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Documento BOE-A-2008-18699

Resolución de 8 de octubre de 2008, de la Dirección General de Industria de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se renueva la autorización de actuación como organismo de control a la entidad «Investigación y Control de Calidad, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2008, páginas 46175 a 46176 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-18699

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-con fecha 16 de julio de 2008, D. Miguel Ángel Sánchez de la Peña, en nombre y representación de Investigación y Control de Calidad, S. A. (INCOSA), con domicilio social en Parque Tecnológico de Castilla y León. Recinto 2, 47151 Boecillo (Valladolid) solicita, ante la Dirección General de Industria de la Junta de Castilla y León, renovación de la autorización como Organismo de control.

Segundo.-Aporta la acreditación número 96/EI170, otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), y su anexo técnico revisión 6, de fecha 28 de noviembre de 2007. Tercero.-La sociedad ha presentado, junto a la solicitud, la documentación exigida en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo.

Fundamentos de derecho

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y el Decreto 72/2007 por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Empleo.

Segundo.-En la documentación presentada se acredita que la empresa cumple las exigencias generales establecidas en el del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. Tercero.-En la documentación presentada se acredita que la empresa dispone en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de las instalaciones, medios materiales, así como de personal con la adecuada formación profesional, técnica y reglamentaria necesaria para realizar las actuaciones precisas en materia de Seguridad Industrial en el 5% de las instalaciones existentes. De acuerdo con lo indicado anteriormente, y vista la propuesta del Servicio de Reglamentación y Seguridad Industrial, esta Dirección General de Industria, resuelve:

Primero.-Renovar a la entidad «Investigación y Control de Calidad, S.A.» (INCOSA), la autorización para su actuación como Organismo de Control en los ámbitos siguientes: Instalaciones eléctricas.

Instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos. Construcción de máquinas con riesgo. Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención. (Ascensores). Instalaciones térmicas de edificios. Instalaciones contra incendios. Aparatos a Presión. Instalaciones Petrolíferas.

Según el anexo técnico Rev.6 y posteriores, para los que no sea exigible nueva resolución, por modificación del campo normativo, correspondiente a la acreditación 96/EI170.

Segundo.-Esta autorización queda limitada a las actuaciones reglamentarias enmarcadas en los Reglamentos y normativa técnica especificada en el documento de acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación, n.º 96/EI170 y su anexo técnico revisión n.º 6 de 28/11/2008. Tercero.-La citada entidad queda autorizada para actuar en los ámbitos reglamentarios y con las limitaciones expresadas en los puntos primero y segundo, en todo el territorio nacional, debiendo en todo caso, para actuar en cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. Adicionalmente y para la actuación en los campos reglamentarios citados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, la entidad autorizada cumplirá fielmente lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, mantendrá actualizados los datos existentes en la Dirección General de Industria, referentes a instalaciones, medios materiales, personal técnico, etc., aportará trimestralmente las inspecciones realizadas en el soporte informático que se establezca en cada caso, y así mismo atenderá las especificaciones que dicte el Servicio de Reglamentación y Seguridad Industrial para el mejor funcionamiento de las relaciones con la Administración. Quinto.-Cualquier variación de las condiciones y requisitos que sirvieron de base para la presente autorización, deberán comunicarse al día siguiente de producirse a la Dirección General de Industria de la Comunidad de Castilla y León. Sexto.-La entidad autorizada, para poder actuar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, deberá mantener al menos, los medios materiales, de personal e instalaciones que figuran en el expediente administrativo, y que se han considerado suficientes para atender, como mínimo, al 5% de las instalaciones existentes.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante la Excma. Sra. Viceconsejera de Economía en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de esta Resolución conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 8 de octubre de 2008.-El Director General de Industria, Carlos Martín Tobalina.

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