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Documento BOE-A-2008-18956

Orden CIN/3369/2008, de 6 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2008, páginas 46970 a 46974 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-18956

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 17 plazas de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5048, por el sistema de promoción interna.

Del total de estas plazas se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Las plazas corresponden a los siguientes Organismos Públicos de Investigación: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Español de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o Bachiller Elemental. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Requisitos específicos

5.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:

5.1.1 Personal funcionario de carrera: a) Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales de la Administración General del Estado (Cuerpos o Escalas del antiguo Grupo E de la Ley 30/1984, de 2 de agosto).

b) Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales Postales y Telegráfica (Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos adscritos al antiguo grupo E). c) Funcionarios de carrera de agrupaciones profesionales del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, con destino definitivo en la Administración General del Estado (Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones del antiguo grupo E con destino definitivo en la Administración General del Estado).

5.1.2 Personal laboral fijo: Podrán participar quienes pertenezcan como personal laboral fijo al grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional del II Convenio Único o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y encontrarse destinado en alguno de los Organismos Públicos Investigación o en otras Unidades donde desarrolle funciones de apoyo, colaboración o participación en proyectos de investigación científica y ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios. 5.2 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años:

5.2.1 Como funcionario de carrera en alguna de las agrupaciones profesionales mencionadas en el punto 5.1.1.

5.2.2 Como personal laboral fijo en la categoría de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, del II Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de la Administración General del Estado.

Se entenderá que una categoría o grupo profesional se encuentra en situación equivalente a los efectos previstos en esta Convocatoria, cuando sus funciones, contenido profesional y nivel técnico resulte coincidente con el grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional el II Convenio Único teniendo en cuenta a estos efectos los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001.

5.3 La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios y Organismos donde presten sus servicios, según modelo que figura en los anexos V y VI de esta Orden.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

6.2 La presentación de solicitudes se realizará en los Registros Generales del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Avenida de la Complutense, 22 28071 Madrid); del Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31, 28020 Madrid), del Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Secretario de Estado de Investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice en ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Secretario de Estado de Investigación. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 6 de noviembre de 2008.-La Ministra de Ciencia e Innovación, P.D. (Orden CIN/3022/2008, de 20 de octubre), la Subsecretaria de Ciencia e Innovación, Teresa Gómez Condado.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. La fase de oposición constará de un ejercicio, de carácter eliminatorio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas, con respuesta múltiple de las cuales una de ellas será la correcta, sobre las materias incluidas en el temario que figura como anexo I a esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. El ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 50 puntos para superar el ejercicio. 1.2 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días naturales para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimosexta de la Orden APU/347/2007, de 14 de noviembre («BOE» de 27 noviembre). En el anexo V se incluye el modelo que debe cumplimentar el personal funcionario de carrera, en el anexo VI el modelo que corresponde al personal laboral fijo. 2. Fase de concurso: En esta fase se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos previsto en el punto anterior, los siguientes méritos:

Personal funcionario de carrera: 2.1 Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, en agrupaciones profesionales de la Administración General del Estado (Cuerpos o Escalas del antiguo grupo E de la Ley 30/1984, de 2 de agosto), en agrupaciones profesionales Postales y Telegráficas o en agrupaciones profesionales del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y los reconocidos hasta la fecha indicada al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2.2 Trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerios de Educación y Ciencia: Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de Educación y Ciencia hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a razón de 1,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos. 2.3 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado duodécimo de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado consolidado inferior a 10: 7 puntos.

Grado 10: 8 puntos. Grado 11: 9 puntos. Grado 12: 10 puntos. Grado 13: 11 puntos. Grado 14: 12 puntos.

Asimismo, se otorgarán 2 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma, como funcionario de carrera, al menos dos años.

2.4 Por estar desempeñando un puesto de trabajo en el Organismo al que se refiere la base 1 de la Convocatoria en el momento de la fecha de publicación de la convocatoria: 2 puntos. 2.5 Personal laboral fijo:

2.6 Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del trabajador en la Administración, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, correspondiente tanto a los servicios prestados como a los reconocidos hasta la fecha indicada, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2.7 Trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación: Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación hasta la fecha de la publicación de la convocatoria, a razón de 1,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos. 2.8 Tiempo de permanencia en la categoría y grupo profesional a que se refiere la presente convocatoria: Se valorará el tiempo de permanencia en la misma, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, en el grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional del II Convenio Único o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado, a razón de 1,70 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos. 2.9 Por estar desempeñando un puesto de trabajo en el Organismo al que se refiere la base 1 de la Convocatoria en el momento de la fecha de la publicación de la convocatoria: 2 puntos. 2.10 Por la superación de procesos selectivos para acceder a la condición de personal laboral fijo 2 puntos.

3. Calificación del concurso-oposición: La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda aplicarse para superar el ejercicio de la fase de oposición, ni se pueda exceder el número de plazas convocadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición. De continuar el empate, se atenderá, sucesivamente, a los siguientes criterios: a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad y al trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación, por este orden. Si aún hubiere lugar para ello, se atenderá al mayor nivel de titulación académica poseída. Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la Administración, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria.

4. Las pruebas selectivas se celebrarán en Madrid.

ANEXO II Programa

Tema 1. La Administración General del Estado: órganos centrales y territoriales. Organismos Públicos: organismos autónomos y entidades públicas empresarias. Tema 2. El Ministerio de Ciencia e Innovación. Organización y funciones. Los Organismos Públicos de Investigación. Tema 3. La investigación científica y técnica. La Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica. Tema 4. Estructura de la materia: átomos y moléculas. Tema 5. Elementos químicos: sistema periódico (metales y no metales). Tema 6. Magnitudes y unidades: longitud, masa, tiempo. Tema 7. Magnitudes y unidades: temperatura y humedad. Tema 8. La célula: estructura y función. Tipos de células. Tema 9. Rocas y minerales. Clasificación e identificación. Tema 10. Normas y buenas prácticas de laboratorio. Normas básicas de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Procedimientos normalizados. Tema 11. Toma y preparación de muestras. Técnicas de conservación y preparación. Tema 12. Conceptos básicos en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales. La seguridad en el laboratorio.

ANEXO III Tribunal Calificador

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios. Tribunal titular:

Presidente: Sr. Manuel Fernández García. Escala Técnicos Especialistas de Grado Medio de OPIs.

Secretario: Sr. Juan Luque Priego, Cuerpo General Administrativo de la AGE. Vocales: Sra. Araceli Cabañas Pastor, Escala Técnicos Superiores Especialistas de OPIs; Sr. José Antonio Reviriego Alia, Escala de Ayudantes de Investigación OPIs; Sr. Javier Cabanillas Bravo, Escala de Gestión de Empleo del INEM. Tribunal suplente:

Presidente: Sr. Pedro Prado Herrero, Escala Técnicos Superiores Especialistas de OPIs.

Secretaria: Sra. María Jesús Casado García, Cuerpo de Gestión de la AGE. Vocales: Sra. Mercedes Navarro García, Escala de Ayudantes de Investigación de OPIs; Sra. María Calvo Llanos, Cuerpo Gral. Auxiliar AGE; Manuela Muñoz García, Cuerpo de Gestión de la AGE.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación». En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará únicamente la expresión «Auxiliares de Investigación». En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P» (promoción interna). En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Ciencia e Innovación». En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la presente convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el apartado «Exigidos en la convocatoria», se consignará en el apartado «Exigidos en la convocatoria», se hará constar la titulación o requisito que se cumple para poder participar en estas pruebas selectivas, de acuerdo con lo establecido en la base 4. En el recuadro 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria»:

En el recuadro A) se especificará en el caso del personal funcionario, el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala al que pertenece el aspirantes. Y en el caso del personal laboral fijo, el grupo profesional, categoría y convenio del aspirante.

En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el recuadro C) el Centro Directivo.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 5,17 € y para las familias numerosas de categoría general 2,59 €.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación, Política Social y Deportes. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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