de la Z.A.L. Acondicionamiento del alumbrado y canalización de fibra óptica en la Carretera de la Esclusa

524.498,48

262.249,24

Total

5.453.817,97

2.726.908,99

Al 31 de diciembre de 2007 se encuentra contabilizado como una cuenta a cobrar dentro del epígrafe «Deudores varios» del activo del balance de situación adjunto, la cantidad de 2.650.000 euros por la subvención devengada y no cobrada por la Autoridad Portuaria.

Subvención Promogedesa, S.A.-En relación con el Convenio establecido con la sociedad Promogedesa, S.A. esta sociedad ha otorgado una subvención por un importe de 1.971.972,41 euros como resultado de la operación de adquisición de la parcela situada en el Oeste cortijo El Cuarto, que la Autoridad Portuaria compra a Promogedesa, S.A. (Véase Nota 6).

12. Provisiones para riesgos y gastos

El movimiento habido durante el ejercicio 2007 en los diferentes epígrafes de este epígrafe del balance de situación adjunto, es el siguiente:

Euros

Provisión para impuestos

Provisión para litigios diversos

Provisión para reclamación tarifas

Total

Saldo al 31 de diciembre de 2006

634.826,98

1.979.746,36

2.308.039,49

4.922.612,83

Dotaciones del ejercicio 2007

(991,03)

146.000,00

-

145.008,97

Dotaciones con cargo a gastos extraordinarios

-

-

285.398,63

285.398,63

Aplicaciones

(519.746,36)

(3.146,79)

(522.893,15)

Saldo al 31 de diciembre de 2007

633.835,95

1.606.000,00

2.590.291,33

4.830.127,28

La provisión para impuestos cubre suficientemente el pasivo que, en su caso, pudiera materializarse en el supuesto de una resolución desfavorable para la Autoridad Portuaria del recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla en relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Por otra parte, la Autoridad Portuaria ha dotado una provisión para cubrir el riesgo derivado de los posibles pasivos que pudieran materializarse como consecuencia de la resolución, contraria a los intereses de la Autoridad Portuaria, de diversas reclamaciones admitidas a trámite en relación con varios contenciosos derivados de desacuerdos en la aplicación de determinadas tasas por el ejercicio de actividades y servicios generales, así como de la reclamación de responsabilidades asociadas a la prestación del servicio de grúas móviles (véase Nota 4h.3). En relación con estos litigios, se ha aplicado la cantidad de 519.746,36 euros, imputadas a la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta en el epígrafe «Exceso de provisiones de riesgos y gastos», tras la desestimación de la demanda interpuesta por Ute Marítima de Sevillana (véase Nota 4h.3.3). La provisión para reclamación por tarifas, recoge el importe del pasivo estimado para hacer frente a posibles resoluciones contrarias a la Autoridad Portuaria por los litigios derivados de la aplicación de las tarifas G-3 y T-3 (véase Nota 4h).

13. Acreedores a largo plazo

Con fecha 31 de enero de 2006 se aprobó por el Consejo de Administración del Banco Europeo de Inversiones una operación de financiación a la Autoridad Portuaria de Sevilla por un importe total de 100.000.000 de euros, con la finalidad de financiar el proyecto de la nueva esclusa, y que se ha decidido suscribir a través de dos contratos de financiación de 50.000.000 de euros cada uno.

De acuerdo con ello, con fecha 26 de junio de 2006, se ha suscrito un primer contrato de financiación entre la citada entidad y la Autoridad Portuaria de Sevilla por un importe total de 50.000.000 de euros. Las condiciones principales de dicho contrato de financiación son las siguientes:

La duración del citado préstamo será de 25 años, incluyendo un periodo máximo de carencia de 4 años, a elección del prestatario.

El préstamo será desembolsado en un plazo máximo de 2 años, y desembolso a solicitar en un máximo de 4 tramos, cada uno de los cuales no podrá ser de cuantía inferior a 10 millones de euros. El tipo de interés aplicable podrá ser, a elección del prestatario, fijo, fijo revisable o variable más diferencial fijo, aplicándose el tipo en vigor al momento de la firma o del desembolso. El reembolso del capital se efectuará de manera anual.

Al 31 de diciembre de 2007, la Autoridad Portuaria ha dispuesto de 29.000.000 euros importe con cargo a dicho contrato de financiación, realizándose la primera disposición, por importe de 10.000.000 de euros, con fecha 12 de enero de 2007 y la segunda disposición por importe de 19.000.000 euros con fecha 27 de abril de 2007.

En relación con estos importes, la Autoridad Portuaria ha optado por un reembolso anual del préstamo y un tipo de interés variable más diferencial fijo, habiéndose establecido por el Banco Europeo de Inversiones como tipo de interés aplicable el Euribor a 3 meses menos un diferencial entre 0,002 y 0,003.

14. Situación fiscal

El detalle de saldos deudores y acreedores al 31 de diciembre de 2007 con las Administraciones Públicas es el siguiente:

Concepto

Euros

Saldo deudor

Saldo acreedor

Hacienda Pública deudora por IVA

2.349.770,38

-

Hacienda Pública, deudora por Iva pendiente de deducir

2.636.282,41

-

Hacienda Pública deudora retención y pagos a cuenta

240.168,34

-

Hacienda Pública deudora por Impuesto sobre Sociedades

-

-

Hacienda Pública acreedora por IRPF

-

71.671,87

Organismos de la Segur. Social acreedores

-

148.089,71

Total

5.226.221,13

219.761,58

A la Autoridad Portuaria le resulta aplicable el régimen especial de entidades parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades, según establece el artículo 9, apartado tercero letra f), de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, introducido por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

La aplicación del régimen de entidades parcialmente exentas, regulado en los artículos 133 a 135 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, implica la distinción entre resultados sujetos y exentos de la Entidad. A este respecto, el Ente Público Puertos del Estado ha establecido unas directrices concretas en cuanto a la calificación de las rentas percibidas como exentas o sujetas, resultado de la aplicación de la normativa fiscal citada al sistema económico portuario. Por su parte, la Autoridad Portuaria de Sevilla ha seguido dichos criterios en la elaboración de las declaraciones presentadas. Conforme a lo dispuesto en el citado régimen, la Entidad debe ajustar en la base imponible las rentas derivadas de actividades exentas. Estas diferencias tienen carácter permanente. La conciliación del resultado contable del ejercicio 2007 con la base imponible del Impuesto sobre Sociedades es como sigue:

Euros

Aumento

Disminución

Importe

Resultado contable del ejercicio

-

-

4.338.599,81

Diferencias permanentes

15.676.907,91

(19.456.970,01)

(3.780.062,10)

Diferencias temporales

5.979,71

(714.810,89)

(708.831,17)

Base imponible (resultado fiscal)

-

-

(150.293,46)

De acuerdo con la legislación vigente las pérdidas fiscales de un ejercicio pueden compensarse a efectos impositivos con los beneficios de los quince ejercicios siguientes. Sin embargo, el importe final a compensar por dichas pérdidas fiscales puede ser modificado como consecuencia de la comprobación de los ejercicios en que se produjeron. En el momento de la compensación de las bases imponibles negativas, las autoridades fiscales pueden comprobar la procedencia y la cuantía de las mismas cualquiera que sea el ejercicio en que se originaron. El balance de situación adjunto no recoge, siguiendo un criterio de prudencia, el crédito fiscal derivado de la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.

La Autoridad Portuaria tiene abiertos a inspección los ejercicios no prescritos del Impuesto sobre el Valor Añadido, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades. Las bases imponibles negativas pendientes de compensar, sus correspondientes importes y plazos máximos de compensación son los siguientes:

Ejercicio

Euros

Plazo máximo para compensar

2003

10.550,34

2018

2006

1.153.822,32

2021

2007

150.239,46

2022

Adicionalmente, la Autoridad Portuaria cuenta con deducciones pendientes de aplicación en ejercicios futuros por un importe total de 60.127,31 euros, del cual un importe de 51.919,65 euros corresponde a deducciones generadas en ejercicios anteriores.

Como consecuencia de las diferentes interpretaciones que se puede dar a la normativa fiscal aplicable a determinadas operaciones realizadas por la Autoridad Portuaria, podrían existir ciertas contingencias fiscales cuya cuantificación no es posible determinar objetivamente. No obstante, la Dirección de la Autoridad Portuaria estima que la deuda tributaria que de ellas pudiera derivarse no afectaría significativamente a las cuentas anuales adjuntas.

15. Ingresos y gastos

Cifra de negocios.-La distribución de la cifra de negocios del ejercicio 2007 se detalla a continuación:

Euros

Tasas portuarias:

a) Tasa por ocupación privativa de Dominio Público Portuario

5.478.552,72

b) Tasas por la utilización especial de instalaciones portuarias

5.554.567,73

1. Tasa del buque

1.784.738,28

2. Tasa de embarcaciones deportivas y de recreo

89.855,10

3. Tasa del pasaje

51.092,50

4. Tasa de la mercancía

3.628.881,85

c) Tasa por aprovechamiento especial de Dominio Púb. Portuario

3.103.485,40

d) Tasas por servicios no comerciales

2.746.977,38

1. Tasa por servicios generales

2.715.316,92

2. Tasa por servicio de señalización marítima

31.660,46

Total Tasas Portuarias

16.883.583,23

Otros ingresos de negocio

2.550.454,90

Importe neto de la cifra de negocios

19.434.038,13

Debido a la existencia de diferentes interpretaciones en relación con la ya derogada tarifa de mercancías (a 31 de diciembre de 2003 denominada T.3 y anteriormente G.3) aplicada por la Autoridad Portuaria de Sevilla, determinados clientes han venido presentado recursos contra las liquidaciones giradas. Algunos de estos recursos se han resuelto desfavorablemente para la Autoridad Portuaria, estando otros pendientes de resolución al 31 de diciembre de 2007. La Autoridad Portuaria mantiene provisionado por estos conceptos al 31 de diciembre de 2007 un importe de 2.590.291,33 euros (Véase Nota 12).

Gastos de personal.-La composición del saldo del epígrafe «Gastos de personal» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta, es la siguiente:

Euros

Sueldos y salarios

4.257.782,79

Seguridad Social a cargo de la empresa

1.391.158,01

Otros gastos sociales

159.059,64

Total

5.808.000,44

El número medio de personal empleado en el ejercicio 2007 agrupado por categorías se refleja en el siguiente detalle:

N.º de empleados

Alto Cargo

1

Alta dirección

1

Jefes de departamento/división

12

Jefes de unidad

3

Técnicos

30

Responsables

17

Profesionales

93

Total

157

Reparaciones y conservación.-El 14 de octubre de 2004, la Autoridad Portuaria de Sevilla acordó adjudicar las obras de dragados de mantenimiento del canal de navegación en la ría del Guadalquivir (campaña 2004) a la sociedad Dravo, S.A. por un importe de 2.090.000,00 euros y un plazo de ejecución de cuatro meses. Posteriormente, con fecha 5 de enero de 2005, se suscribió un contrato complementario del anterior, previéndose un presupuesto adicional de 403.925 euros (IVA excluido) y un plazo de ejecución de 20 días, lo que supuso el registro en el ejercicio 2005 de un importe de 1.376.775,27 euros correspondiente al coste de los dragados efectuados en la Ría del Guadalquivir por parte de esta sociedad durante aquel ejercicio, adicional al importe de 1.203.616,85 euros registrado en el ejercicio 2004. Durante el ejercicio 2006, se incurrió en un gasto por este concepto por importe de 198.081,12 euros.

Al 31 de diciembre de 2007 se ha registrado la cantidad de 2.333.531,22 euros dentro del epígrafe «Reparaciones y conservación» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta, no existiendo ningún otro importe devengado por este concepto y pendiente de incurrir al 31 de diciembre de 2007. Ingresos financieros.-Al 31 de diciembre de 2007 se ha dispuesto 29.000.000 euros del préstamo contratado con el Banco Europeo de Inversiones (véase Nota 13). Esta disposición se encuentra colocada en cuentas corrientes de alta remuneración, que han devengado unos intereses financieros de 1.285.328,04 euros como intereses de excedente de tesorería, que se encuentran registrados en el epígrafe «Otros intereses e ingresos asimilados» de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta. Ingresos y gastos extraordinarios.-El detalle de los ingresos y gastos extraordinarios de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2007 adjunta, es el siguiente:

Origen

Euros

Gastos extraordinarios

Ingresos extraordinarios

Variación de las provisiones de inmovilizado inmaterial, material y cartera de control (Nota 7)

(24.500,00)

-

Pérdidas procedentes del inmovilizado material (Nota 6)

128.653,75

-

Dotación provisión intereses de demora por litigios tarifarios (Nota 12)

285.398,63

Regularización pólizas de pensiones

5.151,48

-

Otros

2.082,64

-

Gastos extraordinarios

292.632,75

-

Abonos de facturas de ejercicios anteriores

11.820,53

-

Gastos y pérdidas de otros ejercicios

11.820,53

-

Subvenciones de capital transferidas al resultado del ejercicio (Nota 11)

-

129.308,74

Ingresos por reversión de concesiones transferidos al resultado del ejercicio (Nota 11)

-

171.642,36

Otros

-

213.818,70

Ingresos extraordinarios

-

385.461,06

Diferencia previsión-facturación tasas 2006

-

223.581,18

Diferencia previsión-facturación otros conceptos 2006

-

7.031,75

Otros

-

84.762,32

Ingresos y beneficios de otros ejercicios

-

315.375,25

Beneficios procedentes del inmovilizado material (Nota 6)

-

6.931,03

Total

408.606,44

837.076,08

Facturación de cánones de ejercicios anteriores.-En diciembre de 2004, la Autoridad Portuaria practicó liquidaciones complementarias correspondientes a las liquidaciones por cánones emitidas al Círculo Mercantil e Industrial de Sevilla, Club Náutico de Sevilla y Real Círculo de Labradores entre los ejercicios 2001 y 2004. Estas liquidaciones complementarias se derivan de la no regularización de los importes de los cánones establecidos sobre los terrenos en régimen de concesión administrativa en uso por estos tres clubes.

En el ejercicio 1988, la Autoridad Portuaria de Sevilla llevó a cabo una nueva valoración de todos sus terrenos al amparo de la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo de 16 de junio de 1988. El Real Círculo de Labradores y el Club Náutico de Sevilla interpusieron sendos recursos contencioso-administrativos en contra de la citada Orden, alegando que, al considerarse el canon como un precio público, la fijación de su importe debería aprobarse mediante una norma con rango de Ley. La Autoridad Portuaria de Sevilla decidió no actualizar los cánones para ninguno de los clubes de Sevilla citados en el párrafo anterior. Posteriormente, el Real Decreto 2/1996 convalidó la normativa anterior con respecto al principio de reserva de Ley, que hace suyas y eleva a rango de Ley las disposiciones de la Orden Ministerial de 1988. Por tanto, y sin efectos retroactivos, la citada valoración de 1988, en virtud del Real Decreto 2/1996 surtía plenos efectos a partir del 12 de enero de 1996. De esta forma en el ejercicio 2004 se revisaron y emitieron liquidaciones complementarias a las ya facturadas correspondientes a los ejercicios 2001, 2002, 2003 y 2004, ejercicios aún no prescritos, por un importe total de 1.271.030,93 euros. En relación con estas liquidaciones, y previa presentación de avales por el importe total de las mismas, la Autoridad Portuaria ha acordado su suspensión hasta la resolución de los recursos planteados por los tres clubes sociales afectados ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía. Con independencia de lo anterior, durante los ejercicios 2005, 2006 y 2007c la Autoridad Portuaria ha mantenido la valoración de 1988 en la emisión de liquidaciones a estos tres colectivos. Con fecha 14 de noviembre de 2005 el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía se pronunció desestimando una nueva reclamación interpuesta por el Club Náutico de Sevilla, en la que solicitaba la suspensión de las liquidaciones realizadas en el ejercicio 2005 por la Autoridad Portuaria, así como las venideras que se pudieran emitir conforme a la valoración de la citada Orden Ministerial de 1988. Del importe total de las liquidaciones practicadas, que al inicio del ejercicio 2007 suponía un importe total de 2.156.942,74 euros (IVA incluido), se han cancelado durante el ejercicio 2007, 1.424.384,59 euros correspondientes a la deuda que, incluidos recargos e intereses, ha mantenido el Club Náutico de Sevilla a favor de la Autoridad Portuaria por impago de Cánones y Tasas relativas a las devengadas entre los ejercicios 2001 y 2007, y desistiendo por lo tanto, de cuantas reclamaciones y recursos hubiese presentado contra las mencionadas liquidaciones, dándoles por tanto carácter de vencidas y exigibles. Esta cancelación se produce como consecuencia del Convenio entre la Autoridad Portuaria y el Club Náutico de Sevilla (véase Nota 6). Beneficios procedentes del inmovilizado material.-Durante el ejercicio 2003 tuvo lugar la expropiación de cinco fincas pertenecientes al denominado PERI TR-6. Dicho proceso se inició con fecha 17 de noviembre de 1999, en virtud del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla por el que se aprobó el proyecto de expropiación a tramitar por el sistema de tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el ámbito del Plan Especial de Reforma Interior PERI-TR-6 (Feria), en el que se incluían cinco fincas propiedad de la Autoridad Portuaria de Sevilla. La valoración realizada por la Gerencia de Urbanismo del conjunto de parcelas afectadas ascendía a un importe total de 4.284.128,63 euros. Dentro del plazo de un mes concedido al efecto, la Autoridad Portuaria de Sevilla presentó un escrito de alegaciones contra la expropiación en general y contra el sistema de tasación conjunta de las parcelas en particular. A raíz de estas alegaciones, con fecha 29 de marzo de 2001 el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla acordó la aprobación definitiva de los justiprecios de cada una de las fincas afectadas, que ascendían a un importe total de 4.541.106,19 euros, que incrementado con el 5% del premio de afección correspondiente, se elevaría a un importe de 4.768.161,50 euros. De estas cantidades, un importe de 493.065 y 517.718 euros, respectivamente, correspondía a una parte a segregar de una de las fincas a expropiar que no era propiedad de la Autoridad Portuaria, por lo que el importe total del justiprecio que correspondía a la Autoridad Portuaria ascendería a 4.250.443,58 euros. Ante dicho acuerdo, la Autoridad Portuaria presentó las alegaciones correspondientes con fecha 23 de mayo de 2001, al no estar de acuerdo con la tasación realizada de las parcelas, solicitando elevar esta impugnación al Jurado Provincial de Expropiación, con el fin de que éste pueda pronunciarse sobre el justiprecio que corresponde a dichas fincas que, según las alegaciones efectuadas, se cifra en 6.320.693,41 euros y que, considerando el premio de afección correspondiente, se elevaría a un importe total de 6.636.728,08 euros. De estas cantidades, un importe de 686.289,32 y 720.603,78 euros, respectivamente, correspondía a la parte a segregar de una de las fincas a expropiar que no era propiedad de la Autoridad Portuaria, por lo que el importe total del justiprecio reclamado que correspondería a la Autoridad Portuaria ascendería a 5.916.124,30 euros. Con posterioridad, la Autoridad Portuaria presentó recurso de alzada contra la citada resolución de 29 de marzo de 2001, que fue desestimado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía mediante resolución de fecha 21 de marzo de 2002. Contra la citada resolución, con fecha 5 de abril de 2002, se interpuso por parte de la Autoridad Portuaria recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. No obstante lo anterior, con fecha 14 de febrero y 19 de marzo de 2003 se formalizaron las actas de pago y ocupación correspondientes a cada una de las fincas expropiadas, según los importes establecidos en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla de fecha 29 de marzo de 2001, que ascendían a un total de 4.250.443,58 euros. De dicho importe, se hizo efectivo el cobro durante el ejercicio 2003 de un importe total de 2.929.903,03 euros, figurando registrado el importe pendiente de cobro, por un importe total de 1.320.540,55 euros al 31 de diciembre de 2006. Como consecuencia de este proceso, la Autoridad Portuaria procedió a registrar en el ejercicio 2003 la baja contable de la superficie de 33.874,03 m2 correspondiente a las fincas expropiadas, con un valor contable de 6.032.207,88 euros, lo que generó unas pérdidas contables de 1.781.764,30 euros que fueron registradas con cargo al epígrafe «Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2003. Con fecha 2 de marzo de 2004 se recibió Resolución de fecha 11 de diciembre de 2003 del Jurado Provincial de Expropiación, en la que el mismo se pronunciaba respecto de la impugnación presentada con fecha 23 de mayo de 2001 por parte de la Autoridad Portuaria sobre los justiprecios establecidos por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, tal y como se indicó anteriormente, a excepción del justiprecio correspondiente a una de las fincas afectadas, debido a que a dicha fecha estaba pendiente de aclarar la propiedad de la misma. En dichas resoluciones, el Jurado Provincial de Expropiación incrementaba el importe de los justiprecios establecidos en un total de 1.408.209,07 euros, hasta alcanzar un importe total de 5.658.652,65 euros, frente al importe de 4.250.443,58 euros establecido en las actas de ocupación y pago de las fincas propiedad de la Autoridad Portuaria. Dicho incremento supuso para la Autoridad Portuaria un ingreso extraordinario que fue registrado con abono al epígrafe «Beneficios procedentes del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2004. Del total de este importe, durante el ejercicio 2004 se hizo efectivo el cobro de un importe total de 941.629,16 euros, manteniéndose registrado el importe pendiente de cobro, por un importe total de 466.579,91 euros, en el epígrafe «Deudores varios» del balance de situación al 31 de diciembre de 2005. Este importe junto con el anteriormente indicado de 1.320.540,55 euros, se encuentran consignados en la Caja General de Depósitos hasta que se resuelva, por un lado la aclaración de titularidad y libertad de cargas sobre una de las fincas expropiadas y, por otro, el rescate del derecho de reversión que un tercero ostenta sobre la otra de las fincas expropiadas. La Dirección de la Autoridad Portuaria estima que dichos procesos se resolverán favorablemente para la Autoridad Portuaria, sin que de los mismos se deriven quebrantos significativos para la misma. Con fecha 11 de mayo de 2005 la Autoridad Portuaria recibió la determinación firme del justiprecio reclamado en relación con la finca afectada que se encontraba, según se ha indicado anteriormente, pendiente de resolución. De conformidad con la reclamación efectuada por la Autoridad Portuaria, el justiprecio definitivo de la citada finca supuso un incremento de 93.578,26 euros con respecto al abonado por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, importe que fue cobrado con fecha 19 de septiembre de 2005 y que supuso el registro de un beneficio por dicho importe en el pasado ejercicio 2005. Honorarios de los auditores.-Los honorarios relativos a servicios de auditoría de cuentas de la entidad correspondientes al ejercicio 2007 ascienden a un importe de 16.126,50 euros. Retribución y otras prestaciones al Consejo de Administración.-Durante el ejercicio 2001 el Ministerio de Fomento autorizó con carácter general el abono de dietas por asistencia a los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias. Durante el ejercicio 2007 los miembros del Consejo de Administración han percibido una remuneración por su asistencia a los Consejos por un importe de 35.715,99 euros. No se han concedido anticipos ni créditos a los miembros del Consejo de Administración, ni existen obligaciones en materia de pensiones y de seguros de vida respecto a los mismos.

16. Cuadros de financiación de los ejercicios 2007 y 2006

Aplicaciones

Euros

Euros

Ejercicio 2007

Ejercicio 2006

Orígenes

Ejercicio 2007

Ejercicio 2006

Recursos procedentes de las Operaciones

9.292.125,83

12.436.418,45

Adquisición de inmovilizado:

Patrimonio Recibido en Adscripción

396.133,59

-

Inmovilizaciones inmateriales

74.834,97

31.243,32

Ingresos a distribuir

12.662.024,87

9.948.845,15

Inmovilizaciones materiales

34.599.491,59

37.426.477,59

Fondo Compensación Interportuario recibido .

388.000,00

388.000,00

Inmovilizaciones financieras

300.273,14

298.870,00

Deudas a largo plazo

29.185.137,91

31.799,49

Fondo Compensación Interportuario aportado

693.000,00

507.000,00

Enajenación de inmovilizado material

(88.974,09)

702.722,94

Retiro de inmovilizado material

-

-

Cancelación y traspaso a corto plazo de deudas a largo plazo

37.967,03

-

Cancelación anticipada o traspaso a c/p de inmovilizado financiero

-

-

Créditos comerciales a largo plazo

15.178,49

-

Cancelación anticipada o traspaso a c/p de créditos comerciales

-

488.436,63

Aplicaciones de riesgos y gastos

3.146,79

1.315.761,43

Total Aplicaciones

35.723.892,01

39.579.352,34

Total Orígenes

51.834.448,11

23.996.222,66

Exceso De Orígenes sobre

-

-

Exceso de Aplic. Sobre

-

-

Aplicaciones (Aumento

-

-

Orígenes (Disminución

-

-

Del capital circulante)

16.110.556,10

-

Del Capital Circulante)

-

15.583.129,68

Total

51.834.448,11

39.579.352,34

Total

51.834.448,11

39.579.352,34

Variación del capital circulante

Euros

2007

2006

Aumento

Disminución

Aumento

Disminución

Deudores

1.718.590,26

-

5.007.381,27

-

Acreedores

-

8.950.957,86

7.760.952,24

-

Inversiones financieras temporales

103.418,08

-

-

53.833,04

Tesorería

23.241.569,47

-

-

28.303.600,41

Ajustes por periodificación

-

2.063,85

5.970,26

-

Total

25.063.577,81

8.953.021,71

12.774.303,77

28.357.433,45

Variación del capital

-

-

-

Circulante

16.110.556,10

-

-

15.583.129,68

La conciliación entre el resultado contable del ejercicio y los recursos financieros procedentes y/o aplicados en las operaciones que figuran en los cuadros de financiación anteriores es la siguiente:

Euros

2007

2006

Resultado del ejercicio (Beneficios después del fondo de contribución)

4.338.599,81

5.188.723,02

Más

-

-

Dotaciones para amortizaciones de inmovilizado

4.941.593,75

4.467.361,94

Dotación para provisión inmovilizado financiero

-

-

Dotación para provisión depreciación inmovilizado material

-

587.788,95

Pérdida por enajenación del inmovilizado material

-

715.747,16

Pérdida por retiro del inmovilizado material

128.653,16

3.221,64

Dotación de provisiones para riesgos y gastos

431.398,63

2.442.832,01

Aportación al Fondo de Compensación Interportuario

693.000,00

507.000,00

Menos

-

-

Beneficio por enajenación de inmovilizado

(6.931,03)

(215.879,42)

Traspaso de ingresos a distribuir a resultados del ejercicio

(300.951,10)

(286.220,89)

Disminución de provisiones para insolvencias de tráfico a l/p

-

(581.255,96)

Aplicación de provisiones del inmovilizado financiero

(24.500,00)

(4.900,00)

Exceso de provisión para riesgos y gastos

(520.737,39)

-

Recibido del Fondo de Compensación Interportuario

(388.000,00)

(388.000,00)

Total recursos procedentes (aplicados) en las operaciones

9.292.125,83

12.436.418,45

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