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Documento BOE-A-2008-19725

Orden CIN/3537/2008, de 31 de octubre, por la que se crea la Mesa Única de Contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 5 de diciembre de 2008, páginas 48867 a 48868 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2008-19725
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/10/31/cin3537

TEXTO ORIGINAL

El artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, establece que, salvo que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 161.1, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de Contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. El artículo 17 del Real Decreto 432/2008, de 12 de abril por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Ciencia e Innovación, desarrollándose su estructura orgánica básica por el Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio, que atribuye en su artículo 9.1.j) a la Subsecretaría del Departamento a través de la Subdirección General de Administración Financiera, Régimen Interior e Inspección de los Servicios, el estudio, preparación y propuesta de los contratos que celebre el Departamento sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores o directivos del Ministerio, así como la coordinación de los órganos colegiados del departamento en materia de contratación. La nueva estructura organizativa creada, aconseja crear y regular la Mesa Única de Contratación que, con carácter permanente, asistirá a los diversos órganos de contratación de los servicios centrales del Departamento, evitando la proliferación de Mesas dispersas y unificando con ello los criterios a efectos de adjudicación de los contratos. En su virtud, con la previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1. Creación y composición de la Mesa Única de Contratación.

1. Se crea una Mesa Única de Contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación, adscrita a la Subsecretaría sin perjuicio de las que pudieren constituirse en los organismos públicos adscritos al departamento.

2. La Mesa Única de Contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Secretario General Técnico.

b) Vicepresidente: El Subdirector General de Administración Financiera, Régimen Interior e Inspección de los Servicios. c) Vocales:

1.º Un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el Departamento.

2.º Un Interventor de la Intervención Delegada en el Departamento. 3.º Un funcionario, con nivel, al menos, de Consejero Técnico, por cada órgano superior o directivo relacionado con el expediente administrativo a tratar, designado por su titular.

d) Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Administración Financiera, Régimen Interior e Inspección de los Servicios. Éste podrá ser sustituido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por otro funcionario de dicha Subdirección que designe el Presidente de la Mesa. 2. Por decisión de su Presidente, a las reuniones de la Mesa de Contratación podrán incorporarse, con voz pero sin voto, cuantos asesores especializados se consideren necesarios, cuando así lo requiera la naturaleza de los asuntos a tratar.

Artículo 2. Atribuciones y funcionamiento de la Mesa Única de Contratación.

1. La Mesa Única de Contratación actuará en los supuestos previstos en el artículo 295 de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.

2. La Mesa Única de Contratación se reunirá cuando la convoque el Presidente, en atención a los expedientes de contratación que haya de tramitarse, y que, de acuerdo con esta Orden, exijan su intervención.

Disposición transitoria única. Apoyo en la tramitación de contratos.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte seguirá tramitando los procedimientos administrativos de contratación hasta que los mismos puedan ser gestionados en todas sus fases por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Disposición final primera. Régimen jurídico de la Mesa Única de Contratación.

La Mesa Única de Contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación se regirá por lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de octubre de 2008.-La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/10/2008
  • Fecha de publicación: 05/12/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 06/12/2008
  • Fecha de derogación: 04/07/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden ECC/1446/2012, de 29 de junio (Ref. BOE-A-2012-8851).
Referencias anteriores
Materias
  • Mesas de Contratación
  • Ministerio de Ciencia e Innovación

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