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Documento BOE-A-2008-18675

Orden EHA/3328/2008, de 20 de octubre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de la entidad La Caixa Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. U., por parte de Vida Caixa, S. A., de Seguros y Reaseguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2008, páginas 46140 a 46140 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-18675

TEXTO ORIGINAL

Las entidades La Caixa Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. U., y Vida Caixa, S. A., de Seguros y Reaseguros, han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción de La Caixa Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. U., por parte de Vida Caixa, S. A., de Seguros y Reaseguros. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que de conformidad con lo previsto en el artículo 24.6 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, la operación proyectada no menoscaba las garantías financieras de la entidad aseguradora absorbente, los derechos de sus asegurados ni la transparencia en la asunción de las obligaciones derivadas de los contratos de seguro, lo que justifica la autorización excepcional de la citada fusión. En consecuencia a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la entidad La Caixa Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. U, por parte de Vida Caixa, S. A., de Seguros y Reaseguros.

Segundo.-Declarar la extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades gestoras a la entidad La Caixa Gestión de Pensiones, Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S. A. U., una vez que se formalice en escritura pública y se inscriba en el Registro Mercantil la operación de fusión.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 20 de octubre de 2008.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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