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Documento BOE-A-2008-247

Resolución de 13 de diciembre de 2007, del Consejo Económico y Social, por la que se convocan Premios de Investigación, año 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2008, páginas 1497 a 1497 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-247

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Económico y Social para promover y divulgar la investigación en las materias relacionadas con sus funciones convoca tres Premios de Investigación que se regirán por las siguientes bases:

Primera. Temas de presente convocatoria. Política energética en el ámbito de la Unión Europea y su proyección en España.

Colocación y servicios de empleo. Servicios sociales y cohesión social.

Segunda. Dotación económica de los Premios.-Treinta mil euros cada uno.

Tercera. Plazo de entrega de los Proyectos de investigación.-Los Proyectos de investigación, junto con la documentación complementaria, habrán de entregarse (original y tres copias) en la sede del Consejo Económico y Social, calle de las Huertas, 73, 28014 Madrid, antes del día 1 de marzo del año 2008. Cuarta. Plazo de entrega de los trabajos de investigación.-El plazo para entregar los trabajos de investigación resultantes de la ejecución de los Proyectos de investigación premiados finalizará el 30 de septiembre del año 2009. Quinta. Participantes.-Podrán participar en los presentes Premios los investigadores o equipos investigadores -bajo la dirección de un investigador principal o coordinador del Proyecto y responsable del mismo a todos los efectos- que presenten un Proyecto de investigación sobre alguno de los temas enunciados en la Base primera de la presente convocatoria. Sexta. Requisitos de los Proyectos de investigación.-Los Proyectos de investigación deberán contener:

Memoria descriptiva del Proyecto -15 a 30 folios mecanografiados a doble espacio, por una cara, en hojas DIN A4-, que incluya los objetivos, metodología, calendario y plan de ejecución del Proyecto.

Relación en su caso de los miembros del grupo de investigación, con la conformidad de los interesados. Currículum vitae del investigador principal y de los restantes investigadores participantes. Certificación del carácter original e inédito del Proyecto de investigación así como que no forma parte de Proyectos financiados por Organismos públicos o privados.

Séptima. Composición del Jurado.-Los Proyectos de investigación por cada área temática serán estudiados por un Jurado o Comisión científica nombrada al efecto por el Consejo Económico y Social, presidida por el Presidente del Consejo o persona en quien delegue e integrada por un representante de cada uno de los Grupos del CES, que será la responsable de seleccionar los Proyectos de investigación y efectuar el seguimiento de la ejecución de los Proyectos.

Octava. Criterios de selección de los Proyectos de investigación.-El Jurado correspondiente seleccionará el Proyecto que, a su juicio, sea merecedor del Premio, teniendo en cuenta el contenido científico, la calidad y viabilidad de cada Proyecto y la adecuación, capacidad y dedicación del investigador o equipo investigador para ejecutar el Proyecto. La decisión del Jurado será, en cualquier caso, inapelable. El Jurado podrá declarar desierto el Premio correspondiente si considera que los Proyectos presentados no reúnen los méritos necesarios. Novena. Seguimiento de la ejecución de los Proyectos de investigación.-El seguimiento de la ejecución de cada Proyecto seleccionado es competencia de la Comisión científica designada por el CES. Para la realización del seguimiento de la ejecución de los Proyectos de investigación se evaluará el grado de cumplimiento del Proyecto, que deberá ser debidamente justificado mediante un Informe trimestral de seguimiento. Los investigadores responsables de la ejecución de los Proyectos seleccionados suscribirán un contrato relativo a la ejecución de su Proyecto de investigación. El citado contrato contendrá una cláusula por la que el responsable del Proyecto se comprometerá a remitir trimestralmente al Consejo un Informe que resuma los avances que se van produciendo en el desarrollo del trabajo de investigación. Este Informe deberá señalar las tareas realizadas en el trimestre, haciendo referencia expresa al Plan de trabajo que figura en el Proyecto, de modo que se pongan de manifiesto los avances en el cumplimiento del mismo. Se podrá solicitar la presentación de la información complementaria que se considere oportuna. Décima. Pago del Premio.-El importe de los Premios se liquidará de la siguiente forma: un primer pago del 30% de la cuantía total del Premio se tramitará una vez se reciba el primer Informe trimestral de ejecución del Proyecto y la Comisión científica dé su conformidad al mismo. El segundo pago del 70% restante se tramitará a la entrega del trabajo finalizado y una vez que la Comisión científica manifieste su conformidad con el mismo. Excepcionalmente, la Comisión científica podrá autorizar el anticipo de cantidades adicionales que en ningún caso podrán exceder de otro 30% de la cuantía total del Premio. El incumplimiento de los objetivos inicialmente previstos en cuanto a tiempo y resultados esperados o la no entrega del trabajo de investigación finalizado podrá dar lugar a la reclamación de la devolución de las cantidades entregadas así como a proponerse las acciones legales que procedan.

Undécima.-La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases y la cesión en exclusividad de los derechos de autor para el caso de que el CES decida la publicación de los trabajos premiados.

Madrid, 13 de diciembre de 2007.-El Presidente del Consejo Económico y Social, Marcos Peña Pinto.

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