A tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección 4.ª, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 14 de diciembre de 2007, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico, recurrido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, y a quienes tuvieran interés directo, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de los nueve días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 2008.-El Director General de Universidades, Felipe Pétriz Calvo.
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