A tenor de lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa («BOE» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Tercera), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo de Protección de Derechos Fundamentales en el encabezamiento citado, interpuesto por la Federación de Fútbol de Madrid y otras contra la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones Deportivas Españolas.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de cinco días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
Madrid, 24 de noviembre de 2008.-La Directora General de infraestructuras Deportivas del Consejo Superior de Deportes, María Dolores Molina de Juan.
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