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Documento BOE-A-2008-18188

Orden JUS/3216/2008, de 29 de octubre, por la que se procede al cumplimiento de la sentencia recaída en el procedimiento de derechos fundamentales n.º 443/2005, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 2008, páginas 44742 a 44743 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-18188

TEXTO ORIGINAL

La sentencia número 796 de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estima el procedimiento Derechos Fundamentales n.º 443/2005, interpuesto contra Resolución de 28 de junio de 2005, sobre denegación de la inclusión en la relación definitiva de aspirantes que superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre), a los recurrentes relacionados en el punto segundo de esta Orden. En el Fallo de la sentencia se declara el derecho de los recurrentes a formar parte de la relación de aprobados en el proceso selectivo convocado por Orden del Ministerio de Justicia de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre), para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, hecha pública por Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril), con los efectos administrativos y económicos derivados de dicho reconocimiento. La Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» del 1 de abril), de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, que hizo pública la relación de aspirante que superaron las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, y que este recurso modifica, relaciona a los 954 aspirantes que superaron las referidas pruebas, debiendo integrar en dicha resolución a los recurrentes, por así determinarlo la sentencia ut supra referenciada. En cumplimiento en los justos términos de lo dispuesto en la sentencia, Este Ministerio acuerda:

Primero.-Incrementar en 13 plazas la Orden de 30 de agosto de 1991, que hizo publica la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo, Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril).

Segundo.-Modificar la Resolución de 24 de marzo de 1993, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el sentido de incluir a los recurrentes con las puntuaciones y números Bis que a continuación se relacionan:

N.º orden

DNI

Apellidos y nombre

1.er ejer.

2.º ejer.

Total

886 bis

30551753

Benito Cardeñosa, Patricia Begoña de

10,00

5,11

15,11

824 bis

17690296

Campo Divi, José Antonio

10,60

5,22

15,82

858 bis

14576265

Conejero Iglesias, Ángel

9,00

6,50

15,50

605 bis

26188765

Cotes Palomino, Antonio

11,00

6,56

17,56

890 bis

16249697

Marchena González, Juan Miguel

9,70

5,39

15,09

913 bis

22720817

Martín Manrique, Elena

9,80

5,06

14,86

887 bis

7829542

Martínez de la Fuente, M.ª Teresa

10,00

5,11

15,11

698 bis

14556055

Rivero González, Pedro

10,00

6,89

16,89

719 bis

15975719

Rodríguez Carballo, M.ª Teresa

10,50

6,22

16,72

705 bis

30558531

Roldán Moll, Cristina de la Paz

11,20

5,61

16,81

782 bis

30569147

Urbano Ispizua, Susana

11,00

5,22

16,22

857 bis

13297480

Urruchi Ortiz, Ana Isabel

10,50

5,06

15,56

899 bis

30566831

Vicario Pereda, Máximo

10,00

5,06

15,06

Tercero.-En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

a) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que les capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título. A este respecto, y de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria sexta, párrafo tercero de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los aspirantes deberán remitir el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, caso de estar en posesión del mismo, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a que se refiere el artículo 475 de la Ley Orgánica 19/2003. Si no están en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, y aporta el título exigido en la base 3.1.c) de la Orden de convocatoria, será nombrado funcionario de la Escala de Gestión Procesal y Administrativa. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación. c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia), expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a los interesados y, en caso de que no estén acogidos a ningún Régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas. Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempañar las tareas propias que corresponden del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia). d) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado, según modelo publicado en el anexo II de la presente Orden.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Los recurrentes junto a la documentación, deberán remitir su solicitud de destino, que incluirá los puestos de trabajo por orden de preferencia, hasta un máximo de 50, adjudicándoles los que estén actualmente desiertos. Igualmente deberán especificar las provincias por orden de preferencia, para que en caso de no haber ninguna plaza desierta en los puestos solicitados, adjudicarles destino dentro de las provincias de preferencia, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 30 de agosto de 1991 («BOE» de 2 de septiembre).

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de octubre de 2008.-El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Director General de Relaciones con la Administración, Ángel Arozamena Laso.

ANEXO

Don/doña............................................................................. Con domicilio en.................................................................... De......... años de edad, con DNI número.................. declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En.................................., a....... de...................... de 2008 El declarante,

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