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Documento BOE-A-2008-4152

Resolución de 18 de febrero de 2008, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad a don Roberto Rodríguez Osorio.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 2008, páginas 13093 a 13094 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-4152

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, convocado con número 2083/07 mediante Resolución de esta Universidad de fecha 15 de noviembre de 2007 («BOE» de 27 de noviembre de 2007), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base octava de la convocatoria, Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («BOE» de 24 de diciembre), el artículo 87 de los Estatutos de esta Universidad y demás disposiciones concordantes, ha resuelto:

Nombrar a don Roberto Rodríguez Osorio, con NIF 33292554P, Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de «Arquitectura y Tecnología de Computadores», adscrita al Departamento de Electrónica y Computación de la Universidad de Santiago de Compostela, código de plaza C01573, localidad: Santiago de Compostela. Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, sin que en este caso se pueda interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición.

Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2008.-El Rector, Senén Barro Ameneiro.

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