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Documento BOE-A-2008-3168

Resolución de 15 de enero de 2008, de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se autoriza el uso de los interruptores automáticos magnetotérmicos (ICP-M), marca «Hager», serie MP-XXX-E, fabricados por «Hager Sistemas, Sociedad Anónima», como limitadores de corriente a efectos de facturación de la energía eléctrica.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2008, páginas 9896 a 9896 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-3168

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud formulada ante esta Secretaria de Industria y Empresa por don Lluis Garriga, como Director General de «Hager Sistemas, Sociedad Anónima», con domicilio en la La Roca del Vallès (Barcelona). Vista la Memoria técnica con número de visado 78333 GR que acompaña a la solicitud. Visto el certificado de referencia LEL.LME08/2115-1/07, emitido por CEIS (Centro de Ensayos, Innovación y Servicios), en el que se especifica que los ensayos realizados según UNE 20317: 2005+ERRATUM:2005 a los interruptores automáticos magnetotérmicos de control de potencia (ICP-M) han sido satisfactorios, pues cumplen las prescripciones de la referida norma. Considerando lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico español, aprobado por Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto. Esta Secretaría de Industria y Empresa ha resuelto:

Primero.-Autorizar el uso de los interruptores automáticos magnetotérmicos (ICP-M), marca «Hager» serie MP-XXX-E para las intensidades nominales 3 -3,5 -5 -7,5 -10 -15 -20 -25 -30 -35 -40 -45 -50 -63 A y poder de corte 6.000 A, en sus ejecuciones unipolar, unipolar con neutro, bipolar, tripolar, tripolar con neutro y tetrapolar, tensión 230/400 V, y frecuencia 50 Hz, como limitadores de corriente a efectos de facturación de la energía eléctrica.

Segundo.-La comercialización de estos aparatos podrá ser realizada indistintamente por las empresas «Hager Sistemas, S. A.», o «Hager Industrial de Envolventes, S. A.». Tercero.-Será exigible que estos interruptores cumplan con lo dispuesto en el vigente Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.

Cuarto.-Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 15 de enero de 2008.-El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe de Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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