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Documento BOE-A-2008-4602

Orden APA/633/2008, de 4 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la Fundación Cluster de Conservación de Productos del Mar.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2008, páginas 14331 a 14332 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2008-4602

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Alvaro Pérez-Lafuente Bóveda, solicitando la inscripción de la Fundación Cluster de Conservación de Productos del Mar en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre (BOE de 22 de noviembre) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29), resulta:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida en Vigo, el 30 de julio de 2007, según consta en la escritura pública número dos mil doscientos setenta y dos otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Galicia don José Pedro Riol López, por la Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas de Pescados y Mariscos. (ANFACO). Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Carretera Colegio Universitario, 16. C.P. 36310, Vigo (Pontevedra), y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

La Fundación tiene como fines mejorar la calidad de vida y el bienestar social a través de la promoción de iniciativas que respondan a las demandas de la sociedad actual en relación al consumo de productos de la pesca y de la acuicultura, contribuyendo a reforzar las garantías de calidad y seguridad alimentaria de los consumidores y a mejorar la transparencia de la información. Asimismo, fomentará las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, protección del medio ambiente y promoción del consumo de los productos de la pesca y de la acuicultura que reviertan en beneficio de las condiciones de vida y de trabajo de la población, y promoverá cuantas actuaciones sean necesarias para apoyar la conservación del patrimonio industrial, cultural, artístico y bibliográfico de la industria conservera de pescados y mariscos española y la difusión de su historia entre todos los ciudadanos.

La Fundación complementa esta vertiente social con otra organizativa, que pretende estimular y favorecer la adaptación de las empresas del sector a los continuos cambios a los que se enfrentan, con el fin de contribuir a garantizar su competitividad.

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por:

Presidente: Conservas Antonio Pérez Lafuente, S. A., cargo que será ejercido por don Álvaro Pérez-Lafuente Bóveda.

Vicepresidente: La entidad Jealsa Rianxeira, S. A., cargo que será ejercido por don Odilo Romero Morales. Secretario: La entidad Hijos de Carlos Albo, S. A., cargo que ejercerá a través de don Jesús Albo Duro. Vocales:

Conservas del Noroeste, S. A., cargo que será ejercido por don Félix Conde Rodríguez.

Luís Calvo Sanz, S. A., cargo que será ejercido por don Manuel Calvo García-Benavides. Frinsa del Noroeste, S. A., cargo que será ejercido por don Ramiro Jorge Carregal Varela. Justo López Valcarcel, S. A., cargo que será ejercido por don Carlos López Valcarcel Cerqueira. Conservas Cerqueira, S. A., cargo que será ejercido por don Juan Manuel Antonio José Cerqueira Ozores. Orbe, S. A., cargo que será ejercido por don Jose Ignácio Vicente Orbe. Escuris, S. L., cargo que será ejercido por don Odilo Romero Morales. Bernardo Alfageme, S. A., cargo que será ejercido por don Luis Enrique Martín Garrido. Asociación Nacional de Fabricantes de Conservas de Pescados y Mariscos (ANFACO) cargo que será ejercido por don Juan Manuel Vieites Baptista de Sousa.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general. La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre (BOE de 22 de noviembre); el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo). La Orden APA/1603/2005, de 17 de mayo (B.O.E. de 2 de junio), en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al Ministro. Segundo.-La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, establece que se inscribirán en el Registro, entre otros actos, la constitución de la fundación, la modificación o nueva redacción de los Estatutos, el nombramiento, revocación, sustitución, suspensión y cese, por cualquier causa, de los miembros del patronato y otros órganos creados por los Estatutos, y las delegaciones y apoderamientos generales concedidos por el patronato y la extinción de estos cargos. Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Cluster de Conservación de Productos del Mar en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por todo lo cual, este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Aceptar la documentación de la Fundación Cluster de Conservación de Productos del Mar domiciliada en Carretera Colegio Universitario, 16. C.P. 36310. Vigo. (Pontevedra), cuyos fines de interés general están directamente relacionados con las competencias de este Departamento, que por lo mismo pasa a ejercer el Protectorado sobre la Fundación.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la denominada Fundación Cluster de Conservación de Productos del Mar, de ámbito estatal, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, bajo el número 4/2007. Tercero.-Registrar sus Estatutos. Cuarto.-Registrar la composición del Patronato.

Quinto.-Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero.

Madrid, 4 de marzo de 2008.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1603/2005, de 17 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Juan José Granado Martín.

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