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Documento BOE-A-2008-2137

Resolución de 2 de enero de 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas selectivas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2008, páginas 6788 a 6790 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-2137

TEXTO ORIGINAL

El artículo 103.Cuatro de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, creó la especialidad de Administración Tributaria, entre otros, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, adscribiendo dicha especialidad a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Dicha norma atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria autonomía para establecer el régimen de acceso a las especialidades que se le adscriben, incluidos los requisitos y características de las correspondientes pruebas de acceso; pudiendo en uso de esta autonomía convocar las pruebas de acceso a las especialidades adscritas. Por otra parte, la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene también atribuida por su ley de creación la facultad de adscribir puestos de trabajo con carácter exclusivo a las especialidades que le son propias. Esta excepcional facultad, instrumento necesario para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan, exige, por otra parte, articular mecanismos para que los funcionarios que prestan servicios en la Agencia Estatal de Administración Tributaria puedan completar la formación adquirida en su trabajo y, mediante la superación de las correspondientes pruebas, obtener la especialidad de Administración Tributaria que les permita acceder en condiciones de igualdad a los puestos reservados a la misma. Por todo lo expuesto, esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 103.Cuatro de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, acuerda convocar pruebas selectivas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, con sujeción a las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convocan pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (código 1177).

2. Proceso selectivo

El proceso de obtención de la especialidad de Administración Tributaria consistirá en la realización de una prueba y la realización de un curso selectivo, cuyas características y valoraciones se especifican en el anexo I de esta convocatoria. La obtención, como consecuencia de la superación de este proceso, de la especialidad de Administración Tributaria no implicará cambio de situación administrativa ni del puesto de trabajo desempeñado.

3. Programa

El programa que ha de regir este proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

4. Calendario

El ejercicio de estas pruebas selectivas se realizará a partir del día 1 de febrero de 2008. Finalizado el ejercicio, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que lo hayan superado. Así mismo finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aprobados en la sede del Tribunal y en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales enviando copia certificada de la misma a la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Por la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se formulará propuesta a fin de que por la Secretaría General para la Administración Pública se dicte Resolución mediante la que se reconozca a los aspirantes aprobados la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. Dicha Resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

5. Requisitos de los candidatos

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

5.1 Pertenecer al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

5.2 Estar desempeñando, o tener reservado, como funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado un puesto de trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 791) que se facilitará gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es. 6.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 6.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en en el apartado duodécimo.2 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284, de 27 de noviembre de 2007), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado. 6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria. 7.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid, teléfo-nos 91 583 10 33, 91 583 11.83, 91 583 11 84 y 91 583 11 93.

8. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y bases de este proceso selectivo, así como los actos que se deriven de su ejecución, se incluirán en la dirección de Internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.agenciatributaria.es), pudiendo ser consultados a través de ella.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 2 de enero de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo consta de:

Fase de oposición.

Curso selectivo.

Fase de oposición

Consistirá en contestar un cuestionario compuesto por 75 preguntas de respuesta múltiple sobre las materias contenidas en el programa que figura como anexo II a la presente Resolución. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco minutos. La calificación del ejercicio será de «apto» o «no apto», siendo necesario la calificación de apto para superar el ejercicio. Las personas con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas. Para resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

Curso selectivo

Los aspirantes que hayan superado el ejercicio realizarán un curso selectivo en la Escuela de Hacienda Pública del Instituto de estudio Fiscales. El curso tendrá una duración de una semanas. Las materia a desarrollar en el mismo se referirán a aquéllas relacionadas con la Administración Tributaria. El programa del curso será aprobado, de forma conjunta, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Escuela de la Hacienda Pública. La calificación del curso será de «apto» o «no apto». Corresponde a la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales organizar, dirigir, impartir y evaluar el citado curso. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de obtención de la especialidad. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial.

ANEXO II Programa

Tema 1. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. Creación, funciones y objetivos. Organización Central: Departamentos y Órganos directivos. Organización Territorial. El Departamento de Informática Tributaria. Tema 2. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. La Ley General Tributaria. Tema 3. Los tributos: Concepto y clasificación. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo. Prescripción. Base imponible y base liquidable. Tipo de gravamen. Cuota y deuda tributaria. Tema 4. Los obligados tributarios. Contribuyentes. Sujetos pasivos. Sucesores. Responsables solidarios y subsidiarios. Otros obligados tributarios. La capacidad de obrar. Representación. Tema 5. Domicilio fiscal. La declaración censal. El deber de expedir y entregar facturas de empresarios y profesionales. Tema 6. Derechos y garantías de los obligados tributarios. Obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Tema 7. El procedimientos de gestión tributaria. Las declaraciones tributaria: Concepto y clases. Las autoliquidaciones. Las comunicaciones de datos. Tema 8. La recaudación: La inspección de los tributos. Órganos. Funciones. Facultades. Deberes. Tema 9. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Naturaleza. Objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Exenciones. Sujetos pasivo. Período de imposición y devengo del impuesto. Base imponible. Cuota integra. Deducciones. Pago a cuenta. Tributación individual u conjunta. Tema 10. El Impuesto sobre Sociedades: Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda Tributaria. Tema 11. El Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Exenciones. Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen. Regímenes especiales. Tema 12. Los Impuestos Especiales. Normas comunes a los Impuestos Especiales de Fabricación. Impuesto sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas. Impuesto sobre Hidrocarburos. Impuesto sobre las labores del Tabaco. Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte.

ANEXO III Tribunal calificador de las pruebas selectivas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado

Tribunal titular

Presidenta: Doña Ana Isabel Docio Sampablo, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Secretario: Don Jesús Andrés de los Santos Ramírez, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración Estado. Vocales: Don Mariano Gonzalo Martínez, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración Estado. Don Raúl Zamora Berrueco, del Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. Don José María Fernández Fernández, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Tribunal suplente

Presidente: Don José Alonso Martínez de Compañon, del Cuerpo Técnico de Hacienda. Secretaria: Doña María Teresa Gómez Sanz, del Cuerpo Técnico de Hacienda. Vocales: Doña Cristina Luna Tornero, del Cuerpo Técnico de Hacienda. Doña María del Mar Martínez Guerrero, del Cuerpo Técnico de Hacienda. Doña Eva Marín García, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derecho de examen (modelo 791) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará «Administración Tributaria». Código «T». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «AEAT», código «TB». En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará la localidad en que se desee realizar el ejercicio del proceso selectivo, entre las que seguidamente se señalan: A Coruña, Barcelona, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza. En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización del ejercicio en alguna de las ciudades citadas, el Tribunal convocará a los aspirantes afectados a los oportunos lugares de examen. En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que el aspirante opta por realizar el ejercicio en Madrid. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 25 aparatado A, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», se consignará El Cuerpo de procedencia (Cuerpo de Gestión de Sistemas e informática de la Administración del Estado». El importe de la tasa por derechos de examen será de 0,00 euros.

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