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Documento BOE-A-2008-19625

Resolución de 10 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la adenda al Convenio marco de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el desarrollo del Programa Ciudades Digitales Electrónicas en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 4 de diciembre de 2008, páginas 48606 a 48609 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-19625

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Programa Ciudades digitales electrónicas, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de noviembre de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

CUARTA ADENDA DEL AÑO 2008 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADES DIGITALES ELECTRÓNICAS EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 22 de octubre de 2008.

Reunidos

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. D. Conrado Escobar Las Heras, en su calidad de Consejero de Administraciones Públicas y Política Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, facultado para este acto en virtud del artículo 42.1k) de la Ley 8/2003, de 28 de noviembre, de Gobierno e incompatibilidades de sus miembros. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

Manifiestan

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 18 de julio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja en su ámbito territorial:

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. La Consejería de Administraciones Públicas y Política Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ejercicio de las competencias atribuidas conforme al Decreto 39/2007, de 13 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tiene como funciones el desarrollo de actuaciones tendentes a la simplificación y racionalización de la actividad administrativa y la utilización de herramientas y sistemas de calidad para la mejora de la prestación de los servicios públicos, así como la planificación para el desarrollo y extensión de la banda ancha a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. Que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el presente texto se ha aprobado por Resolución de 17 de septiembre de 2008, del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, al entenderse incluida dicha facultad en el ámbito del Acuerdo de Gobierno de 2 de abril de 2004 (B.O.R. n.º 45, de 8 de abril de 2004), por el que se delega la facultad para la aprobación de los convenios que celebre la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos y se determinan sus normas procedimentales. IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas. V. Que el programa Ciudades Digitales se enmarca en el conjunto de actuaciones encomendadas al Gobierno de La Rioja y en concreto a su Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, a la que se adscribe la Agencia del Conocimiento y la Tecnología que tiene como misión la de dinamizar la participación de los agentes riojanos para avanzar en la sociedad del conocimiento y consolidar el desarrollo de la administración electrónica, fomentando el uso eficiente de las tecnologías de la información y comunicación, y promoviendo la gestión del conocimiento y capacitación tecnológica de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Creada la Agencia del Conocimiento y la Tecnología en el año 2006 el desglose de su misión constituye la estrategia del Gobierno de La Rioja en materia del desarrollo de la Sociedad del Conocimiento que constituye ahora el eje del proyecto ciudad/comunidad digital 2007-2010:

«... dinamizar la participación de los agentes riojanos para avanzar en la sociedad del conocimiento. La Agencia pretende dinamizar la participación de todos los agentes riojanos en la definición y el desarrollo de diversas iniciativas que faciliten el avance en la Sociedad del Conocimiento, apoyando iniciativas que eliminen la brecha digital, que faciliten el desarrollo del tejido empresarial en materia de TICs, que posicionen a La Rioja como referente a nivel internacional en determinados campos, y que contribuyan a la atracción de capital intelectual y a la potenciación de la innovación en todos los ámbitos.»

«... y consolidar el desarrollo de la administración electrónica, tanto a nivel regional como local. La Agencia contribuirá a la progresiva incorporación de las nuevas tecnologías en el Gobierno de La Rioja y en los Ayuntamientos, en especial aquellos con menor nivel de desarrollo, buscando con ellos la modernización y optimización de los procesos y la mejora de los servicios que prestan a los ciudadanos riojanos, potenciando la transparencia, la agilidad, la participación y la facilitación de las relaciones de los ciudadanos con la Administración.» «... fomentando el uso eficiente de las Tecnologías de la Información y Comunicación. La Agencia será el responsable de la planificación e implementación de un sistema integrado de infraestructuras de telecomunicaciones, fomentando el uso eficiente de los recursos y el aprovechamiento de sinergias.» «... y promoviendo la gestión del conocimiento y capacitación tecnológica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La Agencia deberá jugar un papel fundamental para fomentar la innovación y la gestión del conocimiento en el campo de las nuevas tecnologías, apoyando proyectos de innovación e investigación en colaboración con los agentes del sector, conociendo el estado del arte en la tecnología, realizando tareas de observatorio en múltiples áreas (sobre la evolución de La Rioja en relación con la Sociedad del Conocimiento, sobre experiencias de Administración electrónica, sobre proyectos de investigación en otros ámbitos, etc.), participando en proyectos de ámbito nacional y europeo en los que poder compartir experiencias y posicionar a La Rioja, y apostando por la formación y capacitación tecnológica tanto de sus empleados como de otros agentes relevantes como la Universidad de La Rioja y el tejido empresarial y los ciudadanos en general.»

Para la ejecución de esta orientación se despliegan un conjunto de actuaciones que atendiendo a las peculiaridades de nuestra Comunidad Autónoma parten del desarrollo de una experiencia de Ciudad/Comunidad Digital que sirva de cuyas experiencias sirvan de elemento dinamizador y referente de posteriores actuaciones en la materia. VI. Que el Programa Ciudades Digitales Electrónicas enmarcado en el área de actuación de Servicios Públicos Digitales del Plan Avanza, se orienta, de acuerdo a la Ley para el Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas, a garantizar el derecho de los Ciudadanos de realizar todas sus gestiones con la Administración Local por medios electrónicos.

Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Garantizar el acceso a los servicios públicos a través de Internet, el teléfono móvil, la televisión o cualquier otro medio electrónico que pueda aparecer en el futuro.

Impulsar que la realización de trámites, la recepción de información y las comunicaciones a través de medios electrónicos tengan la misma validez jurídica que las que se realizan de forma tradicional en papel, así como eliminar la obligatoriedad para el ciudadano de presentar documentos que ya estén en poder de las administraciones locales. Garantizar todas las garantías de calidad, seguridad y confidencialidad. Posibilitar que se puedan utilizar los idiomas cooficiales para comunicarse con las administraciones locales.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

Acuerdos

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo del Programa Ciudades Digitales Electrónicas en el marco del Plan Avanza.

Segundo. Modalidades de ejecución.-Se contemplan dos instrumentos o modalidades para llevar a cabo las actuaciones del Programa Ciudades Digitales Electrónicas:

1. Ejecución directa por parte de la Comunidad Autónoma. En este caso, las actuaciones se concretan en las actividades y programas detallados como Anexo a esta Adenda.

2. A través de Acuerdos de Colaboración o convocatorias de ayudas públicas entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales.

En el caso de que la Comunidad Autónoma desee suscribir Acuerdos de Colaboración directamente con las entidades locales, se deberá realizar una Convocatoria pública a la que podrán acudir, en régimen de concurrencia competitiva, aquellas ciudades o entidades locales en su caso, que cumplan un conjunto de requisitos objetivo previamente establecidos. Estos requisitos deberán ser conocidos por el MITYC con anterioridad a su publicación, que expresará su conformidad con los mismos.

La selección de las propuestas presentadas a la convocatoria por las entidades locales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma se realizará por una comisión paritaria formada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja. La composición de dicha comisión de valoración quedará definida en la convocatoria referida anteriormente. Una vez evaluadas las propuestas por la Comisión de valoración se procederá a la publicación de aquéllas que hayan sido seleccionadas. La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 4.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Tercero. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Séptimo.

En el caso de ejecución directa de las actuaciones por la Comunidad Autónoma, proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas a desarrollar por la Comunidad Autónoma de La Rioja en cumplimiento del Programa; o bien participar en la comisión paritaria formada para la selección de las propuestas presentadas si se opta por establecer Acuerdos de Colaboración entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del Plan Avanza y en particular de este Programa. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudades Digitales Electrónicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Cuarto. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de La Rioja se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Séptimo.

Ejecutar los instrumentos precisos conducentes a alcanzar los objetivos del Programa Ciudades Digitales Electrónicas; en el caso de optar por Acuerdos de Colaboración entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales, llevar a cabo la convocatoria pública de selección de ciudades o entidades locales y participar en la comisión paritaria formada para la selección de las propuestas presentadas. Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudades Digitales Electrónicas en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudades Digitales Electrónicas, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Quinto. Tipos de proyectos y actuaciones objeto de las ayudas.-Los proyectos y actuaciones financiables deberán estar incluidos en una o varias de las líneas siguientes:

a) Servicios y Aplicaciones de Administración electrónica. Estos proyectos podrán complementar o reforzar las actuaciones que se están desarrollando por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dentro del Programa Avanza Local, en los siguientes aspectos: Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas.

Actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.

b) Servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas del entorno local: Proyectos, que mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, estén dirigidos a mejorar los servicios públicos preferentemente en los siguientes aspectos: comercio electrónico, teleasistencia, servicios relacionados con la cultura, turismo y ocio y, servicios orientados a favorecer la accesibilidad de colectivos con necesidades especiales.

c) Formación: Este es unos de los objetivos básicos a conseguir ya que es una pieza fundamental para reducir la brecha digital. La formación es tan importante que para que los ciudadanos la reciban se armonizarán las actividades que contenga este Proyecto con otros Proyectos que desarrolle la propia Comunidad Autónoma, el MITYC o bien la Entidad Red.es d) Difusión: Se considera un objetivo principal la difusión de todas las actuaciones tanto entre los ciudadanos del municipio (para que se involucren y formen parte de la ciudad digital) como entre otros municipios similares del resto del país para fomentar y difundir las mejores prácticas y las experiencias más exitosas.

Sexto. Gestión y ejecución.

1. La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de La Rioja con fecha 18 de julio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o el artículo 4.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, según proceda.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

2. Plazos de ejecución y de justificación: Los proyectos deberán ejecutarse desde la firma del convenio hasta 31 de diciembre de 2009.

La justificación de las inversiones ejecutadas se realizará antes del 31 de diciembre de 2009. 3. Responsabilidad de coordinación y seguimiento de la adenda: El órgano encargado de la dirección del Proyecto será la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local del Gobierno de La Rioja.

Séptimo. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2008, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2008

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

MITYC

846.830

CAR y/o Entidades Locales

1.270.245

Total Administraciones Públicas

2.117.075

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de La Rioja a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, _846.830 €_ €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Octavo. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Ciudades Digitales Electrónicas, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de La Rioja presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Noveno. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga. Décimo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artícu- lo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Undécimo. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización. Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO Programa Ciudades Digitales Electrónicas

Descripción de las actuaciones

Actuación:

1. Desarrollo de la Administración Electrónica Riojana

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Uno de los principales objetivos que ha mantenido el Gobierno de La Rioja a lo largo de los últimos años es acercar la Administración al ciudadano, asumiendo el reto de aproximar y simplificar nuestros servicios a través de la administración electrónica.

Mejorar la relación con el ciudadano pasa necesariamente por la modernización de los procesos de gestión a través de las tecnologías de la información. Así, el Gobierno de La Rioja se ha marcado el reto de implantar un modelo de administración que ofrezca al ciudadano flexibilidad y comodidad en sus gestiones, una administración con «memoria de cliente» que evite al ciudadano tener que presentar documentos que ya están en su poder y minimice la información que le requiere y una administración que informe en todo momento a sus ciudadanos de la situación de sus trámites y los pasos a seguir. Se trata de garantizar el derecho de ciudadanos y empresas a realizar todas sus gestiones con la Administración por medios electrónicos, reduciendo la complejidad de los trámites y proporcionando una mayor agilidad y flexibilidad, que redunden en que los servicios públicos ofrecidos por nuestra Administración sean, en definitiva, mejores, más rentables y más eficaces. Para la consecución de este objetivo principal, el Gobierno de La Rioja es consciente de la importancia de los principios de cooperación, interoperabilidad, accesibilidad y simplificación administrativa, todos ellos recogidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Hasta hace poco tiempo, todos los esfuerzos realizados en este ámbito iban dirigidos exclusivamente a poner a disposición del ciudadano mayor número de servicios electrónicos. Hoy en día, sin embargo, no debemos conformarnos tan sólo con aumentar cuantitativamente nuestros servicios, sino que debemos prestar una especial atención a la calidad de los mismos y poner un mayor énfasis en la necesidad de compartir servicios entre las distintas administraciones, logrando unos servicios públicos interoperantes. Con esta actuación se pretende:

Facilitar el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes por medios electrónicos.

Facilitar el acceso por medios electrónicos de los ciudadanos y las empresas a la información y al procedimiento administrativo, con especial atención a la eliminación de las barreras que limiten dicho acceso. Crear las condiciones de confianza en el uso de los medios electrónicos. Promover la proximidad con el ciudadano y la transparencia administrativa. Simplificar los procedimientos administrativos.

De forma más concreta podemos señalar, entre otros, una serie de servicios electrónicos en los que va a trabajar el Gobierno de La Rioja para garantizar el derecho de los ciudadanos a realizar sus gestiones de forma telemática:

Implementación de aplicaciones o sistemas de identificación y autenticación de los ciudadanos mediante Certificado Digital o DNI-e. Tanto los certificados electrónicos como la firma electrónica son herramientas fundamentales para la mejora de la seguridad. Ambos instrumentos son capaces de garantizar la seguridad en las comunicaciones y la identidad de los usuarios, permitiendo la comprobación de la procedencia y asegurando la integridad de los mensajes intercambiados a través de la red.

Sistemas de Notificaciones Electrónicas Seguras. Se trata de poner a disposición de cualquier persona física o jurídica la posibilidad de recibir de forma alternativa por vía telemática las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Sistemas de envío de SMS. La tecnología móvil supone un canal de comunicación perfecto para facilitar la integración entre las administraciones públicas y los ciudadanos. Mediante las soluciones de mensajería SMS las diferentes administraciones pueden mantener perfectamente informados a sus ciudadanos de forma rápida y eficaz. Sistemas de facturación electrónica, que posibiliten que las empresas puedan facturar de forma electrónica a las administraciones regional y local. Sistemas telemáticos de contratación administrativa que permitan agilizar los trámites de licitación con los proveedores. Plataformas de integración con otros organismos. Cada vez más, diferentes organismos en posesión de información de ciudadanos y empresas están poniendo a disposición de otras entidades dicha información. Se trata de crear un módulo que centralice la funcionalidad de interconexión telemática.

Además, se garantiza que en todas y cada una de las actuaciones que se pongan en marcha se incorporarán niveles de accesibilidad que cumplan los criterios y condiciones establecidos para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información.

Finalmente la actuación contemplará las medidas orientadas al desarrollo de la Administración Electrónica, y en especial al cumplimiento de lo previsto en la Ley 11/2007, en relación a los municipios de nuestra Comunidad Autónoma que en atención a los medios de que dispongan y la capacitación de sus empleados públicos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Número de procedimientos administrativos disponibles para teletramitación.

Número de procesos en los que se dan notas de interoperabilidad. Número de procedimientos simplificados. Porcentaje de documentos suprimidos en cada procedimiento. Reducción de tiempos de tramitación. Número de desplazamientos evitados. Porcentaje de internautas riojanos que navegan por páginas de alguna Administración Pública. Porcentaje de ciudadanos que interactúan con la Administración a través de Internet. Porcentaje de empresas que interactúan con la Administración a través de Internet. Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2008-2009

MITYC

846.830 €

CA

1.270.245 €

Total

2.117.075 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2008-2009

MITYC

846.830

CA

1.270.245 €

Total

2.117.075 €

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

El Secretario General Técnico de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.

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