Visto el expediente de indulto de don Antonio Parra Martínez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño, en sentencia de 21 de febrero de 2006, como autor de un delito de robo con intimidación con uso de arma blanca, a la pena de cinco años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de octubre de 2008,
Vengo en conmutar a don Antonio Parra Martínez la pena privativa de libertad impuesta por otra de tres años y seis meses de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de octubre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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