Visto el expediente de indulto de don Roberto Revuelta García, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de 19 de julio de 2006, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de un año y nueve meses de prisión y nueve meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros; y de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de un año y cuatro meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de enero de 2008,
Vengo en conmutar a don Roberto Revuelta García las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión y 13 meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de enero de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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