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Documento BOE-A-2008-1824

Orden CUL/4118/2007, de 21 de diciembre, por la que se ejercita el derecho de tanteo, sobre los lotes números 1, 98, 99 y 100, subastados por la Sala Segre, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 2008, páginas 6147 a 6147 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-1824

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en su sesión del Pleno, celebrado el día 18 de diciembre de 2007 y, en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:

Primero.-Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Segre, en Madrid, el día 18 de diciembre de 2007, con los números y referencia siguientes: Lote n.º 1: Escuela Hispano Flamenca, c. 1500. «Dios Padre y los hombres salvajes». Dibujo preparado a lápiz, tinta y aguada parda. Medidas: 38 x 23, cm.

Lote n.º 98: Jenaro Pérez Villamil (El Ferrol, 1802-Madrid, 1854). «Puerta de los leones en la Catedral de Toledo». Dibujo a lápiz y plumilla. Firmas/marcas: Firmado. Medidas: 41.5 x 30,5 cm. Lote n.º 99: Jenaro Pérez Villamil (El Ferrol, 1802-Madrid, 1854). «Puerta de Alfonso VI en Toledo». Dibujo a lápiz. Firmas/marcas: Firmado. Medidas: 27 x 36 cm. Lote n.º 100: Jenaro Pérez Villamil (El Ferrol, 1802-Madrid, 1854). «Escalera dorada en la Catedral de Burgos». Dibujo a lápiz y plumilla. Firmas/marcas: Firmado. Medidas: 39 x 29,5 cm.

Segundo.-Que se abone a la sala subastadora los precios de remate de 5.000, 6.000, 6.000 y 6.000 € respectivamente, cuyo total asciende a veintitrés mil euros (23.000 €), más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.-Que dichas obras se depositen y asignen al Museo Nacional de Escultura, de titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia.

Madrid, 21 de diciembre de 2007.-El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), la Subsecretaria de Cultura, María Dolores Carrión Martín.

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