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Documento BOE-A-2008-3644

Acuerdo GOV/5/2008, de 22 de enero, por el que se declaran bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las Cuevas Prehistóricas de Serinyà, en Serinyà (Pla de l'Estany).

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2008, páginas 11565 a 11567 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-3644

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución CMC/1718/2007, de 24 de mayo (DOGC núm. 4902, de 12.6.2007), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de las Cuevas Prehistóricas de Serinyà, en Serinyà. Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans; Visto que durante la tramitación del expediente se ha presentado una alegación que ha sido analizada y contestada por la Dirección General del Patrimonio Cultural Catalán; A propuesta del consejero de Cultura y Medios de Comunicación, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña,

ACUERDA

Primero.-Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las Cuevas Prehistóricas de Serinyà, en Serinyà (Pla de l'Estany), según la descripción y la ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo. La delimitación de la zona arqueológica, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en el plano que se publica con este Acuerdo.

Segundo.-Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a los interesados y al Ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

Tercero.-Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde la publicación en el DOGC o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 22 de enero de 2008.-La Secretaria del Gobierno, Laia Bonet Rull.

ANEXO 1 Descripción y ubicación

La zona arqueológica de las Cuevas Prehistóricas de Serinyà, de una superficie aproximada de treinta y cinco mil metros cuadrados, está situada en el lado derecho del torrente de Serinyà o río Serinyadell, y al lado de la carretera de Banyoles a Olot por Besalú. Geológicamente, se sitúa en el talud final del Pla d'Usall, espacio ocupado por el antiguo lago del Plio-Pleistoceno y la terraza actual del Serinyadell. Comprende numerosas cavidades, todas construidas por el travertino de fuente. Las más importantes desde el punto de vista arqueológico son la cueva de la Arbreda, la cueva de Mollet y la cueva del Reclau Viver, que son las que actualmente se visitan. Sin embargo hay otras menores, como Mollet II y Mollet III, cau del Roure, Arbreda II, o poco excavadas, como el conjunto de la cueva d'en Pau (Cau d'en Paquito, Pau II, Pau III, Davant Pau). Las Cuevas de Serinyà, conocidas también por las Cuevas del Reclau, presentan una secuencia cuaternaria de más de 200.000 años, donde encontramos documentadas diferentes fases culturales en su contexto geológico, hecho que nos permite no sólo una aproximación a la vida del hombre prehistórico durante el paleolítico medio (Mollet y Arbreda), el paleolítico superior (Arbreda, Reclau Viver, Mollet), el neolítico (Reclau Viver, Arbreda) e incluso en tiempos posteriores. Además, la investigación de este paraje permite también la reconstrucción del ambiente en el que se desarrolló la vida de los primeros grupos humanos en esta parte del Principado, incluso el paleoclima. Globalmente, podemos considerar que se trata de uno de los conjuntos de yacimientos más importantes de Cataluña. En un área relativamente reducida, concentrados en un solo municipio, se conserva una serie de registros arqueológicos donde se documenta una secuencia estratigráfica que abraza una parte de los tiempos prehistóricos, desde el Mosteriano antiguo (200.000 años) hasta el Solutriano (16.000 aC). Después del Solutriano, parece que se interrumpió la ocupación de este paraje hasta ser retomada, y sólo esporádicamente, hasta el Neolítico y la prehistoria reciente. En un caso encontramos también vestigios de ocupación en época romana. En ningún otro lugar del Principado se han localizado registros tan completos del paleolítico medio y superior.

Por todos estos motivos consideramos que el conjunto de las cuevas incluidas en el Parque de Serinyà constituye un patrimonio arqueológico de gran interés por su cronología, riqueza en vestigios de diversa naturaleza (restos humanos, fauna, flora, industria lítica, ósea, etc.) y representatividad de una gran parte del Pleistoceno, que reúne los siguientes valores: Excepcionalidad: Se trata de un conjunto de registros claves para la investigación científica, ya no sólo los propios yacimientos sino también su entorno más inmediato, susceptible de ser objeto de diferentes tipos de estudios que pueden aportar una valiosa información sobre el medio en el que se desarrolló la vida de los primeros grupos humanos. Asimismo, una sola cueva, la de la Arbreda, presenta una estratigrafía muy completa correspondiente a la última glaciación würmiana, que tuvo lugar a lo largo de los últimos 200.000 años, con numerosos vestigios de la presencia humana (con muestras de las diferentes fases culturales de finales del paleolítico medio y del paleolítico superior), hecho que no se produce en ninguna otra cavidad de este conjunto.

Inteligibilidad y potencial didáctico de los restos en el recinto de un parque, que ya en estos momentos se encuentra en pleno funcionamiento y que, además, goza de unos grandes valores paisajísticos.

ANEXO 2 Justificación de la delimitación

La delimitación de la zona arqueológica está totalmente justificada por razones de interés científico, patrimonial y social de preservar este importantísimo conjunto para las generaciones futuras. La línea que define el área protegida se ha trazado teniendo en cuenta criterios científicos, visuales, ambientales y de paisaje con la finalidad de controlar las relaciones entre yacimiento y espacio natural inherente así como las intervenciones que se realicen en el mismo. La declaración incluye la zona descrita y los restos inmuebles, tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo, así como los bienes muebles vinculados al yacimiento arqueológico, los cuales también tendrán la consideración de bien cultural de interés nacional.

La zona de delimitación del bien cultural de interés nacional ocupa la totalidad de las parcelas 113, 114, 115, 117, 195, 298, 299, 330 y 331 del plano catastral de Serinyà. Las parcelas 74, 106, 107 y 109 están ocupadas parcialmente, solo por una franja de 50 m de ancho, paralela al este del camino de la Cellera d'Amont. Por el lado oeste limita con la carretera de Girona a Ripoll (C-150).

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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