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Documento BOE-A-2008-391

Resolución de 19 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo 2007 Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2008, páginas 1925 a 1927 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-391

TEXTO ORIGINAL

Suscrito Protocolo 2007 Adicional al Convenio de colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 19 de diciembre de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO Protocolo 2007 adicional al Convenio de Colaboración suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de Proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad

En Madrid, a 17 de septiembre de 2007

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Jesús Caldera Sánchez-Capitán, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (Boletín Oficial del Estado número 94, de 18 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado número 12, de 14 de enero).

Y de otra parte, el Sr D. Anxo Manuel Quintana González, Vicepresidente de la Igualdad y Bienestar en virtud del Decreto 213/2005, de 3 de agosto, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Galicia. Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio de Colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, de reestructuración de los departamentos ministeriales y 692/2000, de 12 de mayo, y 1600/2004, de 2 de julio, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales. Por otra parte, en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, (Boletín Oficial del Estado número 311, de 29 de diciembre), y en la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 14/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2007, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines. Tercero.-Que, el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes. Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por la comunidades autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan. Quinto.-Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial celebrada el día 12 de febrero de 2007 por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de febrero de 2007, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 72, de fecha 24 de marzo, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de cinco millones novecientos cuarenta y cinco mil setecientos diez euros (5.945.710 euros) incluido en la aplicación 19.04.231F.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar. Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2007, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Galicia y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la Cláusula sexta del Convenio de Colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 15 de diciembre de 1997, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Galicia ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2007, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la Cláusula sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2007 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación. Segunda.-Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.231F.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (497.358,64). La Comunidad Autónoma de Galicia, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50% aportando la cantidad de cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y ocho euros con sesenta y cuatro céntimos (497.358,64). La Comunidad Autónoma de Galicia ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación. Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2007, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, por Orden comunicada de delegación de 14 marzo de 2007, la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce García.-El Vicepresidente de la Igualdad y Bienestar, Anxo Manuel Quintana González.

ANEXO I Plan de Acción para Personas con discapacidad 2007 Comunidad Autónoma de Galicia

Denominación

Entidades y provincias

Municipio

Financiación

C.A.

AGE

Total

1

Mantenimiento Centro asistencial autismo.

A Coruña.

202.366,21

202.366,21

404.732,42

2

Mantenimiento C.de Dia P. Par. Cerebral.

Pontevedra.

79.972,22

79.972,22

159.944,44

3

Mantenimiento C. Dia P. Retraso Mental.

Ourense.

55.368,00

55.368,00

110.736,00

4

Mantenimiento C. Resid.P. Par. Cerebral.

Lugo.

159.652,21

159.652,21

319.304,42

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

497.358,64

497.358,64

994.717,28

ANEXO II Plan de acción para personas con discapacidad

Comunidades Autónomas

Financiación

C.A.

A.G.E.

Total

Andalucía

1.170.769,76

1.170.769,76

2.341.539,52

Aragón

206.018,85

206.018,85

412.037,70

Asturias

186.576,38

186.576,38

373.152,76

Baleares

114.811,66

114.811,66

229.623,32

Canarias

320.074,25

260.124,81

580.199,06

Cantabria

91.920,68

91.920,68

183.841,36

Castilla-La Mancha

313.398,37

313.398,37

626.796,74

Castilla y León

453.776,59

453.776,59

907.553,18

Cataluña

845.658,33

845.658,33

1.691.316,66

Extremadura

205.602,65

205.602,65

411.205,30

Galicia

497.358,64

497.358,64

994.717,28

Madrid

683.518,82

683.518,82

1.367.037,64

Murcia

217.195,00

175.755,19

392.950,19

La Rioja

89.185,65

89.185,65

178.371,30

Valencia

591.776,52

591.776,52

1.183.553,04

Ceuta

29.728,55

29.728,55

59.457,10

Melilla

29.728,55

29.728,55

59.457,10

Total

6.047.099,25

5.945.710,00

11.992.809,25

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