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Documento BOE-A-2008-18492

Orden CUL/3289/2008, de 20 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Valsain para la Promoción y Defensa de los Valores Democráticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 15 de noviembre de 2008, páginas 45561 a 45562 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-18492

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Valsain para la Promoción y Defensa de los Valores Democráticos en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don José Luis Vázquez Fernández, don Emilio Mariano Ginés Santidrián, don Ignacio Sell Trujillo, don Álvaro Gil-Robles Gil-Delgado, don José Luis López de la Cuesta y don Julio Víctor González García, en Segovia, el 30 de junio de 2008, según consta en la escritura pública número mil cuatrocientos cincuenta y nueve, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Manuel Fermín Domínguez Rodríguez. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en el Excelentísimo Ayuntamiento de San Ildefonso-La Granja, en la plaza de Los Dolores, número 1, código postal 40100 (Segovia) y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en todo el territorio nacional. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada, mediante su ingreso en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º Constituirse en espacio de encuentro, contraste y debate perdurable, nacional e internacional, entre distintas concepciones, creencias y modelos sociales. 2.º Promover la constitución de centros de estudio, análisis o promoción de los valores democráticos. 3.º Promover especialmente el estudio y la reflexión sobre la vigencia de los valores democráticos y el respeto efectivo de los derechos humanos, no solo en orden a identificar las carencias y contradicciones presentes en nuestras democracias desarrolladas, sino también a elaborar propuestas concretas que sean útiles para las distintas instituciones políticas nacionales e internacionales y la sociedad en su conjunto. 4.º Esforzarse por ser un motor de difusión de conocimiento de esos valores democráticos en el seno de la sociedad, y de manera muy especial en el ámbito educativo. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: José Luis Vázquez Fernández, por razón de su cargo de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Ildefonso-La Granja; Secretario: don Ignacio Sell Trujillo; Vocales: don Emilio Mariano Ginés Santidrián, don Álvaro Gil-Robles Gil-Delgado, don José Luis López de la Cuesta y don Julio Víctor González García. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio y el Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, en virtud de los cuales se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Valsaín para la Promoción y Defensa de los Valores Democráticos en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Valsaín para la Promoción y Defensa de los Valores Democráticos, de ámbito estatal, con domicilio en el Excelentísimo Ayuntamiento de San Ildefonso-La Granja, en la plaza de Los Dolores, número 1, código postal 40100 (Segovia), así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 20 de octubre de 2008.-El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio y Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.

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