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Documento BOE-A-2008-4607

Resolución de 25 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Mejora de la continuidad longitudinal del cauce del río Lozoya aguas arriba de la presa de Pinilla (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2008, páginas 14346 a 14347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-4607

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III de la norma citada. El proyecto mejora de la continuidad longitudinal del cauce del río Lozoya aguas arriba de la presa de Pinilla (Madrid) se encuentra en este supuesto por poder afectar al Lugar de Interés Comunitario ES3110002 «Cuenca del Lozoya y Sierra Norte», incluido en la Red Natura 2000. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. La actuación tiene lugar en el término municipal de Pinilla del Valle, Comunidad de Madrid.

El proyecto se enmarca dentro de la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos, y tiene por objeto la demolición del Azud de Pinilla del Valle, existente sobre el río Lozoya, y la restauración y naturalización de su ámbito de influencia, con el fin de restablecer la continuidad longitudinal del ecosistema que conforma dicho río, que actualmente se encuentra interrumpida por dicho azud, que tiene una longitud de 20 m y una altura máxima desde la base de la cimentación hasta la coronación de 3 m. El azud posee una escala para peces y en ambas márgenes presenta unos muros laterales de protección de 40 m de largo. Las acciones del proyecto son el acondicionamiento de accesos a la zona de obras, el desvío temporal del río, la extracción de sedimentos del vaso del azud, la demolición de la estructura, la extracción y traslado a vertedero de escombros, el perfilado del lecho, la realización de plantaciones y la estabilización de las márgenes. El órgano promotor y sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Tajo. La actuación ha sido fruto de un proceso de decisión en el que han participado el Parque Natural de Peñalara de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Pinilla del Valle, la Asociación de Pescadores de Alameda y Pinilla y la Universidad Politécnica de Madrid.

2. Tramitación y consultas.

El Documento Ambiental tiene entrada en el Ministerio el 29 de mayo de 2007, y con fecha 18 de julio de 2007 se dirigió consulta a las Administraciones ambientales afectadas y público interesado que se refieren a continuación, señalándose con * las que han remitido contestación: Administraciones ambientales afectadas: Ministerio de Medio Ambiente: Dirección General para la Biodiversidad *.

Comunidad de Madrid:

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Dirección General del Medio Natural *. Dirección General de Evaluación Ambiental. Viceconsejería de Cultura y Deporte. Dirección General Patrimonio Histórico. Ayuntamiento de Pinilla del Valle *.

Público interesado consultado:

WWF/ADENA.

Ecologistas en Acción. Asociación Estudio, Mejora Salmonidos (AEMS-RIOS CON VIDA).

Todos los consultados que han contestado coinciden en que no es previsible que el proyecto cause efectos negativos apreciables sobre el Lugar de Interés Comunitario ES3110002 «Cuenca del Lozoya y Sierra Norte», y que por el contrario sí contribuirá a mejorar el hábitat fluvial.

La Dirección General del Medio Natural, órgano gestor del Lugar de Importancia Comunitaria afectado, aporta en su informe diversas sugerencias de correcciones al Documento Ambiental, relacionadas fundamentalmente con la descripción de la vegetación potencial, con el diagnóstico ecológico del entorno del proyecto y con la previsión de algunos efectos temporales, que no cuestionan el fondo del proyecto. Sí solicita que en el programa de seguimiento se incluya el seguimiento de la turbidez aguas abajo aprovechando para ello una estación de muestreo de invertebrados bentónicos (IBMWP), así como la detección de posibles fenómenos de erosión remontante y la verificación de la recolonización de la zona por los organismos acuáticos. La Dirección General para la Biodiversidad señala la posibilidad de ocurrencia de algunos impactos de carácter temporal en la fase de obras, si bien reconoce que su resultado puede significar una mejora sustancial en la estructura y funcionamiento del ecosistema fluvial, y señala expresamente que no se considera necesario su sometimiento a evaluación de impacto ambiental. Al objeto de minimizar los efectos en la fase de obras, sugiere que se jalonen los parches de hábitat del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE que puedan existir en las inmediaciones de las obras para evitar que sean dañados, que se rescaten y trasladen los reptiles o anfibios que se encuentren en la zona de obras cuando se reduzcan los niveles de las aguas, que previamente a su inicio se constate la inexistencia de madrigueras de nutria en la zona de obras, que el periodo de obras excluya las épocas de reproducción de las especies potencialmente afectadas, que se escarifiquen y aireen los suelos donde haya sido preciso disponer las instalaciones y zonas de paso de maquinaria para facilitar su posterior naturalización, y que se establezca un protocolo de actuación para el caso de que se constate que el contenido de partículas en suspensión en el agua es excesivo. Por su parte, el Ayuntamiento de Pinilla del Valle también considera positiva la actuación, solicita la construcción de un pequeño puente al final del camino de acceso, y requiere que todos los viarios públicos utilizados sean dejados en buen estado tras las obras. Habiéndose comunicado al promotor el resultado de las consultas realizadas y la conveniencia de adoptar una serie de mejoras en el diseño y seguimiento ambiental del proyecto, éste las adopta íntegramente, procediendo a modificar el Documento Ambiental en consecuencia, y notificándolo a esta Dirección General mediante escrito de fecha 15 de enero de 2008.

3. Análisis según los criterios del Anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986. Características del proyecto: La finalidad del proyecto es la restauración del cauce natural del río Lozoya, actualmente afectado por la construcción de un azud. Con ello se pretende restablecer la continuidad longitudinal del ecosistema fluvial. Esta finalidad tiene una influencia directa a medio y largo plazo con la mejora del estado de conservación de algunas especies que son objeto de protección en el LIC ES3110002 «Cuenca del Lozoya y Sierra Norte», en particular para los peces.

En la zona no existen otros proyectos que puedan contribuir a agravar los efectos temporales que puede producir el proyecto en la fase de obras. Para la eliminación del azud, se requiere la ocupación de una muy pequeña superficie del LIC con el fin de permitir a la maquinaria el acceso a la zona desde un camino existente y de desviar temporal y localmente el cauce del río.

Ubicación del proyecto:

El proyecto se localiza en el LIC ES3110002 «Cuenca del Lozoya y Sierra Norte» sobre el río Lozoya, en un tramo que actualmente presenta un buen estado de conservación, pero que se ve afectado por el efecto barrera y la transformación del hábitat fluvial ocasionados por la presa que con el proyecto se pretende demoler.

Características del potencial impacto:

El principal impacto ambiental del proyecto es positivo, y consiste en la eliminación del azud y naturalización de tramo de río afectado, con recuperación a corto plazo de las características de naturalidad. En este sentido, se considera favorable para restablecer el estado de conservación del Lugar de Importancia Comunitaria LIC ES3110002 «Cuenca del Lozoya y Sierra Norte».

Los impactos desfavorables señalados en el Documento Ambiental sobre los que han incidido los organismos consultados se limitan a la fase de demolición del azud, y podrían concretarse en eventuales afecciones sobre los parches de vegetación objeto de protección por el movimiento de la maquinaria en la zona o la conformación del cauce provisional, molestias temporales a la fauna ribereña y del entorno en la época de reproducción, daños a la fauna acuática en el momento de reducir el caudal por el desvío temporal del cauce, compactación de los suelos más intensamente afectados por el paso de la maquinaria, y aumento en la turbidez del río. Para prevenir estos impactos en el sentido señalado por estos organismos, el promotor ha adoptado las siguientes modificaciones del proyecto:

Inclusión en el apartado 8.7. «Medidas específicas para la protección de la biodiversidad y los espacios de la Red Natura 2000» de las siguientes medidas: Jalonamiento de los parches de hábitat del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE que puedan existir en las inmediaciones de las obras, para evitar que sean dañados.

Exclusión de actuaciones en las épocas de reproducción de las principales especies potencialmente afectadas. Previamente al inicio de las obras, constatar la inexistencia de madrigueras de nutria o nidos de especies protegidas en la zona de obras. Rescate y traslado a zonas seguras del mismo río de los reptiles, anfibios y peces que se pudieran encontrar en la zona de obras cuando se reduzcan los niveles de las aguas. Tras las obras, escarificación de los suelos donde haya sido preciso disponer las instalaciones y zonas de paso de maquinaria para facilitar su posterior naturalización.

Inclusión en el apartado 9 «Programa de seguimiento y control» el seguimiento de:

La evolución de la turbidez aguas abajo, aprovechando para ello una estación de muestreo de invertebrados bentónicos (IBMWP). Establecimiento de un protocolo de actuación para el caso de que se constate que el contenido de partículas en suspensión en el agua es excesivo.

La detección de eventuales fenómenos de erosión remontante. La verificación de la posterior recolonización de la zona por los organismos acuáticos. Así mismo, el promotor ha previsto el empleo del camino preexistente por la margen derecha, la adopción de prácticas adecuadas para evitar la contaminación del suelo por la maquinaria, el traslado a vertedero de los residuos de demolición y los lodos que se extraerán del vaso, y la estabilización y restauración mediante plantaciones de especies de ribera autóctonas de toda la zona afectada temporalmente por las obras. Con todo ello, la Dirección General de Medio Natural confirma que no es previsible que el proyecto cause efectos negativos apreciables sobre el mencionado lugar de la Red Natura 2000. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 25 de enero de 2007, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelvo:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 25 de enero de 2008.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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