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Documento BOE-A-2008-2743

Resolución 13/2008, de 4 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón, para la instalación de un puente sobe el río Ebro en Villafranca de Ebro (Zaragoza).

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2008, páginas 8458 a 8462 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2008-2743

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 19 de diciembre de 2007, un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón para la instalación de un puente sobe el río Ebro en Villafranca de Ebro (Zaragoza), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 4 de febrero de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, Tomás Suárez-Inclán González.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA LA INSTALACIÓN DE UN PUENTE SOBRE EL RÍO EBRO EN VILLAFRANCA DE EBRO (ZARAGOZA)

En Zaragoza, a 19 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte el Excmo. Sr. D. Carlos Villar Turrau, Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa en virtud de delegación de firma, expresa para este acto, del Ministro de Defensa

De otra el Excmo. Sr. D. Javier Velasco Rodríguez, Consejero del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en representación de la Diputación General de Aragón en virtud del Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón el 24 de julio de 2007. Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

El Gobierno de Aragón, que ostenta competencia exclusiva en materia de carreteras y otras vías cuyo itinerario transcurra íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, en conformidad con lo señalado en el artículo 71.13 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, precisa la instalación de un puente sobre el río Ebro, en el término municipal de Villafranca de Ebro (Zaragoza), al objeto de posibilitar la construcción de la Autopista autonómica entre la N-232 y la N-II y la AP-2. Dicho puente es imprescindible para una correcta y económica ejecución de las obras, al ser preciso transportar tierras de una margen a otra del río antes de que esté construido el puente definitivo.

El puente sobre el río Ebro es el punto más crítico de toda la obra en cuanto al cumplimiento de plazo de ejecución de la citada autopista, principalmente debido a que la construcción de la misma se puede encuadrar en el conjunto de actuaciones de mejora de infraestructuras de acceso a Zaragoza previas a la Expo-Zaragoza en 2008. Debido a que no existe ninguna empresa que pueda acometer la construcción de un puente temporal en los plazos establecidos, es fundamental la colaboración del Ministerio de Defensa, motivo por el cual se ha requerido al Ministerio de Defensa, por medio del Ejército de Tierra, la instalación del mismo. Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto de este convenio consiste en la participación del Ministerio de Defensa en la construcción de una de las vías principales de Zaragoza y que en el futuro formará parte de la Ronda Sur de la ciudad. Esta autopista unirá la carretera en dirección Castellón (N-232) y la carretera y la autopista Madrid -Barcelona, (N-II /AP-2), reduciendo considerablemente el recorrido actual y aumentando la comodidad y seguridad de los usuarios.

Esta colaboración consiste en la instalación de un módulo de puente Bailey de 120 metros de longitud en el lugar indicado que permita el paso exclusivamente de vehículos de hasta 50 Tm. Segunda. Aportaciones de las partes.-Condiciones Generales:

1. El mando de las fuerzas militares permanecerá en el ámbito del Ejército de Tierra.

2. Las acciones a prestar por el Ministerio de Defensa no deben suponer competencia desleal con organizaciones y empresas públicas o privadas que pudieran prestarlos, ni suponer un gasto para el propio Ministerio de Defensa. El Ministerio de Defensa, por medio del Ejército de Tierra, se obliga:

1. Al montaje y desmontaje del puente, bajo su dirección técnica aportando la mano de obra y materiales precisas para ello.

2. Al traslado hasta el lugar de la obra del personal y materiales necesarios para la misma. El Gobierno de Aragón se obliga:

1. A certificar que el puente reúne los requisitos de seguridad para el uso a que se destina y haciéndose responsable del cumplimiento de estos requisitos de seguridad por parte del personal autorizado al uso del mismo.

2. Al abono de todos los gastos. En particular:

a) Gastos de personal. Al personal desplazado, en comisión de servicio, para las operaciones se le indemnizará según el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los términos que constan en el anexo sobre «Presupuestos».

b) Gastos de carburante. Tanto de los desplazamientos como de la ejecución de los trabajos, en los términos que constan en el anexo sobre «Presupuestos». c) Gastos de pequeño material y utillaje que fuera necesario adquirir en los términos que constan en el anexo sobre «Presupuestos», teniendo en cuenta que parte de este material deberá ser adquirido con anterioridad al inicio de montaje. d) Gastos de transporte del material pesado. Se efectuará en plataformas civiles contratadas al efecto en los términos que constan en el anexo sobre «Presupuestos». e) Otros gastos:

i Gastos de mantenimiento del material reglamentario que sea necesario; pintado, sustitución de tablones de madera de la superestructura, etc.

ii Seguros de responsabilidad civil, y aquellos otros necesarios para la realización de la acción de cooperación. iii Los generados por las solicitudes de las autorizaciones necesarias para la realización de la acción de cooperación. iv Cualquier otro gasto no contemplado, como daños al material, que durante la prestación del apoyo, pudieran ocasionarse. v En la redacción del proyecto de montaje, se presupuestarán estas estimaciones que se puedan prever.

Todos estos gastos anteriores se recogen y describen en el en el anexo sobre «Presupuestos».

3. El Gobierno de Aragón se responsabiliza de obtener las autorizaciones legales para la ejecución de los trabajos encomendados al Ministerio de Defensa, así como para el uso posterior del mismo. 4. El Gobierno de Aragón se responsabilizará de la contratación de los seguros correspondientes y de las responsabilidades civiles que por accidente puedan derivarse del uso de medios militares por personal civil, y que en ningún caso serán imputables al Ministerio de Defensa. 5. El Gobierno de Aragón se responsabiliza de la seguridad de los medios militares tanto en el montaje como durante la prestación del servicio. 6. La regulación del tráfico rodado por el puente será responsabilidad del Gobierno de Aragón, no permitiendo que por el mismo circulen vehículos diferentes al clasificado como estándar y cuya clasificación sea superior a 50 Tm. Únicamente se permitirá que sobre el puente haya un máximo de un vehículo por vano, a una velocidad máxima de 20 Km./h. Se deberá evitar que sobre el puente se produzcan sobrecargas debidas a aglomeración de personal o sobrecargas por nieve. 7. Los trabajos de acondicionamiento y obras auxiliares correrán a cargo del Gobierno de Aragón. Se incluyen aquí las obras y señalización para la regulación del tráfico. 8. El Gobierno de Aragón tendrá en cuenta todos los condicionantes técnicos y administrativos que se deriven del montaje del puente militar y que se encontrarán recogidos en el proyecto de montaje del puente.

Tercera. Financiación.-La ejecución del presente convenio no supondrá gasto alguno para el Ministerio de Defensa.

El coste económico a asumir por el Gobierno de Aragón es de doscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco euros con cuarenta y cuatro céntimos (289.495,44 €). Cuarta. Vigencia.-Este convenio estará vigente desde el momento de su firma y por un período aproximado de 12 meses desde la finalización de su instalación, comprendiendo, en todo caso, desde el transporte de personal y material, y hasta que el Ministerio de Defensa, por medio del Ejército de Tierra proceda al desmontaje del puente y se haya regresado al punto de destino. La obra permanecerá instalada y en funcionamiento hasta la construcción de un nuevo puente fijo. Este convenio podrá ser prorrogado, mediante adendas sucesivas, por el tiempo que se estime conveniente previa solicitud del Gobierno de Aragón, con un período de antelación de al menos 15 días y aprobación del Ministerio de Defensa. En cualquier caso el puente podrá ser recuperado por el Ministerio de Defensa cuando lo considere necesario, si circunstancias excepcionales así lo aconsejan y con el preaviso máximo que estas circunstancias permitan. Quinta. Medidas de control y seguimiento.-Para solventar cuantas cuestiones pudieran derivarse de la interpretación y ejecución del presente convenio de colaboración, se constituirá una comisión mixta de control y seguimiento. a) La comisión mixta estará integrada por los siguientes miembros:

El Coronel Jefe del Regimiento de Pontoneros y Especialidades de Ingenieros o la persona en quien éste delegue.

El Inspector de proyecto y construcción del Gobierno de Aragón.

b) Las funciones de la misma serán velar por el estricto cumplimiento del convenio a tal efecto suscrito.

c) La periodicidad de las reuniones será mensual, a no ser que las partes decidan otra periodicidad. d) Las decisiones se tomarán por unanimidad entre los miembros de la comisión.

Sexta. Causas de resolución.-Será causa de resolución del convenio, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo, así como el incumplimiento grave acreditado por una de las partes.

Séptima. Legislación aplicable.-El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa. No obstante lo anterior, se encuentra excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por virtud de lo dispuesto en su artículo 3.1.c). Sin perjuicio de lo expuesto, para la interpretación de dudas y controversias que surjan en la interpretación de este convenio se estará a lo dispuesto en las cláusulas del mismo y, subsidiariamente, se acudirá a los principios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común así como en el citado Real Decreto Legislativo, 2/2000, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del Derecho. Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que puedan surgir, las partes se someten al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo. Octava. Información al público de la colaboración de las Fuerzas Armadas.-La colaboración del Ministerio de Defensa en las obras de la Autopista se reflejará en todos aquellos lugares dedicados a la información al usuario acerca de las Órganos administrativos intervinientes en la construcción de la infraestructura.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos en lugar y fecha arriba indicados.-El Consejero de Obras Públicas Urbanismo y Transportes, Javier Velasco Rodríguez.-El Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Carlos Villar Turrau.

ANEXO

Presupuestos

Gastos de personal

Empleo

Número

Días

Devengos

Total

Observaciones

Reconocimiento

Oficial.

2

3

18,70

112.20

Suboficial.

1

3

18.70

56.10

MTPM.

0,00

Suma total

168.30

Construcción puente

Oficial.

3

22

29,92

1.974.72

Suboficial.

4

22

29.92

2.632.96

Suboficial.

1

5

29.92

149.60

Eq. Topográfico.

MTPM.

34

22

22.56

16.874.88

Suma total

21.632,16

Repliegue puente

Oficial.

3

22

29,92

1.974.72

Suboficial.

4

22

29.92

2.632,96

Suboficial.

1

5

29.92

149.60

MTPM.

34

22

22.56

16.874.88

Suma total

21.632,16

Visitas inspección

Gral.

1

4

155,90

623.60

2 visitas de 2 días.

Oficial.

1

4

103,37

413,48

2 visitas de 2 días.

Suboficial.

1

4

103.37

413,48

2 visitas de 2 días.

MTPM.

1

4

77,13

308.52

2 visitas de 2 días.

Suma total

1.759,08

Mantenimiento programado semanal

Oficial.

0,00

Suboficial.

1

18.70

18.70

MTPM.

4

1

14.10

56.40

Suma total

75,10

Suma total por mes

150,20

2 al mes

Suma total por 13 meses

1.952,60

Mantenimiento programado quincenal

Oficial.

1

1

18,70

18,70

Suboficial.

1

1

18.70

18,70

MTPM.

8

1

14.10

112,80

Suma total

150.20

Suma total por mes

300.40

2 al mes.

Suma total por 13 meses

2.906,20

Suma total de gastos de personal

50.905,20

Gastos de carburante

Reconocimiento

Vehículo

Cantidad

Litros/100 Km.

Km,s.

Euros/litro

Días

Total

CNLTT

2

21

150

1

3

189

Construcción del puente

Vehículo

Cantidad

Litros/100 Km

Litros/hora

Km,s.

Horas

Euros/litro

Total

Observaciones

CNLTT

4

11

3.600

1

3.024,00

CNPTT

2

50

2.500

1

2.500,00

Autogrua Luna

2

74

30

150

132

1

8.142,00

6 horas por día.

Merlo

2

25

132

1

6.600,00

6 horas por día.

Ambulancia

1

21

600

1

126,00

Total

20,392,00

Repliegue del puente

Vehículo

Cantidad

Litros/100 Km

Litros/hora

Km,s.

Horas

Euros/litro

Total

Observaciones

CNLTT

4

21

3.600

1

3.024,00

CNPTT

2

50

2.500

1

2.500,00

Autogrua Luna

2

74

30

150

132

1

8.142,00

6 horas por día.

Merlo

2

25

132

1

6.600,00

6 horas por día.

Ambulancia

1

21

600

1

126,00

Total

20,392,00

Visita de inspección

Vehículo

Cantidad

Litros/100 Km

Km,s.

Euros/litro

Visitas

Total

CNLTT

1

21

1224

1

2

514,08

Mantenimiento del puente

Vehículo

Cantidad

Litros/100 Km

Km,s.

Euros/litro

Visitas

Total

CNLTT.

1

21

75

1

2

31,5

Semanal.

CNLTT.

2

21

75

1

2

63

Quincenal.

Por mes

94,5

Por 13 meses

1.228,50

Suma total gastos combustible: 42.715,58.

Gastos de locomoción

Vehículo

Cantidad

Peaje

Coste

Viajes

Total

CNLTT

1

Burgos - Zaragoza.

24,65

2

98,6

CNPTT

1

Burgos - Zaragoza.

50,15

2

200,6

CNLTT

1

Burgos - Zaragoza.

24,65

2

98,6

Total

397,6

Gastos de transporte

Transporte material

Cantidad

Plataformas/gondola

Km

Coste ida

Coste vuelta

Coste total

Puente 42 m.

2

8

75

2,70

2,70

240,00

Puente 42 m.

1

4

600

2,70

2,70

12.960,00

Shelter

1

1

75

3,12

3,12

730,08

Merlo

2

1

75

3,12

3,12

468,00

Total

17.398,08

Total construcción y desmontaje

34.796,16

Gastos material

Euros

Pintura

5.500,00

Arneses

846,80

Botas de seguridad

1.518,21

Guantes de seguridad

224,81

Fajas de seguridad

839,84

Frontales luminosos

1.200,00

Gafas de seguridad

357,72

Almadenas

79,26

Martillos de fibra

120,06

Flexometros de 5 m.

35,10

Cintas métricas de 50 m.

101,95

Pata de cabra

108,58

Carretillos

261,00

Gatos de 25 tm.

443,82

Gatos de 50 tm.

2.158,34

Distanciometro

450,00

Tablero y zampeado

141.890,91

Cable de amarre con tensores

400,00

Eslingas y tornilleria

3.000,00

Implemento jaula merlo + prolongadores uñas

1.700,00

Panel explicativo actividad

300,00

Total material

161.536,40

Resumen Gastos

Euros

Personal

50.049,50

Combustible

42.715,58

Locomoción

397,80

Transporte

34.796,16

Material

161.536,40

Total

289.495,44

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