Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-18869

Orden ESD/3359/2008, de 29 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Quinta.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 21 de noviembre de 2008, páginas 46819 a 46819 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-18869

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Joaquín Turina Gómez, solicitando la inscripción de la Fundación Quinta, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Joaquín Turina Gómez; Doña Susana María Calvo Roy; Doña María del Carmen Berzal Martín; Doña María Teresa Martínez Jiménez; Don Juan Abelairas Moreno; Doña Sara Isabel Palencia Pérez; Doña María Lourdes Martín Bravo; Don Manuel Herrada Romero; Don Félix Tomás López Hernández; Doña Esmeralda Martínez Pérez; Doña Ana María Molina Arias; Don Eduardo Ochoa Lanzadera; Doña Verónica María Ugarte Aparicio; Doña María Ángeles Martínez Ramos; Doña María Teresa Mansilla Martín; Doña Gema Remedios López López; Doña Ana Belén Asensio Asensio; Doña Aurora Raquel Labrador Toribio; Doña Ana Isabel Martín Galán; Doña Carmen Cecilia Monsalve Clemente; Doña María Pilar Herguera Martín; Don Fernando Turina de Santos; Doña María de la Concepción Turina Gómez; Doña Araceli Turina Gómez; Doña María Rocío Morán Turina; Don José Miguel Morán Turina; Doña Isabel Bennasar Cabrera; Don Esteban Turina de Santos; Doña María Pilar Clavero Liarte; Doña Ana Rebolledo Gómez; Doña Marta Sanz Rodríguez; Doña María de la Paloma Banús Gómez; Don Juan Labrador Robles; Doña Ana Pérez Gómez; Doña Eva María Palencia Pérez; Doña Anunciación Herraiz Herraiz; Doña Arsenia Romero Enriquez; Don Rafael Ignacio Herrada Romero; Doña María del Prado Ayala Muñoz; Doña Mónica Ventura Delgado; Don Juan Ayala Hernández; Doña María Teresa Martín Sevilla; Doña María Gema Muñoz Mendoza; Don Antonio María Calvo Roy; Don José Manuel Calvo Roy; Doña María Jesús García Romero; Don Abelardo Martín Cordero; Doña Isabel Margarita Pérez Gómez; Doña Marta Maíz Apellaniz; Don Enrique Herrada Romero y Don Rafael Herrada Lama, en Madrid, el 25 de junio de 2008, según consta en la escritura pública número tres mil doscientos setenta y cinco, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Manuel Hurlé González, que fue complementada por la escritura número cuatro mil sesenta, autorizada el 8 de septiembre de 2008, ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Ginzo de Limia, 55 -piso octavo, letra C y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación íntegramente desembolsada, consiste en el valor de la aportación en pleno dominio de la obra de arte, realizada por Don José Villegas Cordero, denominada «Retrato de Joaquín Turina», realizada en o/l., de 90X62 cm., que representa al compositor Joaquín Turina a la edad de 13 años, vestido como director de orquesta, valorado en veinticuatro mil euros (24.000 euros), según tasación llevada a cabo por Doña María Dolores Agustí Guerrero, Perito judicial, inscrita en el censo de peritos judiciales del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados de Madrid y perteneciente a la Asociación Nacional de Peritos Judiciales con el número 125 de asociada, incorporada a la escritura de constitución y la cantidad de seis mil euros (6.000 euros), en dinero, que ha sido desembolsada íntegramente y depositada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.-La ayuda y el apoyo a las familias que tengan en su seno una persona con autismo; 2.-La información y difusión de los temas relacionados con el autismo en su ámbito más general a la búsqueda de un acercamiento a la sociedad. 3.-Impulsar el tratamiento del autismo en todas las edades y todos los niveles. 4.-Cultivar y desarrollar en el ámbito individual y colectivo, la formación de las personas con autismo, como instrumento para lograr su mayor integración social, incidiendo en particular sobre la infancia y juventud y en particular, dentro del colectivo genérico, aquellos que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social. 5.-Estimular las capacidades de aprendizaje y laborales de las personas con autismo, tanto en el ámbito individual como en el colectivo, desde edades tempranas, procurándoles las circunstancias ambientales de la mejor calidad posible para su desarrollo. 6.-Impulsar y contribuir a la especialización y la formación de futuros profesionales de la docencia, el tratamiento y el cuidado de las personas con autismo. 7.-Prestar los mejores servicios, de enseñanza, de entretenimiento, de ocio, de preparación a la vida adulta, de inserción laboral, de vivienda y de cuidado en general de las personas con autismo, a través de los más eficaces medios y recursos, tanto humanos como materiales, a los que la Fundación pueda optar. 8.-Procurar la conectividad entre el sistema educativo o el sistema asistencial de las personas con autismo con el ámbito familiar o residencial de las mismas y con los demás órdenes de su existencia, configurando un sistema formativo y asistencial global, sólido y conexo que finalmente se constituya en un eficaz medio de protección para la infancia y juventud, y de asistencia en la vida adulta, ambos apoyados en el uso creativo del tiempo. 8.-Fomentar la participación de la iniciativa pública y privada al objeto de lograr los fines anteriores. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Joaquín Turina Gómez; Vicepresidenta: Doña Susana María Calvo Roy; Secretaria: Doña Ana María Molina Arias y Vocales: doña Sara Isabel Palencia Pérez y la entidad ADDISA, Sociedad Cooperativa Madrileña, representada por doña Ana Isabel Martín Galán. En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Quinta en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte. Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Quinta, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, calle Ginzo de Limia, número 55 -piso octavo, letra C, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 29 de septiembre de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid