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Documento BOE-A-2008-2175

Orden INT/252/2008, de 4 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2008, páginas 6867 a 6868 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-2175
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/02/04/int252

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, reconoce el derecho de asociación profesional de los miembros de la Guardia Civil y establece, así mismo, los requisitos esenciales para su ejercicio. En concreto, en su artículo 48 se prevé que en el Ministerio del Interior se habilitará un Registro de Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil. Mediante Orden INT/3939/2007, de 28 de diciembre, por la que se habilita el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, se han determinado las reglas básicas de funcionamiento del citado Registro, que ha quedado integrado en la estructura de este Ministerio, en la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. El apartado quinto de la citada Orden Ministerial confiere la competencia para resolver las solicitudes de inscripción de las referidas Asociaciones Profesionales en el Registro al Ministro del Interior, sin perjuicio de la delegación que pueda efectuarse de dicha competencia en los titulares de otros órganos del Departamento con rango mínimo de Director General. Razones de eficacia en la gestión y funcionamiento del Registro aconsejan delegar dicha competencia en favor del Director General de la Policía y la Guardia Civil. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Único. Modificación de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Se añade un nuevo epígrafe 11 al número 1 del apartado quinto de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril, con la siguiente redacción:

«11. Se delega en el Director General de la Policía y la Guardia Civil la competencia para resolver sobre la inscripción o denegación de inscripción en materia de Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil, que el apartado quinto de la Orden INT/3939/2007, de 28 de diciembre, por la que se habilita el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, atribuye al Ministro del Interior.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de febrero de 2008.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/02/2008
  • Fecha de publicación: 07/02/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 08/02/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 5.1 de la Orden INT/985/2005, de 7 de abril (Ref. BOE-A-2005-6098).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil
  • Ministerio del Interior

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