Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-18941

Sentencia de 18 de marzo de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se acuerda revocar la sentencia n.º 52/2005, dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 2 de febrero de 2005, recaída en el recurso n.º 1917/1999, sobre declaración de utilidad pública del establecimiento de una subestación de 220 kw.; y estimar dicho recurso contencioso-administrativo, promovido por la entidad Red Eléctrica de España, S. A., declarando que la nueva línea forma parte de la red de transporte.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2008, páginas 46916 a 46917 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2008-18941

TEXTO ORIGINAL

Sentencia de 18 de marzo de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se acuerda revocar la sentencia n.º 52/2005, dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 2 de febrero de 2005, recaída en el recurso n.º 1917/1999, sobre declaración de utilidad pública del establecimiento de una subestación de 220 kw.; y estimar dicho recurso contencioso-administrativo, promovido por la entidad Red Eléctrica de España, S. A., declarando que la nueva línea forma parte de la red de transporte.

En el recurso de casación 2836/2005, interpuesto por la Entidad Red Eléctrica de España, S. A., representada por el Procurador don Jacinto Gómez Simón, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, en fecha 18 de marzo de 2.008, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que declaramos haber lugar y, por lo tanto, estimamos el presente recurso de casación n.º 2836/2005, interpuesto por la Entidad Red Eléctrica de España, S.A., contra la sentencia n.º 52/2005 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena) en fecha 2 de febrero de 2005, debemos revocar dicha sentencia, y declaramos estimar el recurso contencioso administrativo n.º 1917/1999, promovido por la Entidad Red Eléctrica de España, S. A., y declarando que la nueva línea forma parte de la red de transporte, en los términos expuestos en los fundamentos de esta sentencia; sin expresa condena en costas. Publíquese el fallo de esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional 29/1998, de 13 de julio.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Magistrados: Excmo. Sr. D. Oscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado; Excmo. Sr. D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid