El artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, dispone que las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas mediante resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o esté vinculado o adscrito el organismo proponente, previo informe favorable de la Secretaría General para la Administración Pública. En su virtud, previo informe favorable de 18 de marzo de 2008 de la Dirección General de Organización e Inspección de Servicios de la Secretaría General para la Administración Pública, resuelvo:
Primero.-Aprobar la Carta de Servicios Electrónicos correspondiente al Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
Segundo.-Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de noviembre de 2008.-La Subsecretaria de Defensa, María Victoria San José Villacé,
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