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Documento BOE-A-2008-18234

Orden ARM/3230/2008, de 15 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y sus organismos autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 12 de noviembre de 2008, páginas 44848 a 44853 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-18234

TEXTO ORIGINAL

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y sus organismos autónomos. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente (código 5913) por el sistema general de acceso libre.

La plaza que se convoca en las presentes pruebas selectivas queda reflejada según se indica en el anexo I.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo II.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará transcurridos cuatro meses, al menos, desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es) acceso por empleo público o por servicios on-line.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 5.2 Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (plaza San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. 5.3. Los aspirantes que se acojan a la reducción del 50 % en el pago de la tasa de derechos de examen, por familia numerosa, deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación justificativa de esta circunstancia. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo IV a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91 597 56 90, dirección de correo electrónico: weboposiciones@mma.es 6.4. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentar ésta, en representación o por cuenta de nadie.

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» del 4 de febrero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero de 2008.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el cese de los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la presente convocatoria se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.

8.2. Los funcionarios interinos del subgrupo A2 al servicio de la Administración del Estado que superen el proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según Acuerdo de la Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997, sobre proceso de consolidación de empleo temporal.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 15 de octubre de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/1555/2008, de 30 de mayo), el Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.

ANEXO I Distribución territorial de la plaza objeto de la convocatoria afectada por el proceso de consolidación de empleo temporal en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Localidad: Puerto del Rosario (Las Palmas de Gran Canarias). Número: 1.

ANEXO II Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una fase de oposición y otra fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, uno de la parte común y otro del programa de la parte específica, a escoger entre cuatro, dos de la parte común y dos del programa de la parte específica, que serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba. El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas. El ejercicio será leído posteriormente ante el Tribunal en sesión pública, quien podrá hacer al aspirante las preguntas que considere oportunas relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. Segundo ejercicio, de carácter práctico: consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Tribunal relacionado con los temas del programa de la parte específica. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas. El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada. Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo. Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados. 2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A) Los servicios efectivos prestados con vínculos de carácter temporal o interino en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y sus Organismos Autónomos, o en los suprimidos Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medioambiente, y Ministerio de Medio Ambiente y sus correspondientes organismos autónomos; de acuerdo con la siguiente progresión: Un año: 5,75 puntos.

Dos años: 11,50 puntos. Tres años: 17,25 puntos. Cuatro años: 23,00 puntos. Cinco años: 28,75 puntos. Seis años: 34,50 puntos. Siete años o más: 40,00 puntos.

La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino del subgrupo A2 en el ámbito señalado en el apartado anterior, o la ha tenido en los últimos 3 años, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con arreglo a las siguientes circunstancias:

Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados con este carácter.

Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de contrato, excepto por incapacidad temporal y maternidad. B) La posesión de titulación académica superior a la exigida para la participación en las pruebas selectivas: 5 puntos. Los funcionarios interinos del subgrupo A2 a que se refiere la letra A) del apartado 2 en caso de solicitar puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La certificación será expedida en el modelo que figura como anexo VI a esta convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:

La condición de funcionario interino del subgrupo A2 del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o durante los tres años inmediatamente anteriores a esta misma fecha, siempre referido al ámbito señalado en la letra A) del apartado 2.

Antigüedad como personal laboral temporal o funcionario interino, referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Titulación académica que acredite previamente ante esa Unidad. La no presentación del anexo VI o, en su caso, de los documentos justificativos de los méritos, por el aspirante, supondrá la no valoración en la fase de concurso del mérito correspondiente. La lista provisional que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez finalizada la fase de oposición, en el lugar indicado en la base 6.3. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en los méritos de la fase de concurso. El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

La mayor puntuación en la fase de oposición.

La mayor puntuación en el segundo ejercicio. La mayor puntuación en el primer ejercicio. La mayor puntuación en la fase de concurso. La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

No podrá declararse que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

ANEXO III Programa

Temas comunes

1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. 2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales: composición y funciones. 3. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. 4. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. Las coordinación entre las distintas administraciones públicas. 5. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes. 6. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. 7. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Deberes y derechos del personal al servicio de la administración Pública. Incompatibilidades. 8. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución. 9. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control. 10. Políticas de igualdad de Género. Normativa vigente.

Temas específicos

1. La organización central y periférica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La administración en el exterior del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Los Organismos públicos: Organismos autónomos, entidades públicas empresariales, Agencias y sociedades del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Fundaciones participadas por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o por sus organismos y sociedades. 2. Medio ambiente y desarrollo sostenible: De Estocolmo a Río 92. De Río a Johannesburgo. La Estrategia Europea de Desarrollo Sostenible. Pilares y principios. Seguimiento. La Estrategia Española de Desarrollo Sostenible. 3. El Medio Ambiente como objeto de derecho: Concepto de medio ambiente y su tratamiento en el ámbito constitucional español. Evolución del concepto y tratamiento del medio ambiente en la normativa comunitaria 4. La distribución de competencias en materia de medio ambiente en España. Especial referencia a aguas, costas, biodiversidad y calidad ambiental. El medio ambiente en los nuevos Estatutos de Autonomías. 5. Derecho ambiental comunitario. Instrumentos jurídicos: Reglamentos, Directivas Decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 6. Acceso a la información en materia de medio ambiente: Convenio de Aarhus. La participación en la gestión ambiental. Normativa de la Unión Europea. La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. 7. El VI Programa de Acción en materia de medio ambiente. Las estrategias temáticas. 8. Principales Convenios internacionales en materia de biodiversidad 9. El dominio público. Concepto. La naturaleza y la afectación como elementos determinantes del carácter demanial de los bienes 10. La formalización de la incorporación de los bienes al dominio público. La afectación. La mutación demanial. La desafectación. Concepto y líneas generales de los procedimientos. 11. La Ley de Aguas de 1985. Estructura, objetivos y principios informadores. Principales diferencias con la Ley de Aguas de 1879. La Ley 46/1999 de modificación de la Ley 29/1985, de Aguas. Modificaciones introducidas. El Texto Refundido de la Ley de Aguas de 2001 y modificaciones posteriores 12. El Dominio Público marítimo-terrestre (DPMT) en la Constitución de 1978. La Ley de Costas de 1988 y su Reglamento: Principios, objetivos y principales novedades respecto de la legislación anterior. La Directiva Marco del Agua y la Directiva sobre la Estrategia Marina en relación con el DPMT. 13. El DPMT: Elementos que lo integran. Características físicas que individualizan cada bien de DPMT y naturaleza jurídica de dichos bienes. 14. La delimitación del DPMT: Sus objetivos y razón de ser. El procedimiento de deslinde del DPMT. 15. Efectos del deslinde del DPMT. Afectación y desafectación. La recuperación posesoria de los bienes del DPMT. 16. Las limitaciones al derecho de propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar para la protección del DPMT. Razón de ser y objetivos de las mismas. Características generales. Competencias de las diferentes Administraciones Públicas. 17. La servidumbre de protección. Contenido. Alcance geográfico de la franja sobre la que recae. Usos permitidos y prohibidos. Administraciones competentes sobre la servidumbre de protección. La cuestión de la fijación de su anchura. 18. La servidumbre de tránsito. Contenido. Alcance geográfico de la franja sobre la que recae. Usos permitidos y prohibidos. Servidumbre de acceso al mar. Razón de ser y contenido de la misma. Otras limitaciones al Derecho de propiedad de los terrenos colindantes con el DPMT. La zona de influencia. 19. La utilización del DPMT. Usos generales. Usos especiales: tipos de usos y requisitos que han de cumplir para ser posibles sobre el DPMT. Títulos de ocupación del DPMT. Definición y presupuestos que determinan el título a obtener. 20. Las concesiones del DPMT. Usos que lo requieren. Procedimiento ordinario de otorgamiento de concesiones. Extinción. Caducidad. El rescate. 21. Las autorizaciones del DPMT. Usos que lo requieren. Procedimiento. Los servicios de temporada en playas. Los vertidos. Las extracciones de áridos y los dragados. El artículo 150 del Reglamento de Costas. 22. Reservas y adscripciones demaniales. Supuestos en los que procede cada una de ellas y competencia para declararlas. Procedimientos. 23. La potestad sancionadora en materia de costas. Infracciones y sanciones. Distribución de competencias entre las distintas Administraciones Públicas en materia sancionadora sobre el litoral. 24. El procedimiento sancionador en materia de costas. Competencia para resolver. Obligación de restituir. Indemnizaciones. Ejecución forzosa. 25. Distribución competencial entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos en materia de costas. Incidencia de los nuevos Estatutos de Autonomía en esta materia. Principios que rigen la colaboración administrativa. Intervención de la Administración General del Estado en materia de protección del DPMT en los procedimientos administrativos urbanísticos. 26. Régimen transitorio de la Ley de Costas y su Reglamento: razón de ser y objetivos. Situación de las construcciones anteriores a la entrada en vigor de la Ley situadas sobre el DPMT y sus servidumbres. Reglas para la fijación de la anchura de la servidumbre de protección. 27. Erosión costera. Causas naturales y antrópicas. Medidas correctoras de carácter general. Previsiones de la Ley de Costas. Enfoques posibles para el tratamiento de estas situaciones. Efectos previsibles del cambio climático sobre el litoral español. 28. Tipos de obra de defensa de la costa. Aportación periódica de arenas. Conceptos y diseño. 29. Obras y actuaciones en el litoral. Concepto legal de obra de interés general. Directrices sobre actuaciones en la costa: playas y borde costero. Principales tipos de caución sobre la costa ejecutadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. 30. Estrategia comunitaria en materia de residuos. Estrategia temática de prevención y reciclaje de residuos. La prevención de residuos en la planificación. Convenio de Basilea. Reglamento (CE) número 1013/2006 del PE y del Consejo, relativo a los traslados de residuos. 31. Normativa en materia de residuos: Directiva 2006/12/CE. Propuestas de revisión de la directiva marco de residuos. La Ley 10/1998, de Residuos. Legislación sobre residuos peligrosos. Legislación UE y española sobre envases y residuos de envases. 32. La planificación en materia de residuos 33. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La Directiva 97/11/CE, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. 34. El marco jurídico de evaluación de Impacto Ambiental en España. La legislación básica estatal: Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos. 35. La evaluación ambiental estratégica de planes y programas públicos. La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. 36. La Directiva 96/61/CE y la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. La aplicación de la I+D+i para fomentar tecnologías ambientales. Las Mejores Técnicas Disponibles. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación. Los intercambios de información. 37. El Reglamento europeo relativo a un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (SGAM o EMAS). Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación del reglamento. La relación entre el sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales e ISO (Organización Internacional de Normalización). 38. Responsabilidad administrativa ambiental. La responsabilidad objetiva y subjetiva. La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Tipología de infracciones. La obligación de restaurar e indemnizar. Las sanciones. Aplicación del principio non bis in ídem. Las medidas cautelares. 39. El cambio climático: evidencia científica del fenómeno. Impactos y adaptación al cambio climático. Mitigación del cambio climático. El IPCC y sus informes de Evaluación. 40. Respuesta internacional ante el cambio climático: La Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y el Protocolo de Kioto. Los mecanismos de flexibilidad. Estrategia comunitaria ante el cambio climático. Estrategia española ante el cambio climático. El régimen jurídico del comercio de derechos de emisión.

ANEXO IV Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Gustavo Chozas Vinuesa, Cuerpo Superior de Administradores del Estado.

Secretaria: Doña Marta Coll de la Vega, Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Don Julián Iglesias Acosta, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Don Santiago María Dávila Sena, Escala de Titulados Superiores de OO.AA. del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Doña Marta Ortega Martínez Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado

Tribunal suplente:

Presidente: Don Javier Ruza Rodríguez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MMA.

Secretaria: Doña Sara Gómez Sirgado, Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales:

Doña Rosa Patricia Lorigados Tapiador, Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado.

Doña M.ª Teresa Barres Benlloch, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos. Don Francisco B. Heredia Armada, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO V Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente», y en el recuadro correspondiente a código que figura a su lado «5913» En el recuadro 17, «Forma de acceso», los aspirantes que estén prestando servicios como funcionarios interinos en el subgrupo A2 en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, consignarán necesariamente la letra «A». El resto de los aspirantes consignarán la letra «B». En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid» En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el que se posea y que habilite para presentarse a estas pruebas. El importe de la tasa por derechos de examen será de 20,71 euros (en caso de ser familia numerosa, será de 10,35 euros). El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0049/6645/56/2010000790 (código Iban: ES47, código Bic: BSCHESMMXXX) del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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