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Documento BOE-A-2008-18341

Resolución de 9 de octubre de 2008, de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se autoriza el cambio de la titularidad de la autorización como organismo de control, de «Entidad de Certificación y Aseguramiento, Sociedad Anónima Unipersonal», (con capacidad para actuar en el ámbito del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre), a favor de «Bureau Veritas Certification, Sociedad Anónima Unipersonal».

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2008, páginas 45064 a 45064 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-18341

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por «Bureau Veritas Certification, Sociedad Anónima Unipersonal», de fecha 1 de octubre de 2008, solicitando el cambio de la titularidad de la autorización como organismo de control con capacidad para actuar en el ámbito del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, como organismo de control para la colocación de la marca de conformidad a normas para extintores de incendios y de la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 10 de marzo de 1998, como entidad de certificación de las empresas mantenedoras y fabricantes de extintores, a favor de «Entidad de Certificación y Aseguramiento, Sociedad Anónima Unipersonal», para que figure a nombre de «Bureau Veritas Certification, Sociedad Anónima Unipersonal». Vista la Resolución de 30 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, mediante la cual se autorizaba a «Entidad de Certificación y Aseguramiento, Sociedad Anónima Unipersonal, ECA», a actuar en el ámbito del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, como organismo de control para la colocación de la marca de conformidad a normas para extintores de incendios y de la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 10 de marzo de 1998, como entidad de certificación de las empresas mantenedores y fabricantes de extintores, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 295, de 10 de diciembre de 1998. Vista la acreditación de competencia técnica de ENAC, referencia 02/C-PR004, de fecha 9 de febrero de 2007, por la que certifica que «ECA CERT Certificación, S.A.U.» cumple con los criterios establecidos en la norma UNE-EN 45011, para la certificación de equipos de protección contraincendios. Vista la declaración del acuerdo de la Comisión de acreditación de ENAC, de Referencia C.A. 31/08 acuerdo n.º 51, de fecha 19 de septiembre de 2008, por la que se informa que todas las obligaciones que tuviese la empresa «ECA CERT Certificación, S.A.U.» con ENAC se entienden asumidas por «Bureau Veritas Certification, S.A.U.» en las mismas condiciones. De acuerdo con la escritura notarial de fusión por absorción de «Bureau Veritas Certification, S.A.U.»-«ECA CERT Certificación, S.A.U.», de fecha 13 de agosto de 2008, por la que se detallan los acuerdos de la fusión por absorción de las dos empresas. De acuerdo con el artículo 43, el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero de 1995), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, y en ejercicio de las competencias que tengo transferidas, he resuelto:

Autorizar el cambio de la titularidad de la autorización como organismo de control y entidad de certificación de «Entidad de Certificación y Aseguramiento, Sociedad Anónima Unipersonal ECA», con capacidad para actuar en el ámbito del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, sobre extintores de incendios, y de la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 10 de marzo de 1998, como entidad de certificación de las empresas mantenedores y fabricantes de extintores a favor de «Bureau Veritas Certification, Sociedad Anónima Unipersonal».

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 9 de octubre de 2008.-El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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