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Documento BOE-A-2008-3802

Orden ECI/502/2008, de 21 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Leitat.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2008, páginas 12193 a 12193 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-3802

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Joan Parra Farre, solicitando la inscripción de la Fundación Leitat, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Asociación Acondicionamiento Tarrasense, en Terrasa, el 16 de julio de 2007, según consta en la escritura pública número 3106, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Catalunya, don Fernando Pérez-Sauquillo Conde, que fue subsanada por la escritura número 4954, autorizada el 14 de diciembre de 2007, ante el mismo notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Terrasa (08221 Barcelona), Paseo 22 de Julio, número 218, siendo su ámbito estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación, consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de rectificación de la de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines generales de la Fundación los siguientes: la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica dentro de los distintos sectores económicos. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el patronato queda constituido por: Presidente: don Eusebi Cima Mollet, por razón del cargo de Presidente de la Asociación Acondicionamiento Tarrasense; Vicepresidente: don Marti Colomer Ribas, por razón del cargo de Vice-Presidente de la Asociación Acondicionamiento Tarrasense; y Secretario: don Joan Parra Farre, por razón del cargo de Gerente de la Asociación Acondicionamiento Tarrasense. En la escritura de constitución consta la aceptación de los nombramientos como patronos y de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Leitat en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Leitat, de ámbito estatal, con domicilio en Terrasa (08221 Barcelona), Paseo 22 de Julio, número 218, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de enero de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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