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Documento BOE-A-2008-20674

Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves y adecuación a las normas técnicas de aviación civil en el Aeropuerto de Santiago, A Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2008, páginas 51610 a 51612 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-20674

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada. El proyecto ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves y adecuación a las normas técnicas de aviación civil en el Aeropuerto de Santiago (A Coruña), se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el grupo 9, apartado k del referido anexo II. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El Aeropuerto de Santiago se encuentra situado a 10 km al este del núcleo urbano de Santiago de Compostela, en los términos municipales de Santiago de Compostela, O Pino y O Boqueixón, en la provincia de A Coruña.

El objeto del proyecto es ampliar la zona de plataforma del Aeropuerto de Santiago para atender el crecimiento, actual y futuro, de pasajeros con los niveles de seguridad y calidad exigidos por las normas técnicas de aviación civil. Para ello, se construirá una plataforma de aeronaves con 10 puestos de estacionamiento en contacto y 10 puestos de estacionamiento remoto que ocupará, aproximadamente, 180.000 m2 y que irá asociada al edificio terminal actual y al nuevo edificio terminal que se construirá al sureste de la plataforma. Además de la ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves, el proyecto contempla la adecuación del aeropuerto a las normas técnicas de aviación civil mediante la regulación de las de áreas de seguridad de extremo de pista (RESAs) 17 y 35, la instalación del sistema de aproximación sencillo en la cabecera 35, regulación de franjas de pista y rodaduras y eliminación de obstáculos en franjas y RESAs. La ejecución del proyecto requerirá la expropiación de 6.000 m2 situados en la zona de cabecera 35. El promotor y órgano sustantivo del proyecto es Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA). 2. Tramitación y consultas.-De acuerdo con el artículo 16.1 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 18 de julio de 2008, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Con fecha 11 de agosto de 2008, se inició el periodo de consultas a organismos y entidades. En el cuadro siguiente se muestran los organismos que fueron consultados, marcándose con una «X» aquellos que han emitido sugerencias:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Subdelegación del Gobierno en A Coruña .

Dirección General de Desarrollo Sostenible. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia.

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia

X

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura y Deporte de la Xunta de Galicia .

Dirección General de Transportes. Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes de la Xunta de Galicia.

Ayuntamiento de A Coruña .

X

Ayuntamiento de O Pino .

Ayuntamiento de Santiago de Compostela .

Ayuntamiento de Boqueixón .

Departamento de Ecologia de la Facultad de Biologia de la Universidad de Santiago de Compostela .

Ecologistas en Acción .

SEO .

WWF/ADENA .

Los aspectos más destacables de las respuestas recibidas se recogen a continuación:

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia indica que la alternativa propuesta no supondrá impactos ambientales significativos, siempre que se cumplan de forma estricta las medidas protectoras y correctoras planteadas en la documentación ambiental presentada por el promotor.

Además, afirma que las actuaciones no afectarán a áreas incluidas dentro de la Red Natura 2000, Hábitats de Interés Comunitario (Directiva 92/43/CEE), espacios incluidos en la Red Gallega de Espacios Naturales Protegidos, IBAS, ni a humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar. Por último, manifiesta que los elementos incluidos en el Catálogo de Elementos de Interés Cultural presentes en el entorno del aeropuerto no se verán afectados por la ejecución de las obras. 3. Análisis según los criterios del anexo III.-Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto.-La presente Resolución del «Proyecto ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves y adecuación de las normas técnicas de aviación civil en el aeropuerto de Santiago (A Coruña)» está en relación con la Orden ARM/1485/2008, de 8 de mayo 2008, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de mayo de 2008, por la que se adopta la decisión de no sometimiento a evaluación de impacto ambiental del proyecto «Construcción de un nuevo área terminal en el aeropuerto de Santiago de Compostela». Por lo tanto, el promotor ha tenido en consideración tanto el documento inicial del proyecto como las medidas recogidas en dicha resolución, los cuales están vigentes en esta Resolución.

El proyecto consiste en la construcción de una plataforma de aeronaves con 10 puestos de estacionamiento en contacto y 10 puestos de estacionamiento remoto que irá asociada al edificio terminal actual y al nuevo edificio terminal que se construirá al sureste de la plataforma. La nueva plataforma abarcará una superficie de 180.000 m2. Además, el promotor propone las siguientes obras dentro del Sistema General Aeroportuario: Construcción de dos viales de conexión con la plataforma, uno al norte, para conectar las actuales instalaciones de CLH con la plataforma, y el otro al sur, para unir la nueva plataforma de inertes con la plataforma. Construcción de un nuevo hangar para almacén de carga para DHL y destrucción del edifico actual. Regularización de áreas de seguridad de extremo de pista (RESA) en las cabeceras 17 y 35, mediante RESAs de 90 x 90 m, a partir de las franjas y extremos de pista. Se aportarán terrígenos para la realización de las RESAs y se nivelarán las dos superficies al 5% descendente, con un posterior talud de tipo muro verde que circundará el área a 45º Instalación de sistema de aproximación sencillo en la cabecera 35, para lo cual, se sustituirán los 300 m del sistema de entrada a pista de 5 balizas existente por un sistema de aproximación sencillo de 420 m. Esto supone un desvío del umbral de la pista entre 35 y 120 m hacia el norte y el desplazamiento de los indicadores de trayectoria de aproximación de precisión (PAPI), la senda de planeo de CAT I (GP 35) y el cambio de señalización y desplazamiento de balizas de umbral. Respecto a la señalización horizontal, se colocarán marcas de umbral a 120 m del actual, así como flechas indicadoras, etc. Regularización de franjas de pista y de las calles de rodaduras para cumplir los requisitos de pendientes máximas especificados en el Anexo 14 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Eliminación de obstáculos en franjas y RESAs, que básicamente consistirán en la corrección de la altura de diversos obstáculos (arquetas, embocaduras de drenaje, carteles, manga de viento, etc.). El proyecto implicará un movimiento de tierras de 512.887 m3, de los cuales 317.247 m3 serán reutilizados en terraplenes que se ejecutarán durante las obras. Para la recogida del agua de escorrentía procedente de las zonas pavimentadas se instalará un sistema de canaletas que desaguarán en un sistema de colectores que desembocarán en una planta separadora de hidrocarburos, donde serán tratados para su posterior vertido a cauces naturales. Las posiciones de estacionamiento de aeronaves de la plataforma se iluminaran mediante la instalación de proyectores montados en coronas sobre torres en hormigón armado y altura útil de 35 m. Ubicación del proyecto.-El Aeropuerto de Santiago se encuentra situado a 10 km al este del núcleo urbano de Santiago de Compostela, en los términos municipales de Santiago de Compostela, O Pino y O Boqueixón, en la provincia de A Coruña. La zona de actuación no coincide con espacios incluidos dentro de la Red Natura 2000, Hábitats de Interés Comunitario (Directiva 92/43/CEE), espacios incluidos en la Red Gallega de Espacios Naturales Protegidos, IBAS, ni a humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar. Respecto a la vegetación, el área está fuertemente antropizados, alternándose pequeños núcleos rurales y parcelas dedicadas al cultivo de herbáceas y especies forestales. El elemento correspondiente al patrimonio cultural más cercano al aeropuerto, es el camino de santiago francés, el cual bordea el aeropuerto por el límite de propiedad al norte de la cabecera 17. Este recurso cultural ha sufrido varios desvíos a causa de las sucesivas ampliaciones del aeropuerto. Al oeste del límite de propiedad del aeropuerto se ubica el campo de golf del Real Aeroclub de Santiago. Características del potencial impacto.-La principal afección estimada será la ocupación del suelo, concretamente, la nueva plataforma abarcará una superficie de 180.000 m2, de los cuales 54.000 m2 corresponden a un campo de golf, 11.800 m2 son plantaciones de eucalipto y 28.000 m2 pertenecen a vegetación arbustiva con algunos pies arbóreos dispersos. La declaración de las RESAs 17 y 35 y la regulación de las franjas de pistas y calles de rodaje supondrán una superficie de 181.826 m2, ocupada esencialmente por vegetación herbácea. Además, durante la fase de obras existirán otras afecciones como movimientos de tierras, generación de residuos, contaminación atmosférica y riesgo de contaminación de suelos y aguas subterráneas. En fase de funcionamiento, las afecciones previstas serán la contaminación atmosférica (fundamentalmente ruidos), la posible afección a la vegetación (existen 28.000 m2 de matorral, repartidos en varias manchas formadas por escobas, brezos, tojos y zarzas; algunos pies de sauces, abedules, saúcos, castaños, pinos y robles; y 11.800 m2 correspondientes a una plantación de eucaliptos) y riesgo de accidentes en fase de explotación. El proyecto implicará un movimiento de tierras de 512.887 m3, de los cuales 317.247 m3 serán reutilizados en terraplenes que se ejecutarán durante las obras, el resto serán transportados a vertedero autorizado. Además, Los excedentes producidos como resultado de las demoliciones, desmontes y movimientos de tierras que no puedan ser reutilizados en futuras actuaciones del propio aeropuerto, serán transportados a vertedero autorizado, en cumplimiento de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Para el tratamiento de los residuos peligrosos generados en la fase de obras, el promotor asegura que la maquinaria y vehículos de transporte que se utilicen en la obra cumplirán estrictamente con los programas de revisión y mantenimiento especificados por el fabricante de los equipos. Para evitar la contaminación atmosférica, tanto en lo referente a emisión de gases como de ruidos, la maquinaria dispondrá de catalizadores y, además, no se realizarán trabajos en horario nocturno, entre las 23:00 y las 7:00 horas. Si fuera necesario, el promotor ejecutará un plan de aislamiento acústico en aquellas viviendas anteriores a la presente actuación. Para restaurar la zona tras las obras se realizarán revegetaciones mediante siembra e hidrosiembra de todas aquellas zonas desbrozadas previamente. Asimismo, se trasplantarán todos los pies arbóreos situados en zonas de vegetación a eliminar que sean de especial interés por sus características botánicas o por su desarrollo, siempre que sea viable. El promotor recoge un plan de vigilancia ambiental para verificar la ejecución de las medidas correctoras planteadas y asegurar su correcta aplicación y, en caso necesario, proponer medidas adicionales que corrijan posibles afecciones no previstas con anterioridad. Las actuaciones previstas en el aeropuerto de Santiago mejorarán la seguridad de las operaciones del aeropuerto. Por tanto, el proyecto Ampliación de la plataforma de estacionamiento de aeronaves y adecuación de las normas técnicas de aviación civil en el Aeropuerto de Santiago (A Coruña), así como el desarrollo normal de la actividad que supone, no implican afecciones sobre el medio ambiente, tal y como manifiesta la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Xunta de Galicia. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 4 de diciembre de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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