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Documento BOE-A-2008-19081

Resolución de 9 de julio de 2008, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se publica la modificación del Acuerdo por el que se encomienda al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo la gestión de la actividad de elaboración y puesta a disposición de mobiliario para la dotación de los centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2008, páginas 47234 a 47235 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-19081

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado de Seguridad y el Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, con fecha 9 de julio de 2008, han acordado la modificación de la encomienda al Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo de la gestión de la actividad de elaboración y puesta a disposición de productos textiles para la dotación de los centros penitenciarios.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de julio de 2008.-La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo Llamas.

ANEXO Modificación del Acuerdo por el que la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (actualmente Secretaria General de Instituciones Penitenciarias) encomienda al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo la gestión de la actividad de elaboración y puesta a disposición de mobiliario para la dotación de los centros penitenciarios

De una parte, el Sr. D. Antonio Camacho Vizcaíno, Secretario de Estado de Seguridad, en el ejercicio de sus competencias de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 6/97, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. De otra, la Sra. D.ª Mercedes Gallizo Llamas, Presidenta del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, en el ejercicio de sus competencias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5, apartados 1, 2.a) y 2.c), del Real Decreto 868/2005, de 15 de julio.

Las partes reunidas se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente acuerdo.

MANIFIESTAN

Primero.-Que, con fecha 19 de diciembre de 2006 se procedió a suscribir acuerdo consistente en encomendar al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, la elaboración y puesta a disposición de determinados productos textiles para la dotación de los centros penitenciarios. Dichos bienes han de cumplir la condición de haber sido confeccionados, fabricados, transformados o manipulados en los talleres productivos gestionados por el Organismo Autónomo en los centros penitenciarios dependientes de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (actualmente Secretaría General).

Dicho acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008. Segundo.-Que, conforme a lo establecido en la cláusula tercera del referido acuerdo, por necesidades sobrevenidas podrán ser modificados tanto el número como el tipo de producto definido en el anexo I, debiendo ser aceptadas por el encomendado las variaciones que se produzcan en el importe total a pagar por el encomendante, sean al alza o a la baja. Tercero.-Para el presente ejercicio 2008, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, ha de adquirir los artículos que se relacionan como anexo al presente documento, para cubrir las necesidades de vestuario de internos que han sido solicitados por los centros penitenciarios. Las características técnicas de los artículos a adquirir se especifican asimismo en el referido anexo. Ello supone tanto un aumento del número de productos textiles, como la modificación de las características técnicas de los artículos inicialmente relacionados en el vigente acuerdo. Cuarto.-Que el importe máximo estimado de los artículos propuestos (impuestos incluidos) es de 2.557.924,95 euros para el presente ejercicio, cantidad superior al importe estimado en la cláusula segunda del acuerdo de 19 de diciembre de 2006, fijada en 1.049.575,07 euros. En consecuencia, procede que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, como titular de la competencia para la dotación de los centros penitenciarios, modifique la encomienda de gestión al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo la elaboración y puesta a disposición de determinados bienes muebles para la dotación de los centros penitenciarios, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Se modifica e incrementa el importe máximo estimado para el ejercicio 2008 en la cláusula segunda del acuerdo, quedando fijado en 2.557.924,95 euros.

Segunda.-Se modifica el anexo I del acuerdo, que queda sustituido por el que se adjunta al presente documento, por el que se definen los artículos a entregar por el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y su importe unitario, la distribución de los mismos por centros penitenciarios y las prescripciones técnicas que han de cumplir.

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se extiende el presente acuerdo, en duplicado, en Madrid a nueve de julio de dos mil ocho.-El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.-La Presidenta del Organismo Autónomo de Trabajo y Formación para el empleo, Mercedes Gallizo Llamas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/07/2008
  • Fecha de publicación: 26/11/2008
Materias
  • Dirección General de Instituciones Penitenciarias
  • Encomienda de gestión
  • Instituciones penitenciarias
  • Organismos autónomos
  • Productos textiles
  • Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo

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