Visto el expediente de indulto de don David Pol Quero, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Baleares, en sentencia de 3 de noviembre de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión y multa de 27.380 euros, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de febrero de 2008,
Vengo en indultar a don David Pol Quero la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de febrero de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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