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Documento BOE-A-2008-4595

Orden ECI/632/2008, de 31 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Francisco Coll.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2008, páginas 14325 a 14325 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-4595

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Leoncia Pérez Peña, solicitando la inscripción de la Fundación Educativa Francisco Coll, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la inscripción de la delegación de facultades a favor de quienes ostenten en cada momento el cargo de Presidente, Vicepresidente y Secretario del Patronato.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por los Institutos Religiosos de Derecho Pontificio «Provincia de Santo Domingo de Guzmán de la Congregación de Dominicas de La Anunciata» y «Provincia de Santa Catalina de Sena de la Congregación de Dominicas de La Anunciata», en Madrid, el 26 de diciembre de 2007, según consta en la escritura pública número 3057, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco Javier Pérez de Camino Palacios. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, Avenida de Alfonso XIII, número 160 Duplicado, siendo su ámbito estatal. En la escritura de constitución, el Patronato de la Fundación que se constituye acordó la delegación de facultades anteriormente referida. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de ochenta y cinco mil euros (85.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines generales de la Fundación, dentro del marco del espíritu evangélico y la doctrina de la Iglesia Católica, y en consonancia con el carisma e ideario de las Dominicas de la Anunciata, los siguientes:

a) La educación, formación y enseñanza confesionales y el desarrollo de actividades y acciones educativas, de formación profesional, inicial y permanente y la prestación de servicios relacionados con los centros o establecimientos.

b) La compensación de desigualdades en el acceso a la educación, la cultura y la formación. c) La formación inicial y permanente del profesorado, personal no docente y otros profesionales, especialmente de la educación.

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el patronato queda constituido por: Presidenta: Doña Leoncia Pérez Peña; Vicepresidenta: Doña Florencia Moreno Heras; Secretaria: Doña Manuela González Campo; Vocales: Doña María Victoria Sánchez Urrutia, doña María Inmaculada del Peso Pérez, doña María del Carmen Peris Palanca, doña Elena González Álvarez, doña María Jesús Arca Castañón y doña María del Carmen Fernández-Tresguerres Velasco. En la escritura de constitución consta la aceptación de los nombramientos como patronos y de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. Asimismo, los miembros del Patronato, acordaron la delegación de facultades a favor de quienes ostenten en cada momento el cargo de Presidente, Vicepresidente y Secretario del Patronato.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Docente Francisco Coll en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Docente Francisco Coll, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, Avenida de Alfonso XIII, número 160 Duplicado, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir las facultades delegadas a favor de quienes ostenten en cada momento el cargo de Presidente, Vicepresidente y Secretario del Patronato, en los términos que constan en la escritura número 3057, autorizada el 26 de diciembre de 2007, ante el notario don Francisco Javier Pérez de Camino Palacios.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 31 de enero de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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