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Documento BOE-A-2008-19813

Resolución de 29 de octubre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo del programa Pyme Digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 6 de diciembre de 2008, páginas 48982 a 48986 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-19813

TEXTO ORIGINAL

Suscrita adenda al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del programa Pyme Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 29 de octubre de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PYME DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA EN EL AÑO 2008

En Madrid, a 4 de julio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, la Sra. Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, doña Pilar Ventura Contreras, en virtud del Decreto de 15 de abril de 2008, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según acuerdo de este órgano de fecha 24 de junio de 2008. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio marco de colaboración, firmado con fecha 3 de mayo de 2006, para el desarrollo del Plan Avanza son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón reformado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, que le atribuye la competencia exclusiva en materia de investigación desarrollo e innovación científica y técnica, que comprende, en todo caso y entre otras cuestiones, el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información y más en concreto en virtud del Decreto 62/2008, de 15 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, que le atribuye la promoción, el fomento e implantación de las tecnologías para la sociedad de la información.

Que en el Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente, mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras, observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas. IV. El Gobierno de Aragón ha aprobado el Plan Director para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, diseñado como marco de referencia para su acción política en el desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma. Dicho Plan incluye entre sus estrategias operativas el establecimiento de un entorno dinámico de actividad empresarial, que responde al objetivo de configurar un entorno dinámico de actividad empresarial por medios telemáticos, facilitando la integración de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos de las empresas, con especial atención a la PYME. Dicha estrategia se materializa en dos programas: «Negocio Digital», que recoge las actuaciones directas que persigan aumentar la penetración de las TIC en la empresa, particularmente en los procesos productivos y comerciales, y en especial aquéllas que tienen por destino la PYME; y el programa «Gestión Digital», que, basándose en la necesidad de concienciar a las empresas de los beneficios potenciales de la incorporación de las TIC, recoge diferentes actuaciones orientadas a la formación de directivos y jóvenes titulados, tanto en los nuevos modelos de gestión y dirección como en los procesos de asimilación tecnológica en la empresa. V. Que el Programa PYME Digital enmarcado en el área de actuación de Competitividad e Innovación del Plan Avanza, se orienta a Incrementar el grado de adopción de las TIC en las PYMES españolas, aumentar la implantación del negocio electrónico, e impulsar la implantación de la factura electrónica. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital. Utilización de los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos. Fomento de la disponibilidad de nuevas soluciones de negocio electrónico, incluida la factura electrónica, fácilmente aplicables en las PYMES. Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES. Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las Administraciones Públicas. Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante, MITYC) y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Programa Pyme Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segunda. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en la cláusula Quinta.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas a ejecutar por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. Implantar la Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participar, a través de representantes del MITYC, en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Pyme Digital en la Comunidad Autónoma de Aragón a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercera. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de la Aragón se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en la cláusula Quinta.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Efectuar las actividades de difusión y divulgación del Programa Pyme Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Pyme Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse la adecuada publicidad de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo, la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y del FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarta. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de esta Adenda y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en la cláusula Primera se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio marco. En particular:

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un organismo público, una empresa pública o entidad fundacional promovida por las administraciones públicas de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 38 y concordantes de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y por lo dispuesto en la normativa de contratación pública.

Los contratos que se formalicen en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho organismo público o una empresa pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y se regirán por lo dispuesto en la normativa contractual pública. La concesión de las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, se efectuará conforme a la normativa aplicable en la Comunidad Autónoma en materia de subvenciones y de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla.

Quinta. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2008, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2008

Financiadores

Aportaciones Económicas €

MITYC

596.329,00

CA

894.493,50

Total Administraciones Públicas

1.490.822,50

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Aragón, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 596.329,00 € (quinientos noventa y seis mil trescientos veintinueve euros), con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Podrán incluirse en la citada financiación los gastos generados por las actuaciones previstas en esta Adenda y ejecutadas desde el 1 de enero de 2008. Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sexta. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias del Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Pyme Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de Aragón presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptima. Vigencia.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de dos años. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga. Octava. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Bilateral del Convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Novena. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por triplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

PROGRAMA PYME DIGITAL 2008

Descripción de las actuaciones

Actuación 01. Subvenciones a la conexión a internet mediante banda ancha en el ámbito rural y periurbano, dirigidas a pequeñas y medianas empresas y autónomos

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Beneficiarios: Las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores autónomos radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Actuaciones subvencionables: La adquisición de equipos y sistemas precisos para la conexión a Internet, a través de cualquier tecnología o plataforma, y las instalaciones destinadas al establecimiento de redes locales inalámbricas. Requisitos: Estar ubicado en el medio rural o periurbano. Objetivos: Las conexiones de banda ancha permiten incrementar significativamente la velocidad de transmisión de entre ordenadores, teléfonos móviles, adaptadores de televisión y otros dispositivos digitales. La próxima generación de servicios se basará en estas características. Las tecnologías de banda ancha, debidamente explotadas, permitirán utilizar las redes de manera más efectiva, con el consiguiente incremento de la productividad y el empleo. Por ello se convoca una línea de subvenciones cuya finalidad es financiar, a fondo perdido, la adquisición de equipos y sistemas precisos para la conexión a Internet en el medio rural o periurbano, mediante banda ancha, a través de cualquier tecnología o plataforma, y las instalaciones destinadas al establecimiento de redes locales inalámbricas. Estas subvenciones van dirigidas a las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores autónomos radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de beneficiarios.

Inversiones realizadas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2008: MITYC: 0,00 €.

CA: 30.000,00 €. Total: 30.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 02. Adaptación e integración de aplicaciones a Digital Business Ecosystem (DBE)

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Digital Business Ecosystem (DBE) es un proyecto europeo que tiene por objetivo el desarrollo e implantación de una nueva plataforma de negocio digital que permita el intercambio de conocimientos y negocios de forma más rápida y flexible. Con este proyecto se pretende validar los modelos de negocio basados en ecosistemas digitales, y que son soportados por este tipo de plataformas, para la mejora de la competitividad y la productividad de las empresas en diferentes sectores económicos.

Esta medida supone el seguimiento técnico del proyecto DBE, llevado a cabo a través del Instituto Tecnológico de Aragón, así como una convocatoria de subvenciones para la adaptación de aplicaciones a la la plataforma del Digital Business Ecosystem (DBE). Beneficiarios: Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) y microempresas del sector de tecnologías de la información y las comunicaciones. Actuaciones subvencionables: La adaptación e integración de aplicaciones del sector turístico, o relacionadas con éste, en la plataforma del Digital Business Ecosystem (DBE). Dichas actuaciones deberán constar de las siguientes fases:

a) Fase 1. Análisis, diseño e integración de una aplicación existente del sector turístico, o relacionada con éste, al DBE.

b) Fase 2. Implantación en un mínimo de dos usuarios finales de la aplicación adaptada a la plataforma como prueba piloto de la integración.

Requisitos: Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma.

Objetivos: La mejora de la competitividad y la productividad de las empresas del sector turístico y sectores relacionados, a través del apoyo al desarrollo e implantación de la nueva plataforma de negocio digital, DBE, que permite el intercambio de conocimientos y negocios de forma más rápida y flexible.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de aplicaciones integradas y adaptadas a DBE.

N.º de aplicaciones DBE implantadas en empresas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 20.000,00 €.

CA: 160.000,00 €. Total: 180.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 03. Convocatoria de subvenciones de apoyo al software libre

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: La actuación consiste en la convocatoria de una línea de subvenciones de apoyo al software libre. Este apoyo consiste en subvencionar la realización e implantación de desarrollos en código abierto mediante la liberalización de las aplicaciones y productos informáticos y su propiedad a alguno de los tipos de licencia existentes, a través de la publicación del código fuente de forma pública y abierta.

Beneficiarios: Empresarios autónomos y a pequeñas y medianas empresas. Actuaciones subvencionables: La realización e implantación de desarrollos en código abierto mediante la liberalización de las aplicaciones y productos informáticos y su propiedad a alguno de los tipos de licencia existentes, a través de la publicación de requisitos:

Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón u oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma.

Intensidad de la ayuda: Hasta 12.000 € por actuación.

Objetivos: El apoyo al software libre, en consonancia con los objetivos de la iniciativa e-Europe, aprobada por el Consejo Extraordinario de la Unión Europea, celebrado en marzo del 2000 en Lisboa, y su Plan de Acción e-Europe 2005 aprobado en junio de 2002, donde se incluye la difusión y acercamiento al desarrollo de software con código abierto.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de nuevas aplicaciones liberadas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 0,00 €.

CA: 110.000,00 €. Total: 110.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 04. Proyecto SATI-Servicio de asesoría de la información

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Prescriptores: Las Cámaras Oficiales de Comercio.

Beneficiarios: Pymes. Instrumentación calendario: Mediante convenios de colaboración bianuales con las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria. Objetivos: El objetivo de servicio SATi es facilitar una herramienta que acerque los beneficios del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a todos los empresarios aragoneses.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de consultas atendidas desde el SATi.

Número de acciones de diagnóstico realizadas. Número de transacciones realizadas desde el marketplace.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008 MITYC: 0,00 €.

CA: 255.000,00 €. Total: 255.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 05. Apoyo al proyecto Softaragón

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción:

Objetivos: El objetivo SoftAragón es mejorar la competitividad de las empresas TIC aragonesas adaptando las actuaciones a la realidad de las empresas, tamaño de empresa, recursos de la misma y campo de actuación. Para ello se pretende crear una cultura en relación con la calidad del software en las empresas TIC; mejorar la calidad de sus productos; y hacer que las empresas sean más rentables desarrollando software de la forma más eficiente posible.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de empresas TIC con implantación de procesos de calidad.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 100.000,00 €.

CA: 80.000,00 € Total: 180.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 06. Laboratorio de usabilidad

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Instrumentación calendario: Convenio durante 2008.

Objetivos: Apoyar el Laboratorio de Usabildiad, para el desarollarndo las actuaciones que se detallan:

Realizar acciones de difusión, en particular entre las empresas aragonesas del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el objetivo de que conozcan la existencia del Laboratorio y los servicios que presta y hagan uso de los mismos.

Prestar a empresas e instituciones servicios de análisis de usabilidad y accesibilidad de sitios web, aplicaciones informáticas y aplicaciones destinadas a dispositivos móviles y televisión digital.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de estudios de usabilidad realizados.

N.º de estudios de accesibilida realizados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 0,00 €.

CA: 57.000,00 €. Total: 57.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 07. Difusión y promoción

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Objetivos: Apoyar la celebración de aquellos eventos que contribuyan a la difusión y promoción de la Sociedad de la Información en las empresas aragonesas.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de eventos realizados.

N.º de empresas asistentes a los eventos.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 96.329,00 €.

CA: 77.493,50 €. Total: 173.822,50 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 08. Madurez digital de la Pyme aragonesa

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Se trata de una iniciativa para poner en marcha un sistema de medida de la madurez digital en las empresas, que permita medir, de forma objetiva y continua en el tiempo, los resultados reales de aplicar medidas de apoyo a la implantación de las TIC en las empresas.

Prescriptores: El Instituto Tecnológico de Aragón. Objetivos: El seguimiento de la implantación de las TIC en las empresas.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

N.º de proyecto europeos en los que participan investigadores y empresas aragonesas.

N.º de actuaciones de transferencia tecnológica a empresas.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 150.000,00 €.

CA: 0,00 €. Total: 150.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 09. Asesores TIC de proximidad

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación: Descripción: Los asesore TIC son técnicos capacitados para asesorar sobre TIC en el medio rural. Son por ejemplo: propietarios de tiendas de informática, autónomos que ya estén trabajando en empresas TIC, trabajadores de telecentros, etc.

Esta acción está dirigida a acelerar el grado de penetración de la Sociedad de la Información en Aragón a través del fomento y difusión de la red de profesionales de intermediación próxima al ciudadano que, por una lado, permiten a la Administración canalizar y ejecutar las políticas de innovación y promoción de la Sociedad de la Información de un modo más efectivo, y por otro, asesoran en materia de TIC a los ciudadanos, en especial a los del medio rural. Tendrán un perfil técnico y deberán estar capacitados para asesorar sobre TIC. Serán por ejemplo: propietarios de tiendas de informática, autónomos que ya estén trabajando en empresas TIC, trabajadores de telecentros, etc. La Acción se llevará a cabo en varias fases:

Análisis del grado de penetración de las políticas en materia de Sociedad de la Información en Aragón.

Sensibilización y creación de la figura del asesor de proximidad. Desarrollo de una infraestructura de soporte en red. Puesta en marcha de dos actuaciones del I Plan de la Sociedad de la Información del Gobierno de Aragón como proyectos piloto. Difusión de los resultados.

Objetivos:

A) Permitir el arraigo de personas cualificadas en las zonas rurales, que ayudarán a dinamizar las acciones de la Administración sobre Sociedad de la Información.

B) Apoyar la reorientación del servicio prestado por las tiendas de informática, cubriendo otras necesidades del ciudadano y aumentando así su competitividad en este segmento del mercado. C) Facilitar una mayor interacción entre la Administración y la Sociedad en materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación. D) Permitir la utilización de los servicios de la Administración a través de los telecentros.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo:

Número de Asesores de Proximidad operativos.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias:

Año 2008: MITYC: 50.000,00 €.

CA: 0,00 €. Total: 50.000,00 €.

4. Justificación de las inversiones y su plazo.-La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna. 5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

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