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Documento BOE-A-2008-19877

Resolución de 24 de noviembre de 2008, de la Universidad de A Coruña, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Ignacio Miguel García Jurado.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 2008, páginas 49213 a 49213 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-19877

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta de la comisión designada para juzgar el concurso para la provisión de una plaza del cuerpo de Catedráticos de Universidad del área de conocimiento de «Estadística e Investigación Operativa», del departamento de Matemáticas, convocada por Resolución Rectoral de 29 de julio de 2008 («BOE» de18 de agosto), y una vez que la persona interesada acreditara que posee los requisitos a los que alude el apartado 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio («BOE» del 7 de agosto), Este rectorado, en el uso de las atribuciones conferidas por el art. 65 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a don Ignacio Miguel García Jurado, con DNI 32451391-R, Catedrático de Universidad en el área de conocimiento de Estadística e Investigación Operativa adscrita al departamento de Matemáticas de esta Universidad. En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este nombramiento en el «BOE», la persona propuesta deberá tomar posesión de su destino.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de A Coruña, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de dicha publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A Coruña, 24 de noviembre de 2008.-El Rector, José María Barja Pérez.

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