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Documento BOE-A-2008-20355

Orden ESD/3652/2008, de 12 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Socialismo sin Fronteras.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 16 de diciembre de 2008, páginas 50503 a 50504 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-20355

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Carlos Girbau Costa, solicitando la inscripción de la Fundación Socialismo sin Fronteras, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la designación de Gerente, Director y los miembros que componen la Junta Directiva de la Fundación.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Albert Toledo Oms; doña Montserrat Vila Planas; doña Angels Tomás Gonzalo; don Antonio Jesús Ruiz Medina; doña Concepción Tomás Gonzalo; doña María Isabel Martínez Soriano; don Sergi Gómez Planella; don Jordi Matas Vila; don David Compañon Costa; don Reinaldo Roca Serra; Don Jesús María Uzcudun Illarramendi; don Carlos Girbau Costa; doña Caridad Baena Valbuena; don Víctor García González; don Agustín Santos Maraver; don Neftalí José Rodríguez Prieto; don Alfonso Bech Peiró; don Iván Martínez Gómez y don Francesc Matas Sallas, en Ciempozuelos (Madrid), el 25 de abril de 2008, según consta en la escritura pública número ochocientos nueve, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco Segura Ortega.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle San Bartolomé, número 14, piso tercero y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 49,16 por 100, mediante la aportación de la cantidad de catorce mil setecientos cuarenta y nueve euros (14.749 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1. El estudio, la investigación, el desarrollo y la innovación en el ámbito de las ciencias sociales, especialmente la sociología, las ciencias políticas, las ciencias económicas y las ciencias jurídicas. 2. Dentro de las antedichas disciplinas científicas, los esfuerzos de la Fundación se centran en la reflexión y profundización en conceptos y campos de estudio como son la ecología, las políticas de género, la solidaridad entre las personas y los pueblos, las relaciones laborales, el movimiento obrero español e internacional, los derechos democráticos y la memoria histórica. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Neftalí José Rodríguez Prieto; Vicepresidenta: Doña Caridad Baena Valbuena; Secretario: Don Albert Toledo Oms; Tesorera: Doña Montserrat Vila Planas; Vocales: Doña Angels Tomás Gonzalo; don Antonio Jesús Ruiz Medina; doña Concepción Tomás Gonzalo; doña María Isabel Martínez Soriano; don Sergi Gómez Planella; don Jordi Matas Vila; don David Compañon Costa; don Reinaldo Roca Serra; don Jesús María Uzcudun Illarramendi; don Carlos Girbau Costa; don Víctor García González; don Agustín Santos Maraver; don Alfonso Bech Peiró; don Iván Martínez Gómez; don Francesc Matas Sallas; don Albert Martí Sato; don David Parrón Ojeda; don Francesc Martínez López; don Francisco Manuel Miguel Colaço; don Francisco José Bernal Martínez; doña Inmaculada González Cervantes; don Llorenç Gali Trullenque; don Manuel Navarro Castillo; don Roger Fito Tarrago; don Santiago de Alegría Sánchez-Cabezudo; don Sebastiá Parra Nuño; don Stefan Bekier; doña Teresa Cairo Crusellas; don Xavier Vives Olivella y don Miguel Salas Yebra. En la escritura de constitución y en las escrituras de ratificación consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. En el acto de constitución, los miembros del Patronato reunidos acordaron designar a la Gerente, Director y miembros de la Junta Directiva.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Socialismo sin Fronteras en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Socialismo sin Fronteras, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, calle San Bartolomé, número 14 -piso tercero, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la designación de los siguientes cargos: Gerente: Doña María Mercedes Fernández Lagarejos; Director: Don Carlos Girbau Costa y miembros de la Junta Directiva: Don Francesc Matas Salla; Don Alfonso Bech Peiró; Don Jesús María Uzcudun Illarramendi; Don Agustín Santos Maraver; Don Francesc Martínez López y Don Miguel Salas Yebra.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 12 de noviembre de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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