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Documento BOE-A-2008-4037

Resolución de 15 de febrero de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 2008, páginas 12726 a 12729 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-4037

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. (cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 15 de febrero de 2008.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años)

En Madrid, a 20 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, Don Jesús Caldera Sánchez-Capitán Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (Boletín Oficial del Estado número 94, de 18 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Excma. Sra. D.ª Micaela Navarro Garzón, Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, nombrada mediante Decreto 12/2004, de 24 de abril (B.O.J.A extraordinario n.º 3, de 25 de abril) en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Decreto 205/2004, de 11 de mayo (B.O.J.A. n.º 94, de 14 de mayo) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 553/2004 de 17 de abril, 562/2004 de 19 de abril, 1600/2004 de 2 de julio.

Segundo.-Que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias en materia de Asistencia y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo 13.22 de su Estatuto (Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero, 2114/1984, de 1 de agosto y 2733/1986, de 12 de diciembre. Tercero.-Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración. Cuarto.-Que la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007 (B.O.E. del día 29), incluye dos créditos adscritos al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para favorecer la conciliación entre vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, mediante transferencias a las Comunidades Autónomas: la aplicación 19.04.231G.454.00 con una dotación de 21.793.830 euros y la aplicación.19.04.231G.752, con una dotación de 8.000.000 euros. Quinto.-Que la Comunidad Autónoma de Andalucía garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines. Sexto.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3 años). Séptimo.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución de los crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 23 de febrero de 2007 (B.O.E. de 24 de marzo de 2007). Octavo.-Que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas. Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración de naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 86 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (0-3 años), mediante la financiación conjunta, tal y como se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.-La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior. Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Andalucía se compromete a aportar la cantidad total de cuatro millones setecientos ochenta y nueve mil ciento sesenta y siete euros con veintiún céntimos (4.789.167,21€), como participación en los gastos corrientes que ocasionen la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Así mismo, se compromete a aportar la cantidad total de un millón setecientos sesenta y cuatro mil ciento nueve euros con treinta céntimos (1.764.109,30 €) como participación en la financiación de los programas que requieren gastos de inversión. Esta cantidad puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las corporaciones locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el citado anexo. Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.231G.454.00 para el ejercicio de 2007, aporta la cantidad de cuatro millones seiscientos sesenta y cinco mil quinientos cincuenta euros con noventa y tres céntimos (4.665.550,93 €) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Asimismo, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.231G.752 para el ejercicio 2007, aporta la cantidad de un millón seiscientos ochenta y un mil trescientos cincuenta y dos euros con ochenta céntimos (1.681.352,80€) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio en los términos establecidos en el artículo 86.2 cuarta de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Así mismo, colaborará técnicamente para facilitar la realización de los programas objeto de convenio. Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A.-Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B.-Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio. C.-Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados. D.-Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de los compromisos de créditos, las obligaciones reconocidas y los pagos realizados en el año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.2 regla sexta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. E.-Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos. La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de Andalucía elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los 3 meses siguientes y que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica. Actividades realizadas. Recursos utilizados. Sectores atendidos. Resultados obtenidos. Datos estadísticos. Dificultades y propuestas. Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de Andalucía no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima del presente convenio.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos. Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades autónomas firmantes de los Convenios. El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora General de las Familias y la Infancia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Directora General de Infancia y Familias. Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de las Familias y la Infancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General. Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales. Décima.-La duración del Convenio se establece para el año 2007 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación. Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él. Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. (Orden Comunicada de 14 de marzo de 2007), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce García.-La Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro Garzón.

ANEXO

Aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Corporaciones Locales y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. Año 2007

1. Aplicación presupuestaria 19.04.231G.454.00

Provincia

Corporación Local

Nombre del Centro

Aportaciones

Situación

CC.AA./C.L.

M.T.A.S

1. A) Servicios de titularidad de corporaciones locales

1

Almería.

Albox

E.I. Municipal

18.189,90

18.189,90

Continuidad 2006

2

Berja

G.I. Arco Iris

58.000,00

48.000,00

Continuidad 2006

3

Berja

G.I. Balanegra

41.500,00

41.500,00

Continuidad 2006

4

Cuevas de Almanzora

G.I. Luis Siret

34.580,00

34.580,00

Continuidad 2006

5

Fines

E.I. Municipal

30.000,00

20.000,00

Continuidad 2006

6

Níjar

G.I. Las Gaviotas

58.000,00

50.000,00

Continuidad 2006

7

Pulpí

G.I. Los Antones

36.060,00

33.660,00

Continuidad 2006

8

Tíjola

G.I. Municipal

23.520,00

21.120,00

Continuidad 2006

9

Vélez-Rubio

G.I. Madre Fabiana

54.400,00

54.400,00

Continuidad 2006

10

Vícar

E.I. Los Geraneos

126.000,00

126.000,00

Continuidad 2006

11

Cádiz.

Benalup

E.I. Municipal

63.500,00

53.500,00

Continuidad 2006

12

Chipiona

E.I. Pepita Pérez

93.108,59

93.107,00

Continuidad 2006

13

Setenil de Las Bodegas

E.I. Municipal

51.600,00

51.600,00

Continuidad 2006

14

Córdoba.

Adamuz

E.I. Municipal

12.000,00

12.000,00

Continuidad 2006

15

Benamejí

E.I. Municipal

22.500,00

22.500,00

Continuidad 2006

16

Carlota, La

E.I.M. Matrona Mª del Valle

71.089,00

71.089,00

Continuidad 2006

17

Doña Mencia

E.I. Municipal

44.000,00

44.000,00

Continuidad 2006

18

Dos Torres

E.I. Municipal

40.800,00

40.800,00

Continuidad 2006

19

Luque

E.I. Municipal

30.360,00

30.360,00

Continuidad 2006

20

Montalbán

E.I.. Municipal

79.688,52

79.688,52

Continuidad 2006

21

Montoro

E.I. Municipal

52.560,00

52.560,00

Continuidad 2006

22

Nueva Carteya

E.I. Municipal

38.400,00

38.400,00

Continuidad 2006

23

Palma del Rio

E.I. Municipal

41.040,00

41.040,00

Continuidad 2006

24

Posadas

E.I. Municipal

36.000,00

36.000,00

Continuidad 2006

25

Victoria, La

G.I. Municipal

18.480,00

18.480,00

Continuidad 2006

26

Granada.

Albolote

G.I. Municipal

51.043,64

40.956,38

Continuidad 2006

27

Armilla

E.I. El Cole

30.080,00

30.080,00

Continuidad 2006

28

Huetor Tajar

E.I. Municipal

49.805,00

49.805,00

Continuidad 2006

29

Padul

E.I. La Paloma

54.000,00

54.000,00

Continuidad 2006

30

Santa Fe

E.I. Bernard Van Leer

74.000,00

64.000,00

Continuidad 2006

31

Huelva.

Aroche

G.I. Gente Menuda

26.160,00

26.160,00

Continuidad 2006

32

Beas

G.I. Mi Pequeña Casa

17.229,21

17.229,21

Continuidad 2006

33

Bollullos del Condado

E.I. Cándida Amaya

52.500,00

52.500,00

Continuidad 2006

34

Nerva

E.I. Los Colorines

18.591,80

17.872,40

Continuidad 2006

35

Redondela, La

E.I. Municipal

37.500,00

37.500,00

Continuidad 2006

36

Rociana del Condado

G.I. El Principito

72.720,00

72.720,00

Continuidad 2006

37

Valverdel del Camino

E.I. Valle Verde

58.800,00

58.800,00

Continuidad 2006

38

Jaén.

Andújar

E.I. María Montessori

39.600,00

39.600,00

Continuidad 2006

39

Baeza

E.I. Leocadio Marín

54.000,00

54.000,00

Continuidad 2006

40

Bailén

E.I. Municipal

37.352,37

37.352,37

Continuidad 2006

41

Castillo de Locubin

E.I. Municipal

20.400,00

20.400,00

Continuidad 2006

42

Jaén

E.I. Fuentezuelas

57.839,31

57.839,31

Continuidad 2006

43

Linares

E.I. Arrayanes

49.200,00

49.200,00

Continuidad 2006

44

Linares

E.I. La Paz

67.899,31

67.899,31

Continuidad 2006

45

Marmolejo

E.I. Municipal

55.200,00

55.200,00

Continuidad 2006

46

Martos

E.I. Virgen Del Pilar

53.774,20

53.774,20

Continuidad 2006

47

Porcuna

E.I. Municipal

26.076,48

26.076,48

Continuidad 2006

48

Ubeda

E.I. Municipal

171.600,00

171.600,00

Continuidad 2006

49

Villanueva de La Reina

E.I. San Eufrasio

26.640,00

26.640,00

Continuidad 2006

50

Málaga.

Alameda

E.I. Municipal

62.300,00

62.300,00

Continuidad 2006

51

Almachar

G.I. Municipal

19.659,10

19.659,10

Continuidad 2006

52

Cuevas de San Marcos

E.I. Municipal

21.600,00

21.600,00

Continuidad 2006

53

Humilladero

E.I. Municipal

39.700,00

39.700,00

Continuidad 2006

54

Manilva-Sabinillas

E.I. Municipal

35.847,30

35.847,30

Continuidad 2006

55

Mollina

E.I. Municipal

50.700,00

50.700,00

Continuidad 2006

56

Rincón de La Victoria

E.I.M. El Bosque Encantado

89.950,00

89.950,00

Nuevo

57

Velez-Málaga

G.I. Virgen del Carmen

51.400,00

51.400,00

Continuidad 2006

58

Villanueva del Rosario

E.I. Municipal

31.200,00

31.200,00

Continuidad 2006

59

Sevilla.

Carmona

G.I. La Amapola

116.400,00

116.400,00

Continuidad 2006

60

Castilblanco de Los A.

E.I. Municipal

66.000,00

66.000,00

Continuidad 2006

61

Castilleja de Guzmán

G.I. Mi Casita

28.800,00

28.800,00

Continuidad 2006

62

Ecija

E.I. Municipal

37.650,00

37.650,00

Continuidad 2006

63

Palacios y Villafranca, Los

E.I.Municipal

83.650,00

83.650,00

Continuidad 2006

64

Puebla de Los Infantes, La

E.I. Municipal

38.091,91

38.091,91

Continuidad 2006

65

Rinconada, La

G.I. Almonazar

135.590,00

135.590,00

Continuidad 2006

66

Rinconada, La

G.I. Gloria Fuertes

130.800,00

130.800,00

Continuidad 2006

67

Santiponce

G.I. Itálica

128.400,00

128.400,00

Continuidad 2006

68

Tomares

E.I.. Municipal

51.003,33

51.003,33

Continuidad 2006

Total A)

3.596.128,97

3.532.520,72

1. B) Guarderías Infantiles Laborales de titularidad de Corporaciones Locales o Entidades sin ánimo de lucro

1

Almería.

Albox

G.I.L. Virgen Del Saliente

94.938,95

94.938,95

Continuidad 2006

2

Dalias

G.I.L. Padre Rubio

44.300,00

44.300,00

Continuidad 2006

3

El Ejido

G.I.L. Bambi

96.000,00

96.000,00

Continuidad 2006

4

El Ejido

G.I.L. Virgen del Carmen

126.000,00

126.000,00

Continuidad 2006

5

Cádiz.

Jerez de La Frontera

G.I.L. Blanca Paloma

142.088,00

142.080,00

Continuidad 2006

6

Jerez de La Frontera

G.I.L. La Granja

167.280,00

107.280,00

Continuidad 2006

7

Jerez de La Frontera

G.I.L. El Salvador

86.260,00

86.260,00

Continuidad 2006

8

Granada.

Granada

G.I.L. Amanecer

52.800,00

52.800,00

Continuidad 2006

9

Granada

G.I.L. Santa Rosalía

48.000,00

48.000,00

Continuidad 2006

10

Pinos Puente

G.I.L. Jesús María

86.200,00

86.200,00

Continuidad 2006

11

Huelva.

Almonte

G.I.L. Virgen del Rocío

52.800,00

52.800,00

Continuidad 2006

12

Málaga.

Archidona

G.I.L. San José

64.600,00

64.600,00

Continuidad 2006

13

Málaga

G.I.L. Portada Alta

80.579,50

80.579,50

Continuidad 2006

14

Sevilla.

Sevilla

G.I.L. Concilio

51.191,79

51.191,76

Continuidad 2006

Total B)

1.193.038,24

1.133.030,21

Total A) + B)

4.789.167,21

4.665.550,93

2. Aplicación presupuestaria 19.04.231G.752.00

Servicios de titularidad de corporaciones locales

Provincia

Corporación Local

Nombre del Centro

Aportaciones (euros)

Situación

CC.AA./C.L.

M.T.A.S

Almería.

Macael

C.E.I. Municipal de Macael

150.000,00

150.000,00

Constr. 3.ª fase

Nijar

C.E.I. Municipal Campohermoso

100.000,00

100.000,00

Constr. 2.ª fase

Oria

C.E.I. Municipal de Oria

95.500,00

95.500,00

Constr. 2.ª fase

Pulpi

C.E.I. Los Duendecillos

140.927,21

140.927,21

Constr. 3.ª fase

Tíjola

C.E.I. Municipal de Tíjola

203.349,74

203.349,74

Ampliac. 3.ª fase

Turre

C.E.I. Municipal de Turre

31.240,76

31.240,76

Constr. 3.ª fase

Velez-Rubio

C.E.I. Madre Fabiana

50.000,00

50.000,00

Ampliac. 3.ª fase

Cádiz.

Algeciras

C.E.Preescolar Clara Campoamor

136.200,00

126.200,00

Construcción

Córdoba.

Villafranca de Córdoba

C.E.I. Los Remedios

113.999,84

106.000,24

Construcción

Granada

Huetor Vega

C.E.I. Municipal de Huetor Vega

112.676,64

103.323,44

Construcción

Salar

C.E.I. Municipal de Salar

70.000,00

70.000,00

Construcción

Huelva.

Galaroza

C.E.I. Municipal de Galaroza

69.109,30

25.000,00

Constr. 2.ª fase

Jaén.

Linares

C.E.I. Municipal de La Bda. San Gonzalo

156.647,20

145.352,80

Constr. 2.ª ase

Málaga.

Vélez-Málaga

C.E.I. Municipal La Fortaleza

162.381,33

162.381,33

Constr. 2.ª fase

Sevilla.

El Arahal

C.E.I. Municipal de El Arahal

50.278,58

50.278,58

Constr. 2.ª fase

El Viso del Alcor

C.E.I. Municipal de El Viso

121.798,70

121.798,70

Constr. 2.ª fase

Total

1.764.109,30

1.681.352,80

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