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Documento BOE-A-2008-3731

Resolución de 18 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Central hidroeléctrica de Fuentidueñas sobre el río Tajo en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2008, páginas 11877 a 11881 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-3731

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado 4.c del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental mediante escrito, de 28 de febrero de 2002 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas. El promotor del proyecto es «Ciener, S.A.U.» y el órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Tajo.

El objeto del proyecto es la construcción de una minicentral hidroeléctrica a pie de presa, que aproveche el desagüe de fondo del embalse de Azután sobre el río Tajo. Para su implantación se proyecta la construcción de una serie de elementos tales como toma de agua, conducciones, edificio de la central, parque de intemperie y línea eléctrica aérea de evacuación. Las actuaciones se ubican en la margen izquierda del río Tajo, junto a la Dehesa de Fuentidueñas, entre el curso del río y el canal de riego existente en la citada margen, en los municipios toledanos de Azután y de Alcolea de Tajo, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El proyecto de aprovechamiento consta fundamentalmente, de los siguientes elementos:

Toma de agua: Se proyecta aprovechando el desagüe de fondo existente en la margen izquierda, de la presa del embalse de Azután. Su entronque se sitúa 5 m aguas arriba de la actual compuerta de protección, encontrándose su eje a la cota 320,25 m.

Conducción: Formada por una tubería de acero al carbono de 2,30 m de diámetro y de 10 mm de espesor. Tendrá una longitud total de 114,5 m, dividida en varios tramos para adaptarse a la morfología de la presa existente. Edificio de central: Se ha dispuesto su construcción en la margen izquierda del río, aproximadamente a 90 m aguas abajo del paramento de la presa, al final del muro existente. Se proyecta íntegramente en hormigón armado, es de planta rectangular y con unas dimensiones interiores de 17,4 x 10,4 m. La planta de operaciones se sitúa a la cota 322,21. Para acceder a ella, se aprovechará el camino de servicio del canal de riego existente y se acondicionará un nuevo tramo de 150 m de longitud y 4 m de anchura en el estribo izquierdo de la presa. Turbina: será de tipo Francis de eje horizontal, y estará dimensionada para turbinar un caudal de 16 m3/s con un salto neto máximo de 31,12 m. La potencia máxima de la turbina es de 4.494 kW. Parque de intemperie de 45 kV: la energía generada a 6,6 kV será transformada a 45 kV en un centro de transformación exterior, que se construirá en una explanada próxima al edificio de la central. Línea eléctrica de evacuación: la línea eléctrica proyectada tiene una longitud estimada de 586 m, de los cuales 20 m serán de tramo subterráneo,y los 566 m restantes aéreos. La totalidad de la línea es a 45 kV de circuito simple y terminará en la existente y próxima subestación transformadora de Azután. En el estudio de impacto ambiental se han planteado y analizado varias alternativas en el aprovechamiento hidroeléctrico y en su línea eléctrica de evacuación: ampliación de la central ya existente; su ubicación en el estribo derecho de la presa; su ubicación en la margen izquierda de la presa; trazado de línea eléctrica atravesando pinar de repoblación próximo y trazado de línea eléctrica evitando afecciones sobre el citado pinar. El análisis ambiental para la selección de las alternativas presentadas, se expone en el punto 4.1 de la presente Resolución.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

La hidrología de la zona de estudio viene determinada por la presencia de la presa del embalse de Azután sobre el río Tajo, que regula el régimen hidráulico aguas abajo del mismo. Tiene una cota de coronación de 357 m.s.n.m., y una altura sobre cimientos de 55 m, siendo la capacidad total del embalse de 85 Hm3.

En la zona de estudio o en sus cercanías existen las siguientes figuras de protección:

LIC y ZEPA «Ríos de la margen izquierda y Berrocales del Tajo» (ES4250013), situado a unos 1.000 metros de distancia de la zona de actuación. Este espacio se caracteriza por los pequeños cañones excavados en sustratos graníticos, que constituyen un hábitat idóneo para la nidificación de aves rupícolas; los hábitats acuáticos y formaciones de ribera y los berrocales graníticos con vegetación casmofítica.

Refugio de fauna del embalse de Azután. Decreto 11/1996, de 22 de enero, dada su gran capacidad de acogida y cría para especies de aves acuáticas. La zona sur del embalse, se considera Área crítica de Cigüeña negra («Ciconia nigra»). Decreto 275/2003, de 9 de septiembre, especie catalogada «en peligro de extinción». Situada a unos 500 m de la ubicación del proyecto. Zona de importancia para el Águila imperial ibérica («Aquila adalberti») y Buitre negro («Aeqypius monachus»), «en peligro de extinción» y «vulnerable» respectivamente según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. En la zona de estudio, están presentes especies piscícolas de interés comunitario tales como colmilleja («Cobitis paludica»), calandino («Tropidophoxinellus albumoides»), boga («Chondrostoma polylepis polylepis») y barbo comizo («Barbus comiza»). Las dos primeras especies se encuentran incluidas en la categoría «de interés especial» en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. También se cita la presencia de nutria («Lutra lutra»), especie catalogada como «vulnerable» en el citado catálogo. En cuanto a la vegetación en la zona de estudio, se informa de la presencia aguas abajo de la presa de un hábitat de interés comunitario ubicado fuera de Red Natura 2000: 92D0 «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos ("Nerio-Tamaricetea" y "Securinegion tinctoriae")». La zona donde se quiere llevar a cabo el proyecto es un área catalogada como de alta susceptibilidad de afección al Patrimonio Histórico, y para evitarla el promotor debe incluir un Estudio de Valoración de afecciones al citado Patrimonio.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. 3.1.1 Entrada de la documentación inicial. La tramitación se inició el 24 de octubre de 2005, al recibirse la memoria resumen del proyecto «Central hidroeléctrica de Fuentidueñas sobre el río Tajo y línea eléctrica de evacuación».

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha de 21 de febrero de 2006, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas por la ejecución del proyecto. La relación de consultados se expone a continuación:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

X

Confederación Hidrográfica del Tajo

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha

-

Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías de la Junta de Castilla-La Mancha

-

Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Castilla-La Mancha

X

Ayuntamiento de Azután

-

Ayuntamiento de Alcolea de Tajo

X

Agencia de Gestión de la Energía de Castilla-La Mancha

-

Agencia Provincial de la Energia de Toledo (APET)

-

Sociedad Española de Ornitología (S.E.O.)

-

ADENA

-

Ecologistas en Acción

-

Grupo Ecologista CICONIA

-

Greenpeace

-

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Espacios Naturales Protegidos y Zonas Sensibles.

Dada la proximidad con el LIC y ZEPA «Ríos de la margen izquierda y Berrocales del Tajo» (ES4250013), el estudio de impacto ambiental debe plantear y analizar posibles alternativas técnicas y de ubicación, incluir un inventario de hábitats y especies incluidas en la Directiva 92/43/CEE, así como una identificación de impactos y su valoración. Por otro lado, en cumplimiento de los planes de conservación de la Cigüeña negra («Ciconia nigra») y Buitre negro («Aeqypius monachus»), deberá analizarse la incidencia del proyecto sobre el hábitat y la población de estas especies, especialmente de la primera dada su estrecha dependencia del hábitat acuático.

Línea de evacuación de energía.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha informa que el trazado propuesto para la línea de 45 kV en la documentación presentada afectará de forma significativa a un pinar existente. Para evitar esa afección, se deberá estudiar la posibilidad de desplazar los dos últimos apoyos de la línea de evacuación unos 100 metros hacia el noroeste.

De igual manera, deberán tenerse en cuenta las medidas contempladas en el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, por el que se establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas en alta tensión y líneas aéreas en baja tensión con fines protectores de la avifauna en Castilla-La Mancha.

Hidrología.

En el estudio de impacto ambiental, se debe realizar una valoración de los impactos producidos por la modificación del régimen de caudales aguas abajo de la central ya que su presencia condiciona la capacidad de carga del medio.

Durante la fase de construcción, se deberán evitar vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria, asimismo, se deberá minimizar en lo posible la generación de turbidez en las aguas. Durante la fase de explotación, el estudio de impacto ambiental deberá incluir la comprobación periódica de la calidad del agua, proceder a limpiezas periódicas del vaso circulante y retener lo menos posible el caudal circulante. La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que toda actuación que se realice en Dominio Público Hidráulico o en su zona de policía, deberá contar con la preceptiva autorización de este organismo de cuenca.

Fauna y flora.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha recuerda que la Ley 9/1999, de 26 de mayo, establece para las especies catalogadas como vulnerables o de interés especial la prohibición de la destrucción de sus hábitat. Recomienda adaptar el cronograma de trabajo para minimizar las afecciones a la fauna amenazada, exponiendo que las obras deberán quedar fuera del periodo de cría de las aves. De igual manera, se incluirá una descripción de la tipología e intensidad de la iluminación a utilizar en las instalaciones, la cual quedará justificada en aras a la minimización de la contaminación lumínica.

En el estudio de impacto ambiental se deberá analizar de igual manera, la presencia aguas abajo de la presa, de un hábitat de interés comunitario ubicado fuera de Red Natura 2000: 92D0 «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos ("Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae")».

Impactos acumulativos.

Se debe incluir en el estudio de impacto ambiental, una estimación de los posibles efectos sinérgicos o acumulativos que la existencia de diferentes instalaciones e infraestructuras puedan tener sobre el medio receptor.

Patrimonio histórico.

Según informa la Delegación Provincial de Cultura de Toledo, la zona se encuentra en un área de alta susceptibilidad de afección al Patrimonio histórico, por tanto, en el estudio de impacto ambiental se deberá incluir un estudio de valoración de afecciones al patrimonio histórico.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.

El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor y órgano sustantivo el 29 de mayo de 2006, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que se deberán incluir en el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

La Confederación Hidrográfica del Tajo sometió a información pública conjuntamente la petición de autorización del aprovechamiento de aguas, la declaración de utilidad pública y el estudio de impacto ambiental del proyecto mediante anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia de Toledo», número 49, de 1 de marzo de 2007.

Con fecha 12 de julio de 2007, la Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de información pública del proyecto, el cual comprende el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública. Durante el periodo de información pública no se recibió ninguna alegación.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto.

3.3.1 Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Con fecha 5 de septiembre de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicito a la Confederación Hidrográfica del Tajo que en cumplimiento a los artículos 3.3 y 3.5 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, remitiese el estudio de impacto ambiental a las administraciones públicas afectadas.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en su calidad de órgano sustantivo, remitió con fecha 15 de octubre de 2007, a administraciones públicas afectadas el estudio de impacto ambiental, solicitando manifiesten lo que estimen oportuno en materia de su competencia. En respuesta a esta solicitud, el 4 de enero de 2008 se recibe informe elaborado por el Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, donde se expone que el proyecto se ubicará en una zona del río Tajo que está muy alterada por la actividad humana. A pesar de ello, incide en que la importancia de los recursos naturales presentes en la zona es notable, citando que el cercano embalse de Azután y sus orillas están catalogados como Refugio de Fauna y LIC y ZEPA «Ríos de la margen izquierda y Berrocales del Tajo» y que aguas abajo de la presa hay catalogado un Hábitat de Protección Especial, concretamente de tarayales no halófilos y galerías fluviales arbóreas y arbustivas. Menciona además la presencia y cría en la zona, de especies protegidas tales como: Cigüeña negra, Águila imperial, Buitre negro, Águila perdicera; Barbo comiza; Colmilleja y Calandino. Para evitar afecciones al valioso medio ambiente de la zona, considera necesario cumplir y respetar lo expuesto en la Ley 9/99 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha y extremar las precauciones tanto en la ejecución, como en la posterior explotación del proyecto.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El promotor ha incluido un estudio de alternativas y la justificación de la solución adoptada, valorando también la alternativa de «no actuación», que resulta desestimada. Se estima conveniente realizar el proyecto presentado, ya que contribuirá a elevar el porcentaje de energía generada por fuentes alternativas, a disminuir la emisión de dióxido de carbono y a la creación de puestos de trabajo. Se han planteado alternativas para la ubicación del aprovechamiento hidroeléctrico y para la línea eléctrica de evacuación, para lo que se ha tenido en cuenta los espacios con vegetación de interés, evitar la ocupación de espacios no alterados y el máximo aprovechamiento de las infraestructuras y los viales existentes.

El estudio de impacto ambiental incluye la siguiente justificación de alternativas:

Alternativas respecto al aprovechamiento hidroeléctrico. La localización de la central y centro de transformación está condicionada al punto en el que pueda acometerse la obra de toma de agua en la presa. En este caso, no resulta técnicamente viable acometerla en su estribo derecho, debido a la gran cantidad de infraestructuras existentes en esa margen. Otra alternativa, como pudiera ser la ampliación de la central ya existente, la desestima el promotor, por no resultar adecuada ni desde el punto de vista técnico ni económico.

Por todo ello el promotor elige la alternativa de ubicar la central y el centro de transformación, en la margen izquierda de la presa, donde se tiene un acceso fácil, se minimizan las actuaciones sobre la presa existente y se dispone del espacio suficiente para ubicar todas las instalaciones asociadas al aprovechamiento.

Alternativas respecto a la línea eléctrica.

En cuanto a la línea eléctrica de evacuación, su trazado está condicionado por el cruce del río Tajo, y por la necesidad de entrar en la subestación existente, por su lado norte cruzando un buen número de líneas eléctricas que tienen su origen allí. Se han estudiado dos posibles alternativas de trazado: Alternativa 1: La traza pretende conseguir el menor número de quiebros, el menor número de apoyos y la menor longitud de cableado. Esta alternativa tiene 443 m de longitud y 4 apoyos. Cruza un pinar de repoblación, por lo que sería necesario abrir una calle de seguridad de 1.165 m2, lo que supondría talar aproximadamente 140 pies de pinos.

Alternativa 2: Traza planteada durante la fase de consultas por la Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Junta de Castilla-La Mancha. Con ella se evitaría afectar a la masa de pinos, presentando una longitud de 586 m (566 aéreos) y 4 apoyos. El promotor selecciona la denominada Alternativa 2, por considerar que es la mas adecuada desde el punto de vista técnico y ambiental.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.

Los principales efectos ambientales del proyecto, así como las principales medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental, se resumen a continuación: Afecciones a Espacios Naturales Protegidos y Zonas Sensibles. Según expone el promotor, durante la implantación del aprovechamiento a pie de presa, las afecciones serán de escasa entidad, habida cuenta que tanto la presa como algunos otros elementos ya están construidos y se van a aprovechar, incidiendo además en que la zona de actuación tiene poca naturalidad ya que alberga otras infraestructuras.

El promotor informa, que el LIC «Ríos de la margen izquierda y Berrocales del Tajo (ES 4250013)», se encuentra a unos 1.000 m de la zona de actuación. En cuanto a la posible afección sobre un Área crítica de Cigüeña negra, el promotor informa que sus límites se hallan como mínimo a 350 m del lugar de ubicación de la central, no habiéndose detectado nidificación en la zona donde se ejecutarán las actuaciones. El área de estudio incluye también una zona de importancia para el Águila imperial ibérica, aunque en el entorno de las actuaciones no se ha detectado tampoco ningún nido de la especie. El promotor expone, que con el proyecto no se comprometerá la persistencia de ningún hábitat natural de interés comunitario presentes en el entorno del proyecto.

Afecciones a la hidrología.

Durante la fase de obras, el promotor contempla la posibilidad de que se produzca afección sobre la calidad de las aguas debido a un aumento de los sólidos en suspensión u otro tipo de contaminantes. Efectos que se verán mitigados por la aplicación de medidas preventivas y correctoras, tales como la colocación de pantallas protectoras en las operaciones de relleno.

Durante la fase de explotación, el promotor ha contemplado la realización de limpiezas periódicas del vaso circulante, así como la realización de controles de calidad de las aguas. Por otra parte se informa que los caudales circulantes en el río Tajo, aguas abajo de la presa, están supeditados al régimen de funcionamiento de la misma, no sufriendo alteración alguna por el aprovechamiento proyectado a pie de presa.

Afecciones a la fauna.

La ejecución del proyecto, acarrea la implantación de una nueva línea eléctrica de evacuación que podría afectar a la avifauna presente en la zona, si bien es cierto que en la zona ya están operativas otras líneas eléctricas.

El promotor considera, que en este tipo de líneas eléctricas el riesgo de electrocución de aves es entre moderado y bajo debido a la distancia entre conductores, así como entre éstos y el apoyo. A pesar de ello, y para minimizar los posibles riesgos se cumplirá lo establecido en el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, tal y como solicitó en la fase de consultas previas la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha. De igual manera, para una mayor protección de la avifauna se adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:

Aislamiento de los conductores en un tramo de 1,40 m a ambos lados de la cruceta en apoyos de alineación, y aislamiento de los puentes flojos y demás elementos en tensión en apoyos de amarre, anclaje y ángulo.

En zonas de especial riesgo de colisión se instalarán salvapájaros en todos los conductores cada 10 m y señalizadores visuales en los cables de tierra aéreos y demás instalaciones anejas. El promotor así mismo informa, que para minimizar afecciones sobre el ciclo biológico de las aves, se evitarán en la medida de lo posible, ruidos intensos y vibraciones durante su época de cría. En relación con la fauna piscícola, el promotor durante la fase de obras no contempla la desviación de agua, dado que se aprovecharán las infraestructuras de la presa de Azután, evitando así posibles alteraciones sobre el comportamiento de los peces. La construcción de ataguías puede suponer un aumento de la turbidez, proponiendo para mitigarla medidas correctoras tales como la colocación de pantallas protectoras. Durante la fase de explotación, la posible afección sobre la ictiofauna sería el paso de ejemplares por las turbinas, para evitar este efecto se han dispuesto rejillas en las obras de toma, instalando limpiarrejas inocuos para los peces.

Protección a la flora.

El estudio de impacto ambiental informa que en la zona en la que se van a asentar los distintos elementos del proyecto no se encuentra ningún hábitat de interés comunitario, aunque sí están presentes en el ámbito de estudio. Para evitar las posibles afecciones el promotor prevé la eliminación únicamente de la vegetación que sea imprescindible, incluyendo además medidas de restauración, revegetación y de protección de la vegetación arbórea existente.

El promotor además, elige como alternativa de instalación de la línea eléctrica de evacuación, un trazado propuesto por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, que evita cualquier afección sobre una masa de pinos existente.

Protección del patrimonio.

Durante la ejecución del proyecto se podrían producir afecciones sobre el Patrimonio Histórico, Arqueológico y Etnológico de Castilla-La Mancha.

Para valorar esas posibles afecciones, el promotor presenta un Estudio Arqueológico Documental del área de actuación. De igual manera, se compromete a realizar con anterioridad al inicio de las obras, una prospección arqueológica intensiva y cobertura total del emplazamiento de la central y de su línea de evacuación, en una banda no inferior a 50 m. Asimismo expone que, se tendrán en cuenta las medidas preventivas y correctoras derivadas de estos trabajos.

5. Condiciones de protección ambiental específicas.

En función de la documentación generada a lo largo de este proceso de evaluación, además de las medidas propuestas por el estudio de impacto ambiental, se estima necesario incluir las siguientes condiciones de protección ambiental específicas: Para evitar posibles afecciones al ciclo biológico de la avifauna protegida presente en la zona, las obras deberán realizarse fuera de su período de reproducción (de febrero a junio, ambos inclusive). La fijación del calendario definitivo de obras se realizará en coordinación con la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha.

Para mitigar posibles afecciones a los valores naturales protegidos (espacios y especies) aguas abajo de la presa, especialmente en los Hábitats de Protección Especial, el organismo de cuenca deberá establecer y el promotor acatar, un régimen de caudales ecológicos que garanticen su mantenimiento en un estado de conservación, al menos, similar al actual. Para minimizar la afección paisajística, se deberán restaurar todas las zonas afectadas por la ejecución del proyecto. Las especies a utilizar en la revegetación deberán ser autóctonas y correspondientes a variedades propias del lugar. Su plantación deberá seguir una distribución natural, tendiendo a disponer las diferentes especies en función de sus requerimientos ecológicos y de las características ambientales de cada enclave. La restauración se realizará en coordinación con la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La Mancha.

6. Especificaciones para el seguimiento.

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental tanto para la fase de construcción como para la de explotación, que se considera adecuado, donde se establecen prescripciones para la observación y seguimiento de las diferentes actuaciones previstas, así como de la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas.

Se controlará que las obras se desarrollen de acuerdo con el proyecto autorizado y que los posibles impactos se corresponden con los previstos por el estudio de impacto ambiental. En caso de indentificarse algún impacto no previsto, se procederá a la definición de nuevas medidas que permitan su minimización. El programa de vigilancia ambiental incluye entre otras las siguientes medidas:

Control de los niveles sonoros. Control de la gestión de los residuos producidos.

Control de la calidad de las aguas y del sistema hidrológico. Control de la vegetación y los hábitats naturales. Control de procesos erosivos. Control y seguimiento de la avifauna. Control arqueológico. Control sobre la evolución de las zonas revegetadas y restauradas. Vigilancia ante la aparición de impactos no previstos. Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica su Declaración de Impacto Ambiental. Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 17 de enero de 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto central hidroeléctrica de Fuentidueñas sobre el río Tajo t.m. Toledo concluyendo que siempre y cuando que se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a confederación Hidrográfica del Tajo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 18 de enero de 2008.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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