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Documento BOE-A-2008-3599

Resolución de 22 de enero de 2008, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se modifican «Becas MAEC-AECI», para ciudadanos extranjeros, para el año académico 2007/2008, para los programas III-B.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2008, páginas 11469 a 11469 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2008-3599

TEXTO ORIGINAL

En el BOE n.º 279 de 22 de noviembre de 2006 se publicó la Resolución de 17 de noviembre de 2006 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECI (Becas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ciudadanos extranjeros y españoles para 2007/2008). Mediante Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 29 de junio de 2007 y de fecha 6 de julio de 2007, se concedieron becas de la Convocatoria General de los programas de becas «MAEC-AECI», para ciudadanos extranjeros y españoles, para el verano 2007 y curso académico 2007/08. Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Dirección General de la AECID, ha resuelto:

Primero.-Modificar con cargo al concepto presupuestario 144 A 481.00 las fechas de la beca concedida del Programa III-B, «Becas para españoles para estudios de postgrado, doctorado e investigación en Universidades y Centros Superiores extranjeros de Reconocido Prestigio (Programa denominado MUTIS, para estudios en Iberoamérica) y para Prácticas en Organismos Internacionales» a la beneficiaria española Doña Ana Barberá Aresté, por el período: 01-10-2007/30-09-2008 para hacerlas coincidir con la duración de sus estudios. (Fechas anteriores: 01-10-2007/31-05-2008).

La dotación económica de esta beca, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria, consiste en: 1.200,00 € mensuales; ayuda de matrícula de hasta 2.000,00 €; un seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe individual mensual de 24,00 € y una Ayuda de viaje de pasaje aéreo ida/vuelta de 700,00 €. Esta modificación no supone incremento económico en el expediente de gasto, aprobado con anterioridad. Segundo: Ordenar la publicación en el BOE de las modificaciones reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de AECI/1098/2006 de 11 de abril de 2006.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 22 de enero de 2008.-El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional y para el Desarrollo, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

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